Viernes, 26 de abril de 2024

El Gobierno no tiene capacidad legal para revocar carnés de discapacidad

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

4 Jul 2020 - 0:05

Autor: Mario Alexis González

Actualizada:

4 Jul 2020 - 0:05

Imagen referencial. Inauguración del taller fabricación órtesis y prótesis en Guayaquil, el 10 de octubre de 2012. - Foto: Vicepresidencia

Una reforma legal, aprobada en 2018, eliminó de la Ley de Discapacidades la posibilidad de revocar los carnés emitidos fraudulentamente.

Cuando la Ley de Discapacidades se redactó y aprobó, en 2012, ya existía el temor de que se emitieran carnés fraudulentos, solo para acceder a los beneficios y derechos que les corresponden a las personas con esta condición.

“Estamos conscientes de que existen personas con un carné inmerecido porque no hubo una verificación", decía María Cristina Kronfle, el 30 de agosto de 2012, luego de la aprobación de la norma.

Ella fue asambleísta entre 2009 y 2017 y abanderó la lucha de las personas con discapacidad. Presidió la Comisión Legislativa que tramitó la ley.

Imagen del 20 de octubre de 2011. La entonces asambleísta María Cristina Kronfle y el entonces vicepresidente Lenín Moreno, durante uno de los debates de la Ley de Discapacidades.

Imagen del 20 de octubre de 2011. La entonces asambleísta María Cristina Kronfle y el entonces vicepresidente Lenín Moreno, durante uno de los debates de la Ley de Discapacidades. Asamblea

Casi ocho años después, y consultada por PRIMICIAS, Kronfle recuerda que, desde el primer debate de la ley en el Pleno de la Asamblea, hubo esa preocupación.

Por esta razón, ella propuso la inclusión del segundo inciso del artículo 10 de la norma, que permitía corregir sobre la marcha la entrega errónea de carnés de discapacidad.

La autoridad sanitaria nacional, de oficio o a petición de parte, previa a la apertura de un expediente administrativo, podrá anular o rectificar una calificación de discapacidad, por considerar que la misma fue concedida por error, negligencia o dolo del equipo calificador especializado, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales correspondientes.

Artículo 10 original de la Ley de Discapacidades.

De esta manera, por iniciativa propia del Ministerio de Salud o por una denuncia, se podía revocar los carnés de discapacidad. Pero, ya no es así.

El 23 de octubre de 2018, se publicó Ley de Optimización y Eficiencia de Trámites. En las disposiciones reformatorias de esa norma se cambió el artículo 10 de la Ley de Discapacidades.

Ahora, en lugar de la posibilidad de revisar y revocar los carnés, la Ley establece que:

  • La recalificación podrá ser solicitada en cualquier momento directamente por la persona interesada o por su representante legal.
  • Se prohíbe exigir la recalificación de la discapacidad.

El otorgamiento de carnés de discapacidad ha vuelto al centro de la opinión pública luego de que se conociera que futbolistas, políticos, funcionarios y miembros de una red de corrupción accedieron a estos documentos.

En algunos de estos casos, el documento se obtuvo de obtuvo de manera fraudulenta, y al parecer únicamente, para acceder a beneficios como la exoneración de tributos al importar vehículos.

El presidente Lenín Moreno pidió una auditoría a la entrega de carnés y el MSP anunció que solo en la emergencia por el Covid-19 se emitieron unos 2.281 documentos. Sin embargo, por ahora, no hay una figura legal que norme el procedimiento de revocación.

Reforma = Incremento

Aunque no hay un estudio o auditoría que lo determine, las estadísticas lo revelan: el incremento exponencial en la importación de vehículos con exenciones por discapacidades coincide con la reforma sobre la revocación de carnés.

  • En 2018 hubo 1.639 importaciones.
  • En 2019 hubo 4.430 importaciones.
  • Hasta marzo de 2020 hubo 1.234 importaciones.

Es decir, entre 2018 y 2019, hubo un incremento de 170% en la importación de vehículos con beneficios para personas con discapacidad.

Además de la reforma sobre los carnés, otro factor que ha influido -aunque no hay estadísticas al respecto- es que la ley permite la importación de vehículos no solo para las personas con esa condición, sino también para las personas que están a su cargo, lo que abre el espectro de posibles beneficiados.

Pero, la importación de vehículos no es el único beneficio para las personas con discapacidad en Ecuador. La ley considera al menos 17:

Sectores desatendidos

La aparente facilidad con la que políticos y empresarios han accedido a los carnés de discapacidad ha despertado reclamos de sectores que han solicitado el carné pero que no han sido atendidos eficazmente.

La Asociación Ecuatoriana de Pacientes Trasplantados (Asoepat), por ejemplo, emitió un comunicado solicitando la reducción de trámites burocráticos para la obtención del documento.

Además, solicitan revisar la Ley de Discapacidades para incluir a las personas trasplantadas como beneficiarios de los carnés.

La Fundación Jóvenes contra el Cáncer también hizo un pronunciamiento. El 96% de los menores que padecen cáncer requieren acceder a los beneficios que otorga el carné de discapacidad.

La Fundación Jóvenes contra el Cáncer también solicita la revisión en los carnés de discapacidad.

La Fundación Jóvenes contra el Cáncer también solicita la revisión en los carnés de discapacidad. FJCC

Pero denunciaron que se ponen varias trabas en la obtención. Por esta razón, pidieron la inclusión de criterios médicos especializados en la evaluación para el otorgamiento del los carnés.


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