Martes, 16 de abril de 2024

Correa, tras una primera sentencia empieza la carrera contra el tiempo

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

8 Abr 2020 - 0:05

Fiscal Salazar

Autor: Mario Alexis González

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8 Abr 2020 - 0:05

La Fiscal General Diana Salazar ingresa a la Corte Nacional, el martes 7 de abril de 2020 para la lectura de la sentencia del caso Sobornos. - Foto: API

Si bien la Corte Nacional de Justicia (CNJ) encontró culpable al expresidente Rafael Correa y a 19 personas más por el caso Sobornos 2012-2016, los procesados todavía pueden apelar.

El Tribunal de la Corte Nacional sentenció al expresidente Correa y a 18 personas a ocho años de cárcel. Sus excolaboradoras, Pamela Martínez y Laura Terán, recibieron una pena reducida por haber colaborado con la Justicia.

Además de la pena privativa de la libertad, los jueces dictaminaron que los sentenciados perderán sus derechos de participación durante 25 años.

Esto quiere decir que en este lapso no podrán ser candidatos a ninguna dignidad. Además, en el país está vigente la muerte civil de por vida en los casos de corrupción. Esta figura entró en la Constitución tras la aprobación de la consulta popular de 2018.

El artículo 233 de la Carta Magna establece que quienes sean sentenciados por corrupción no podrán ser candidatos, desempeñar cargos públicos o contratar con el Estado de por vida.

Estas prohibiciones cobran importancia en momentos en que Ecuador está ad portas de un proceso electoral. En febrero de 2020 el país elegirá Presidente de la República y asambleístas.

El expresidente Correa ha mostrado un muy público interés de participar en el proceso electoral y su abogado, Fausto Jarrín, dijo que en noviembre Correa volvería al país para inscribirse.

Los sentenciados por el caso Sobornos también deberán colocar una placa en el Palacio de Carondelet, recordando la importancia de la honradez en la función pública.

Además de pedir disculpas públicas en la Plaza Grande de Quito y cursar una capacitación de 300 horas sobre ética y transparencia.

Pero, para que estas sanciones se cumplan todavía hay un largo camino procesal que debe ser agotado.

Instancias faltantes

Por la naturaleza del delito y porque están involucrados exfuncionarios de alto rango, el proceso fue tramitado directamente ante la Corte Nacional.

La sentencia dictada por la Corte el 7 de abril de 2020 es de primera instancia y para que se ejecute todavía hay que cumplir otras instancias.

La abogada penalista Paulina Araujo menciona tres pasos judiciales que tienen que darse antes de que la sentencia se ejecute:

  • Notificación por escrito de la sentencia.
  • Apelación.
  • Casación.

Y cada una de estas etapas tiene sus propios plazos:

  • Hasta el viernes 10 de abril, los jueces deberán notificar por escrito la sentencia a todas las partes involucradas.
  • Desde la notificación por escrito, los sentenciados tendrán tres días hábiles para presentar un recurso de apelación.
  • Una vez que se resuelva la apelación, a través de una audiencia y se notifique esa sentencia por escrito, las partes tendrán cinco días para pedir la casación.

Solo cuando un tribunal de casación ratifique la sentencia se acaba el proceso.

El abogado penalista Gabriel Ponce explica que, si bien el Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece plazos para la presentación de los recursos, no los determina para el proceso de sustanciación.

Es decir, no hay una norma que establezca un plazo exacto para la realización de las audiencias de apelación y casación.

Los plazos o la rapidez con la que se mueva el proceso dependerán del nivel de casos acumulados en la Corte y de la prioridad que le den al asunto los jueces que sean sorteados en cada instancia.

Desde su experiencia, Ponce dice que para que un caso llegue a casación pueden pasar hasta dos años. Pero si los jueces agilizan el proceso, la sentencia podría ejecutarse en seis meses.

Derechos políticos

En definitiva, si la sentencia de casación no llega hasta noviembre, mes en que se inscribirán las candidaturas, Correa podrá ser candidato a la Asamblea Nacional o a la vicepresidencia, puesto que ya agotó los períodos permitidos para reelegirse como Presidente de la República.

El constitucionalista Ismael Quintana aclara que si Correa alcanza a inscribirse o a ganar y a posesionarse como asambleísta, y luego se ejecuta la sentencia, perdería la condición de asambleísta o de candidato de inmediato.

No se puede hablar del fin político del correísmo teniendo en cuenta el antecedente constitucional ecuatoriano.

Ismael Quintana, constitucionalista

En un país donde ha habido 20 constituciones, argumenta el experto, no sería de extrañar que en los próximos años haya una nueva Asamblea Constituyente que otorgue una amnistía a Correa para que pueda volver a la arena política.

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