Jueves, 02 de mayo de 2024

IESS: fallo a favor de sindicato elevaría gasto en nómina en medio de crisis de liquidez

Autor:

Patricia González

Actualizada:

22 Nov 2023 - 5:45

Según el Sindicato de Obreros del IESS, 2.017 trabajadores que están contratados bajo la Losep deberán pasar al Código del Trabajo.

Imagen referencial de atención de una persona en un centro de salud del IESS.

Autor: Patricia González

Actualizada:

22 Nov 2023 - 5:45

Imagen referencial de atención de una persona en un centro de salud del IESS. - Foto: Cortesía IESS

Según el Sindicato de Obreros del IESS, 2.017 trabajadores que están contratados bajo la Losep deberán pasar al Código del Trabajo.

En medio de una crisis de liquidez del IESS, un fallo judicial permite a un grupo de trabajadores tener contrato bajo el Código del Trabajo y ser parte del sindicato de obreros, lo que incrementará el gasto en nómina.

Según el Sindicato Nacional Único de Obreros del IESS (Sinduoiess), el fallo beneficia a 2.017 trabajadores. Aunque, el Ministerio del Trabajo debe validar la cifra final.

A septiembre de 2023, el IESS tenía una nómina de 34.593 trabajadores.

El origen del reclamo

El problema es una enmienda constitucional aprobada en 2015, la cual no permitía la contratación de obreros en el sector público y, por ende, la contratación colectiva, explica Patricia Borja, especialista en seguridad social.

Los obreros en el sector público son personas que se desempeñan en cargos como auxiliares de enfermería, cocineros, personal de limpieza, choferes, guardias, mensajeros.

Por lo que luego de esa enmienda, el Estado comenzó a contratar funcionarios solo bajo la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep), que no contempla la sindicalización.

El 2 de agosto de 2018, la Corte Constitucional declaró inconstitucional a esas enmiendas, pero con efecto a futuro. Incluso, un año después, el Ministerio de Trabajo aclaró que este fallo de la Corte no era retroactivo.

Es decir, solo podían pasar al Código del Trabajo y sindicalizarse los obreros contratados a partir de agosto de 2018.

Eso, según el sindicato del IESS, fue discriminatorio porque dejaba afuera a los trabajadores contratados entre diciembre de 2015 y el 1 de agosto de 2018.

Lo anterior motivó al sindicato del IESS a presentar una acción de protección a favor de esos trabajadores y ganaron.

Borja dice que el fallo se emitió pese a que la Corte Constitucional y el Ministerio del Trabajo ya se pronunciaron respecto a que los beneficios de la contratación colectiva debía aplicarse a futuro; es decir, a partir del 2 de agosto de 2018.

Y añade que la contratación de personal en el IESS debe ser "técnico, en función de la normativa, necesidad institucional, disponibilidad presupuestaria".

Los beneficios

La secretaria general del Sinduoiess, Rosa Argudo, dice que el mayor beneficio que les otorga esta sentencia a los trabajadores es la estabilidad laboral.

Eso porque hasta ahora los contratos de nombramientos provisionales y contratos ocasionales de estos 2.017 funcionarios eran renovados anualmente. Mientras que el Código de Trabajo les otorga contratos indefinidos y derecho a la contratación colectiva.

Pero no es lo único, hay más beneficios, según el contrato colectivo disponible en la página web del IESS y que, entre otros, incluye:

  • Bono de USD 25 antes de tomar vacaciones.
  • Un bono de USD 2 mensual por cada carga familiar
  • Además, USD 1,40 por cada hijo de los niveles pre-primario, primario y secundario. El pago es mensual.
  • Un pago de USD 40 por refrigerio.
  • Otro subsidio de antigüedad: 4% mensual del salario por cada año de labor hasta un límite de 35 años.
  • Bono por costo de vida: USD 9,43.
  • Hay beneficios por años de servicios, por ejemplo, si cumple 10 años de trabajo recibe un monto equivalente al 100% del salario mensual.
  • Recargo salarial por horas nocturnas.

Salario

Actualmente, estos empleados ganan USD 527 al mes. Según el acuerdo ministerial 2015-0054 del Ministerio de Trabajo, el techo mínimo de negociación colectiva deberá ser un salario de USD 561 al mes.

Aunque la secretaria del sindicato del IESS, Rosa Argudo, dice que el salario mínimo subirá USD 4 mensuales, es decir, a USD 531 al mes.

La representación sindical dice que el IESS no acató la sentencia de la Corte Constitucional, de agosto 2018, que ordenaba pasar a los trabajadores contratados bajo la Losep al Código de Trabajo.

Según Argudo, el IESS renovó los contratos de la Losep a 67 trabajadores que ya debían pasar al Código de Trabajo.

Lo que debe hacer el IESS

La sentencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas establece como medida de reparación la restitución del derecho a ser considerados en el régimen laboral del Código del Trabajo.

Para dar cumplimiento a esa medida dispone lo siguiente:

  • Levantamiento de un informe técnico por parte de la Unidad de Talento Humano del IESS para la clasificación de los trabajadores que correspondan al régimen del Código del Trabajo, lo que debe contar con una validación técnica del Ministerio de Trabajo. 
  • Una vez recibida la validación del Ministerio, el IESS deberá suscribir contratos individuales de trabajo, a plazo indefinido, con cada uno de los trabajadores que desempeñen funciones propias del Código del Trabajo. Los contratos deben reconocer la antigüedad en el cargo.
  • El IESS deberá determinar y pagar los valores a los que tengan derechos estos trabajadores, propios del Código de Trabajo y a los derechos inherentes a la contratación colectiva, que hayan dejado de percibir. Ese cálculo deberá hacerse desde el 2 de agosto de 2018, fecha de la sentencia de la Corte Constitucional. 
  • El Consejo Directivo del IESS deberá ejecutar las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de esta resolución. 

Según el IESS, la entidad ya remitió al Ministerio del Trabajo el informe técnico sobre las funciones desempeñadas por los trabajadores que, según el fallo de la Corte Provincial, deberán pasar al Código del Trabajo.

Una vez el informe sea validado por el Ministerio de Trabajo, el IESS dijo que podrá conocer el costo final del fallo a favor de los trabajadores que pasarán a ser sindicalizados, tomando en cuenta que la medida también tiene efecto retroactivo, desde agosto de 2018, informó a PRIMICIAS el instituto.