Jueves, 25 de abril de 2024

Empleadores deben al IESS USD 101 millones por créditos de empleados

Autor:

Mónica Orozco

Actualizada:

5 Abr 2022 - 0:05

Los afiliados viven un verdadero calvario cuando el empleador retiene sus cuotas de pago de los préstamos quirografarios e hipotecarios y no las transfiere al IESS.

Usuarios del Biess son atendidos en una de las oficinas de la institución financiera en Quevedo, el 2 de marzo de 2021.

Autor: Mónica Orozco

Actualizada:

5 Abr 2022 - 0:05

Usuarios del Biess son atendidos en una de las oficinas de la institución financiera en Quevedo, el 2 de marzo de 2021. - Foto: Cortesía Biess.

Los afiliados viven un verdadero calvario cuando el empleador retiene sus cuotas de pago de los préstamos quirografarios e hipotecarios y no las transfiere al IESS.

En 2021, la mora patronal de los empleadores con el IESS por concepto de créditos hipotecarios y quirografarios sumó USD 101 millones, se trata de un aumento del 50% en comparación con 2020.

Y frente a 2019, el año anterior a que se desatara la pandemia de Covid-19, el crecimiento de la mora patronal por este concepto es de 72%.

Del total de mora patronal registrada en 2021, USD 55 millones correspondieron a créditos hipotecarios y los USD 46 millones restantes a quirografarios.

La mora patronal ocurre cuando los empleadores no le transfieren al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) los aportes o las cuotas de créditos que les descuentan a sus trabajadores de sus salarios.

En el caso de los préstamos, la falta de pago de las cuotas retenidas supone un verdadero calvario para los afiliados del Instituto.

Pese a que es el patrono el que incumple al retener las cuotas de los préstamos y no transferirlas al IESS, que es el acreedor, el afiliado sigue siendo responsable por el pago de la deuda, de acuerdo con el Banco del IESS (Biess).

El Biess aclara, sin embargo, que "hay que tomar en cuenta que una operación de mora patronal puede verse repetida por afiliado en varias fechas, dado que, si no se pone al día el empleador, el dato saldrá siempre en base de mora patronal".

Afiliados pagan el pato

Según el Biess, la cláusula quinta del contrato que firman usuarios de los préstamos hipotecarios establece que el afiliado o jubilado acepta todas las consecuencias económicas y legales frente a un retraso o incumplimiento de las obligaciones, así sea por parte de su empleador.

Y esa misma cláusula señala que el afiliado asume el pago de las cuotas impagas y de los intereses.

¿Qué se puede hacer?

El camino que les queda a los afiliados, cuyos empleadores tienen mora patronal, es la vía judicial, según el Biess.

El artículo 242 del Código Integral Penal sanciona con cárcel de uno a tres años a la persona que retenga los aportes patronales o las cuotas de los préstamos hipotecarios y quirografarios de sus trabajadores y no los deposite en el IESS en un plazo máximo de 90 días.

La denuncia por retención ilegal de aportes o de cuotas de préstamos puede ser presentada ante la Fiscalía por el propio afiliado o por el director general o provincial del IESS.

El infractor será sancionado, además, con la clausura de sus locales o establecimientos hasta que pague los valores adeudados.

Pero el proceso legal es largo y tortuoso. Juan Samaniego trabajó 20 años en una empresa de plásticos en Chimbacalle, al sur de Quito.

Samaniego relata que su exempleadora retuvo durante cinco años los pagos de los aportes de él y de otros 50 trabajadores de la empresa, pero nunca los transfirió al IESS.

Aunque en varias ocasiones, la empresa habló de firmar acuerdos de pago con el IESS, nunca los concretó y entró en liquidación en 2018.

Finalmente, los extrabajadores de esta empresa y el propio IESS presentaron denuncias ante la Fiscalía en 2018, pero hasta ahora no han podido cobrar los valores adeudados.

"Cuando iniciamos el proceso, la mora patronal de la empresa era de unos USD 500.000, pero ahora, por los intereses, es de casi USD 1 millón", agrega Samaniego.

Crédito sobre crédito

Los compañeros de Samaniego, que tenían créditos hipotecarios, debieron endeudarse para pagar las cuotas que la empleadora ya les había retenido, pero que nunca transfirió al IESS.

Es decir, terminaron adquiriendo dos deudas, la original con el IESS, y una segunda con bancos comerciales, para no perder sus viviendas.

En el caso de los créditos quirografarios, los afiliados liquidaron sus deudas con el dinero de sus fondos de reserva, lo que se denomina cruce de cuentas. 

Como la exempleadora aún no se ha puesto al día con el IESS, los extrabajadores tuvieron que pagar, en la práctica, dos veces las cuotas de sus créditos, dice Samaniego.

Si la deuda se mantiene, Samaniego teme que tendrá que aportar durante más años al IESS para cumplir con los requisitos de jubilación.

El 43% de la mora patronal por préstamos con el IESS, o el equivalente a USD 43,2 millones, tiene más de tres años de antigüedad, lo que reduce las posibilidades de que los empleadores paguen esas obligaciones.