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Política

Dos decisiones abren el camino para inscripción de binomio correísta

Simpatizantes de UNES se reunieron en los exteriores del CNE el 29 de septiembre de 2020 para reclamar la inscripción del binomio Arauz-Correa.

Simpatizantes de UNES se reunieron en los exteriores del CNE el 29 de septiembre de 2020 para reclamar la inscripción del binomio Arauz-Correa.

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Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

02 oct 2020 - 00:05

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La resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE), que permitió a la alianza correísta inscribir un nuevo candidato a la vicepresidencia, coincidió con una sentencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE). Juntas, ambas decisiones dejan abierta la posibilidad de que el binomio sí pueda inscribirse, aunque sin Rafael Correa.

La Función Electoral y el binomio de la Unión por la Esperanza (UNES), alianza entre Centro Democrático y Fuerza Compromiso Social, están envueltas en un enredo legal. Gran parte del problema es que la situación actual es nueva.

A esto se suma que el Código de la Democracia fue reformado recientemente, y que las normativas internas del CNE debieron ser adaptadas a la pandemia.

En todo caso, en los próximos días el CNE deberá volver a analizar la situación del binomio de UNES, esta vez integrado por Andrés Arauz y Carlos Rabascall.

Además, el TCE tendrá que resolver un recurso interpuesto por el movimiento Ahora, que se presentará en 2021 en alianza con Sociedad Patriótica, contra la resolución que permite a UNES reemplazar a Correa.

La inscripción 'personalísima': un tema arreglado por el TCE

El problema del binomio correísta comenzó con dos normativas: el reformado Código de la Democracia y el nuevo Reglamento de Democracia Interna de las organizaciones políticas.

El primero fue reformado en diciembre de 2019, sentando nuevas reglas para el proceso electoral y preelectoral. En lo referente a las candidaturas, las reformas electorales establecieron un plazo fijo de 15 días en el que los partidos y movimientos debían realizar sus procesos de selección.

Antes de las reformas, no había un plazo para hacerlo. Los candidatos llegaban a seleccionarse en la puerta del CNE, el último día de plazo para las inscripciones. Esta reforma electoral obligó a las organizaciones políticas a ser más ordenadas y definir sus postulantes con anticipación.

Pero, la pandemia también obligó a hacer cambios. Las asambleas, convenciones y mítines pasaron a ser virtuales. Y por ello, el CNE estableció el requisito de que la aceptación de la candidatura sea "personalísima e indelegable". Esto se debía cumplir en las delegaciones y la matriz del organismo electoral.

Justamente por no estar en Ecuador, el expresidente Correa no pudo aceptar su candidatura. Sus seguidores llegaron un iPad con su videollamada, pero el CNE no lo consideró válido para su aceptación.

La sentencia del TCE, ¿cambia el panorama?

La sentencia del juez electoral Arturo Cabrera que declara inaplicable la aceptación de las candidaturas llega tarde. El período para cumplir con ese requisito terminó hace un mes, el 2 de septiembre de 2020. En este momento el CNE está en proceso de inscripción de las postulaciones para las elecciones.

La sentencia aún puede ser revisada por el Pleno del TCE. Sin embargo, esta primera decisión sí tiene un efecto de ahora en adelante: que la no aceptación de la candidatura no sería una inhabilidad para inscribirlas.

El panorama no cambia para Correa, pues el CNE rechazó su candidatura por tener una sentencia ejecutoriada por el delito de cohecho. Pero sí puede cambiar para Rabascall, pues él nunca aceptó su candidatura a la vicepresidencia.

En la resolución que le dio a UNES 48 horas para reemplazar a Correa, el CNE requirió que el nuevo candidato presente el documento de aceptación de la candidatura. Sin embargo, tras la decisión del TCE, el CNE deberá analizar si este puede seguir siendo un requisito para la postulación de Rabascall.

De hecho hay un antecedente que jugaría a favor del correísmo. En 2012, el CNE rechazó la candidatura del candidato a la vicepresidencia que acompañaría a Guillermo Lasso, Auki Tituaña. El argumento fue que cumplía con una de las inhabilidades, pues estaba afiliado a Pachakutik.

Su reemplazo fue Juan Carlos Solines, que tampoco había salido del proceso de democracia interna del movimiento Creo. En ese caso, el CNE aceptó la segunda candidatura sin problemas.

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  • #Rafael Correa
  • #CNE
  • #elecciones presidenciales 2021
  • #TCE
  • #Carlos Rabascall

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