Estos son los requisitos que deben cumplir los buses urbanos para cobrar hasta USD 0,50 por el pasaje en Guayaquil
El alza del pasaje urbano en Guayaquil, anunciada por los transportistas, se sustenta en un informe técnico de la ATM que establece una serie de condiciones que deberán cumplir las unidades para aplicar nuevas tarifas.

El transporte urbano opera en Guayaquil bajo un pasaje de USD 0,30, que podría modificarse con una nueva ordenanza.
- Foto
Municipio de Guayaquil
Autor:
Redacción Primicias
Actualizada:
Compartir:
El anuncio del aumento del pasaje urbano en Guayaquil, realizado el lunes 4 de mayo por los transportistas tras un acuerdo con la Autoridad de Tránsito y Movilidad (ATM), se enmarca en una propuesta de tarifas diferenciadas según el nivel de servicio de las unidades.
Esta propuesta forma parte del proyecto de ordenanza que regula las tarifas del transporte público colectivo urbano en la ciudad, que aún debe ser aprobado por el Concejo Cantonal. Plantea un cambio en el sistema actual, donde el pasaje es de USD 0,30, hacia valores que podrían alcanzar los USD 0,40, USD 0,45 y hasta USD 0,50.
De acuerdo con el documento, la normativa está orientada a implementar un servicio con estándares diferenciados, en el que las unidades deberán cumplir requisitos específicos para acceder a cada nivel tarifario. Este esquema se construyó a partir de mesas técnicas desarrolladas entre la ATM y representantes del sector transportista, en las que se analizaron los costos operativos y la sostenibilidad del sistema.
En otras palabras, no todos los buses podrán cobrar más, sino únicamente aquellos que cumplan con estas exigencias.
USD 0,40: el piso mínimo del sistema
La tarifa base de USD 0,40 no es automática. Solo podrán aplicarla las unidades que cumplan al menos 10 requisitos técnicos, que abarcan desde condiciones de seguridad hasta el estado físico del bus.
Entre estas exigencias constan contar con revisión técnica vehicular vigente, mantener la carrocería en óptimas condiciones, garantizar el correcto funcionamiento de puertas y salidas de emergencia, así como una adecuada distribución del espacio interno.
También se incluye la presencia de agarraderas y asideros en buen estado, además de cupos preferenciales para personas con discapacidad y grupos vulnerables. Como parte de las condiciones mínimas del servicio, los conductores deberán operar con uniforme identificado.
USD 0,45: inicio del modelo de servicio ejecutivo
El paso a USD 0,45 marca la entrada al modelo de servicio ejecutivo que plantea la ordenanza. Para acceder a esta tarifa, las unidades deberán cumplir los 10 requisitos anteriores y, además, implementar el sistema de recaudo electrónico y contar con GPS conectado al centro de control de la ATM.
Este sistema forma parte de un esquema más amplio operado por el Integrador Tecnológico de Operación y Recaudo (ITOR), que permitirá gestionar el cobro, monitorear la operación en tiempo real y centralizar la información del sistema de transporte. Las operadoras tendrán un plazo de hasta 180 días para implementar estas herramientas.
USD 0,50: el nivel superior del servicio ejecutivo
La tarifa de USD 0,50 corresponde al nivel más alto del sistema y está reservada para las unidades que cumplan la totalidad de condiciones del anexo técnico.
Esto implica no solo cumplir con los requisitos iniciales y tecnológicos, sino también incorporar condiciones de confort obligatorias para los usuarios.
Entre estas exigencias constan la incorporación de aire acondicionado en óptimo funcionamiento y el acceso obligatorio a wifi dentro de las unidades.
Un modelo que vincula pasaje, control y calidad del servicio
La propuesta introduce una lógica distinta en el sistema de transporte urbano: el incremento del pasaje estará directamente ligado al nivel de servicio que ofrezca cada unidad y al cumplimiento de estándares verificables.
Para ello, la ATM realizará inspecciones técnicas para autorizar el cobro de cada tarifa y verificará de forma periódica que las condiciones se mantengan. En caso de incumplimiento, las unidades podrán ser sancionadas, incluso con la suspensión o revocatoria del permiso de operación.
De ser aprobado el proyecto, el esquema también establece que las tarifas deberán ajustarse de forma obligatoria cada dos años, en función del índice de precios al consumidor, lo que introduciría un mecanismo periódico de revisión del costo del pasaje en la ciudad.
Consulte aquí el proyecto de la “Ordenanza que regula las tarifas del transporte público colectivo urbano en la ciudad de Guayaquil”, elaborado por la ATM:
Compartir: