Viernes, 26 de abril de 2024

Hay 235.194 personas teletrabajando por la emergencia

Autor:

Wilmer Torres

Actualizada:

18 Mar 2020 - 10:58

teletrabajo

Autor: Wilmer Torres

Actualizada:

18 Mar 2020 - 10:58

El teletrabajo es una opción que ya han aplicado varios países en el mundo ante la nueva pandemia. - Foto: EFE

Luego que el presidente Lenín Moreno declarara la emergencia sanitaria el 11 de marzo, el trabajo remoto es una de las disposiciones más importantes para evitar el contagio del coronavirus.

En medio de la emergencia sanitaria por el coronavirus, las instituciones del Estado y las empresas privadas adoptan, de manera paulatina, el teletrabajo.

Al 18 de marzo hay 235.194 personas trabajando de manera remota para evitar la propagación del virus, según un reporte del Ministerio de Trabajo.

De ese total, 23.258 personas pertenecen al sector privado y unas 211.936 son funcionarios públicos.

Según el Instituto Ecuatoriano de Estadística y Censos (INEC), hasta diciembre de 2019 había un total aproximado de 7,8 millones de trabajadores en el país.

De éstos, el 92,5% o unos 7,2 millones eran empleados privados y los restantes eran funcionarios públicos.

Según el ministerio, el teletrabajo o trabajo remoto es la prestación de servicios lícitos y personales, con relación de dependencia, de carácter  no presencial, en jornadas ordinarias o especiales de trabajo.

Por la emergencia sanitaria, el Ministerio de Trabajo emitió un acuerdo en el que advierte que esta modalidad laboral no constituye causal de terminación de la relación contractual con el empleador.

El teletrabajo es una opción para mantener las operaciones de empresas y dependencias públicas, luego de que el presidente Lenín Moreno declarara el estado de excepción en Ecuador el lunes 16 de marzo de 2020, para contener la propagación del Covid-19 en el país.

El estado de excepción, por ejemplo, restringe la movilidad de todas las personas con algunas salvedades:

  • Personal de salud, seguridad, bomberos, aeropuertos, terminales aéreos, terrestres, marítimos, fluviales, bancarios, provisión de víveres y otros servicios indispensables.
  • Miembros de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas.
  • Comunicadores sociales acreditados.
  • Miembros de misiones diplomáticas.
  • Personal médico, sanitario o de socorro, transporte público de entidades estatales, sectores estratégicos, transporte de las entidades de salud, riesgos, emergencias y similares, seguridad y transporte policial y militar.
  • Personas que por salud deban trasladarse a un centro médico.
  • Personas que circulen para abastecerse de víveres, medicamentos y combustibles.

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