Detención por ICE en Estados Unidos: los pasos para presentar un 'habeas corpus' y cuestionar la legalidad del arresto
Ante una detención del Servicio de Inmigración (ICE) en Estados Unidos, el habeas corpus es una herramienta con cifras récord de uso desde 2025. La figura jurídica se puede convertir en un recurso clave para pedir a un juez federal que determine si el arresto es legal. Esta guía detalla, paso a paso, cómo solicitarla, incluso sin abogado.

Agentes de ICE trasladan a un detenido de un centro en Ventura, California, el 27 de julio de 2026.
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NUEVA YORK. Mariana, colombiana de 38 años, guardó la información entre los mensajes favoritos de su teléfono. La ha leído varias veces. Su tío fue detenido por agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en Nueva Jersey, hace más de cuatro semanas cuando se dirigía para su trabajo.
Buscando qué podía hacer, la familia encontró una posibilidad que desconocía: una persona detenida puede presentar ante una corte federal una petición de habeas corpus para cuestionar la legalidad de su detención, incluso sin abogado.
“A mí me cuesta seguir instrucciones complicadas y me da miedo cometer un error”. Para entender algunas preguntas en inglés ha pedido ayuda a un vecino que estudia en la universidad y domina el idioma.
Una petición de habeas corpus bajo 28 U.S.C. § 2241 permite pedir a un juez federal que revise si una detención es legal. No significa que la persona será automáticamente liberada, no elimina una orden de deportación ni reemplaza el proceso migratorio que pueda estar en curso.
Tatiana Vivas, representante de SavaGroup, empresa de servicios de interpretación y acompañamiento en procesos migratorios, explica que una persona puede presentar la petición por sí misma —lo que se conoce como actuar pro se—, pero advierte que cada detención tiene circunstancias distintas y que, cuando sea posible, es recomendable que un abogado de inmigración o una organización con profesionales autorizados revise el caso.
Las peticiones de habeas corpus para salir de centros de detención migratorios han experimentado un incremento récord. Según cita El País, desde enero de 2025 se han presentado más de 65.000 recursos de este tipo, según un conteo de ProPublica.
Esta guía tiene fines informativos y no constituye asesoría legal.
Antes de presentar: localizar al detenido y reunir la información
“Básicamente, lo primordial y primero es tener el A-Number de la persona”, explica Vivas. El A-Number es el número que identifica a una persona dentro del sistema migratorio estadounidense. Puede encontrarse, por ejemplo, en documentos entregados por las autoridades migratorias, incluido el Notice to Appear o Formulario I-862.

Si la familia conoce ese número, puede utilizar el Online Detainee Locator System de ICE para intentar localizar a la persona. El sistema también permite buscar mediante información biográfica cuando no se conoce el A-Number.

Los nombres deben introducirse cuidadosamente. Vivas explica que en algunos casos los dos apellidos utilizados habitualmente en países latinoamericanos pueden dificultar una búsqueda si la persona quedó registrada de una manera diferente.
La asesora relata que recientemente acudió a Delaney Hall, en Newark, un centro de detención del ICE, para visitar a un detenido que todavía no había podido comunicarse con su familia. Activistas que se encontraban alrededor del centro ayudaban también a familiares a localizar personas.

Si el detenido no ha llamado, otra posibilidad es verificar qué sistema de comunicación utiliza el centro y cómo depositarle dinero. ICE señala que la página correspondiente a cada instalación informa sobre visitas, mensajes o tabletas cuando están disponibles, correo, teléfonos y cómo enviar fondos para que el detenido pueda utilizarlos en la comisaría.
Vivas recomienda no depender únicamente de los horarios de visita que aparecen en internet. Antes de trasladarse, conviene llamar al centro: los días y horas pueden variar incluso dependiendo de la unidad donde se encuentre el detenido.
Una vez localizado, la familia debería preparar una carpeta. No basta con tener el A-Number. Conviene reunir:
• Nombre legal completo: exactamente como aparece en sus documentos migratorios.
• A-Number: número de identificación migratoria, si lo tiene.
• Fecha y país de nacimiento.
• Centro de detención: nombre y dirección exacta donde se encuentra actualmente.
• Fecha de la detención: cuándo quedó bajo custodia.
• Circunstancias de la detención: dónde ocurrió, qué autoridades participaron y qué sucedió.
• Documentos entregados por ICE: conservar todos, incluso aquellos que la familia no comprenda.
• Notice to Appear (I-862): documento que contiene los cargos migratorios y con el que el Gobierno inicia un procedimiento de remoción ante un juez de inmigración, cuando corresponde.
• Información de la corte de inmigración: audiencias celebradas o pendientes y número del caso.
• Decisiones anteriores: resoluciones emitidas por jueces de inmigración u otras autoridades.
• Órdenes de deportación o remoción: si existe alguna.
• Solicitudes migratorias pendientes: asilo, residencia u otros trámites que todavía no hayan sido resueltos.
• Fianza o custodia: cualquier decisión relacionada con la posibilidad de salir en libertad.
• Cronología: una lista, por fecha, de lo ocurrido desde la detención.
“Mi recomendación práctica es crear una carpeta y organizar los documentos cronológicamente”, señala Vivas.
Diferencias entre pedir fianza migratoria o habeas corpus

Antes de continuar también hay que distinguir dos conceptos. Pedir una fianza migratoria y presentar un habeas corpus no son lo mismo.
La fianza pregunta, esencialmente, si una persona puede permanecer en libertad mientras continúa su proceso migratorio y bajo qué condiciones. El habeas corpus plantea otra pregunta: ¿es legal que el Gobierno continúe manteniendo detenida a esta persona en estas circunstancias?
No todos los detenidos tienen derecho a una audiencia de fianza ante un juez de inmigración y estar detenido por ICE tampoco significa automáticamente que exista un caso válido de habeas corpus.
Cómo preparar y presentar el habeas corpus
Descargar el formulario federal AO 242 desde U.S. Courts
La petición tiene varias partes que una persona sin formación jurídica puede no reconocer:
• Petitioner: es la persona cuya detención se está cuestionando.
• Respondent: identifica a la persona o autoridad responsable de la custodia. Vivas advierte que debe identificarse correctamente porque un error puede generar problemas procesales.
• Custodia o detención: hay que indicar dónde está detenida la persona, desde cuándo y bajo qué circunstancias.
• Antecedentes: se cuenta ordenadamente qué ocurrió: cuándo fue detenida, qué procesos migratorios existen, qué decisiones se han tomado y cuál es su situación en ese momento.
• Grounds for relief (Fundamentos legales): es una de las partes fundamentales. Aquí se explica por qué se considera que la detención viola la Constitución o las leyes de Estados Unidos.
• “No basta con escribir simplemente: ‘mi detención es injusta’”, advierte Vivas. Deben exponerse hechos concretos que sustenten el argumento: fechas, cuánto tiempo lleva detenida la persona, decisiones anteriores, solicitudes realizadas, respuestas recibidas y otros acontecimientos relevantes.
• Relief requested (Reparación solicitada): aquí se especifica exactamente qué se le está pidiendo al juez respecto de la detención.
Finalmente, la petición debe estar firmada y cumplir los demás requisitos del tribunal. El formulario oficial incluye una declaración bajo pena de perjurio mediante la cual el solicitante afirma que ha leído —o que alguien le ha leído— la petición y que la información proporcionada es verdadera.
A la petición pueden adjuntarse documentos que permitan comprobar lo que se está contando. Vivas propone organizarlos de manera sencilla:
• Exhibit A: Notice to Appear. (Si aplica)
• Exhibit B: decisión sobre custodia o fianza. (Si aplica)
• Exhibit C: decisión de la corte de inmigración. (Si aplica)
• Exhibit D: documentación de ICE.
“No se trata simplemente de enviar cientos de páginas. Lo importante es que los documentos permitan al juez comprender y verificar los hechos que se están alegando”.
Tatiana Vivas, experta en asesoría migrantoria basada en Estados Unidos
La tarifa federal para presentar un habeas corpus es de USD 5. Quien no pueda pagarla puede revisar la posibilidad de solicitar autorización para proceder 'in forma pauperis', es decir, sin pagar anticipadamente la tarifa.
Un punto especialmente importante es dónde presentarlo. En un habeas corpus, la ubicación donde la persona se encuentra detenida es fundamental para determinar qué tribunal federal corresponde. Presentarlo ante el tribunal incorrecto puede ocasionar retrasos u otros problemas.
Nueva Jersey, además, tiene desde 2026 reglas especiales para determinados habeas corpus migratorios que solicitan una medida de emergencia. La orden vigente fue modificada el 2 de abril de 2026 y se aplica a peticiones bajo §2241 acompañadas de una solicitud llamada temporary restraining order que busque, entre otras cosas, la liberación inmediata de la custodia migratoria.
Después de presentar: qué ocurre con el caso
Presentar el habeas corpus no produce una liberación automática. Cuando la corte acepta la petición se abre un caso federal y se asigna un número. El juez puede revisar inicialmente lo presentado, solicitar información adicional, emitir órdenes o pedir al Gobierno que responda. Después pueden producirse nuevos escritos, decisiones o audiencias.
Vivas además identifica varios errores que pueden complicar el proceso: copiar la petición de otra persona, utilizar argumentos generales sin explicar los hechos, confundir el habeas corpus con una apelación de una orden de deportación, presentarlo ante una jurisdicción incorrecta, u ocultar información del historial migratorio.
La asesora recomienda que las familias empiecen por lo que sí pueden comprobar: “Localicen a la persona. Identifiquen el centro de detención. Consigan su A-Number. Reúnan todos los documentos migratorios. Construyan una cronología”.
Después viene la decisión más delicada: determinar si el habeas corpus es realmente la herramienta adecuada para ese detenido. Porque la ley permite que una persona presente una petición sin abogado. “Pero poder hacerlo no significa que todas las detenciones sean iguales ni que exista una misma respuesta para todos los casos”.
Fuentes y recursos
Para enviar dinero: https://www.accesscorrections.com/send-money
Localizador: https://locator.ice.gov/odls/
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