Jueves, 25 de abril de 2024

Desacuerdo entre Petroecuador y Tartan Oil por transporte de gasolina

Autor:

Evelyn Tapia

Actualizada:

8 Sep 2022 - 5:25

Petroecuador alerta a la intermediaria Tartan Oil LLC, proveedora de nafta para producir la gasolina Premiun 95, que debe usar buques de Flopec para no incumplir contrato.

Buque en terminal marítimo La Libertad. 6 de septiembre de 2022.

Autor: Evelyn Tapia

Actualizada:

8 Sep 2022 - 5:25

Buque en terminal marítimo La Libertad. 6 de septiembre de 2022. - Foto: Flickr Petroecuador

Petroecuador alerta a la intermediaria Tartan Oil LLC, proveedora de nafta para producir la gasolina Premiun 95, que debe usar buques de Flopec para no incumplir contrato.

Actualizada el 8 de septiembre de 2022 con la versión de Tartan Oil LLC

La petrolera estatal Petroecuador se niega a recibir un cargamento de 295.000 barriles de nafta de 95 octanos que la firma comerciante estadounidense Tartan Oil LLC debía entregar el viernes 9 de septiembre.

Tartan Oil LLC es subsidiaria del grupo  Pilot Flying J.

Petroecuador argumenta que Tartan Oil LLC contrató al tanquero Nord Himalaya de la naviera griega Donnelly Tanker Management para el transporte de la nafta, en lugar de contratar a la Flota Petrolera Ecuatoriana (Flopec), como estipula el contrato.

La nafta rechazada estaba destinada a la elaboración de la mezcla para la nueva gasolina Premium de 95 octanos, que Petroecuador prevé sacar al mercado a partir de octubre próximo.

La nueva gasolina Premium 95 reemplazará a la gasolina Súper de 92 octanos, pero el impasse con Tartan Oil LLC podría retrasar el inicio del programa, según dijo a PRIMICIAS la propia Petroecuador.

Las consecuencias

Tartan Oil LLC ganó la licitación para proveer nafta de 95 octanos a Petroecuador el 8 de agosto de 2022.

El contrato dice que Tartan Oil LLC debía traer a Ecuador 1,77 millones de barriles de gasolina de 95 octanos, divididos en seis cargamentos de 295.000 barriles cada uno.

La primera entrega estaba prevista entre el 9 y el 11 de septiembre.

En adelante, los cargamentos restantes llegarían a puertos ecuatorianos a razón de uno por mes.

Petroecuador confirmó a PRIMICIAS que envió un comunicado a Tartan Oil LLC para recordarle la obligación de contratar a Flopec.

Si el primer cargamento no llega en un buque de Flopec, Petroecuador alegará incumplimiento de contrato y multará a Tartan Oil LLC.

En última instancia, Petroecuador podría ejecutar la garantía del contrato, que es de USD 3,4 millones.

Pero el mayor riesgo es que el plan para vender la nueva gasolina Premium de 95 octanos se retrase.

Según Petroecuador, los problemas en la entrega de la gasolina de 95 octanos por parte de Tartan Oil LLC no perjudicará la provisión de gasolina Extra.

Flopec cotraataca

De acuerdo con información a la que accedió PRIMICIAS, Flopec solicitó el 15 de agosto una reunión con representantes de Tartan Oil LLC.

Flopec advirtió a Tartan Oil LLC que, si el buque Nord Himalaya llega a puertos ecuatorianos, detendría el cargamento al considerarlo ilegal.

El director de desarrollo de negocios de Pilot Flying J, Carlos Contreras, dijo que es Petroecuador la empresa que recibe el producto y no Flopec.  

"Hemos cumplido todos los requisitos contractuales para la entrega del producto, solo esperamos el cumplimiento de la Ley ecuatoriana", dijo Contreras.

La reciprocidad

Flopec alega que el artículo 15 de la Ley de Facilitación de las Exportaciones y del Transporte Acuático establece que el transporte de hidrocarburos se asignará exclusivamente a navieras en las que el Estado ecuatoriano tenga una participación accionaria de al menos 51%.

Y Flopec es la única empresa que cumple con ese requisito.

Pero Tartan Oil LLC dice que la Ley de Facilitación de las Exportaciones permite acogerse al principio de reciprocidad.

La empresa agrega que, según el principio de reciprocidad, así como Estados Unidos permite que ingresen buques ecuatorianos transportando productos, Ecuador también debe permitir que buques de empresas estadounidenses entren a sus puertos.

Sin embargo, Flopec dice que un dictamen de la Procuraduría General del Estado, de 2006, aclaró que el principio de reciprocidad aplica solo si existe un convenio de transporte entre las partes.