Queja de Unidad Popular contra Diana Atamaint es negada en el Tribunal Contencioso Electoral
La resolución del TCE es de primera instancia y podrá ser apelada por cualquiera de las partes. El juez electoral Patricio Maldonado concluye que no se probó que Diana Atamaint incumplió las leyes electorales.

Diana Atamaint el 11 de junio de 2026 cuando fue removida del cargo de presidenta del Consejo Nacional Electoral.
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La expresidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, obtuvo un resultado favorable en la sentencia de primera instancia por una acción de queja que interpuso en su contra el presidente de Unidad Popular, Geovanni Atarihuana.
El dirigente político asegura que Atamaint -que renunció al CNE el 20 de julio- incumplió sus funciones como presidenta del organismo al suspender una sesión del 3 de mayo de 2026, pese a que contaba con el quorum necesario para continuar.
En esta sesión se debía tratar un pedido de corrección de Unidad Popular ante el inicio de un proceso de eliminación del Registro de Organizaciones Políticas. La suspensión habría provocado un incumplimiento de plazos legales.
¿Por qué se niega la queja?
En su dictamen emitido el 3 de agosto de 2026 el juez Patricio Maldonado asegura que durante de audiencia oral única de práctica de pruebas la defensa de Atarihuana no habría comprobado la infracción.
Según el juez electoral, si bien en el escrito de la queja los abogados indicaron que presentarían como pruebas documentos y resoluciones del CNE, en la audiencia se limitaron a entregar un enlace web, que no habría sido anunciado previamente.
"Se deja sentado que la falta, omisión o defectuosa práctica probatoria en la que incurrió la defensa técnica de la parte accionante no puede ser suplida de oficio por este juzgador".
Patricio Maldonado, juez del TCE
Por eso, el juez Maldonado concluyó que Geovanni Atarihuana y su defensa no pudieron probar las acusaciones en contra de Atamaint.
El 27 de julio pasado, previo a la audiencia, el dirigente de Unidad Popular ya había advertido que si el fallo de primera instancia no era favorable, ellos apelarían la decisión.
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