Registro Mercantil invalida a Superintendencia de Compañías en caso ‘Goleada’; audiencia de vinculación de familiares de Aquiles Alvarez se suspende
La Fiscalía no logra vincular a los parientes del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, mientras quedan dos semanas para que termine el plazo de la instrucción fiscal del caso Goleada.

Captura de la audiencia del caso Goleada, en la que se revocó la prisión preventiva a Aquiles Alvarez, quien estuvo desde la cárcel del Encuentro, 2 de abril de 2026.
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Redacción Primicias
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La audiencia de vinculación de varios familiares del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, se suspendió por segunda vez este 26 de mayo, tras un oficio del Registro Mercantil de esta ciudad, que dio de baja un informe de la Superintendencia de Compañías en el caso Goleada.
En la diligencia judicial convocada para las 09:00 de manera telemática, el fiscal Dennis Villavicencio, de la Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción N.-2, tenía previsto vincular y formular cargos contra cinco personas naturales y nueve personas jurídicas:
- Personas Naturales: Gioconda Henriques, madre del alcalde; Fiorella Icaza, esposa del alcalde; los primos del funcionario, Fernando y Andrés Viteri Henriques, además de una de las contadoras del alcalde, Érika Vélez O.
- Personas Jurídicas: Grupo Alva3 S.A., Terminal Naviero Petrolero Ternape Petroleum S.A., Comercializadora de Combustibles Corpalubri S.A., Indudiesel S.A., Compañía del Petróleo y sus Derivados Copedesa S.A.
- También a las firmas Inmobiliaria Fiorema S.A., Inmobiliaria Alvarez Hache S.A., Operadora Portuaria Petrolera Operoil S.A. (Representada por José Gutemberg Ruiz Castillo), Chn S.A. (Representada por Gabriel Oswaldo Chávez Núñez del Arco).
Sin embargo, una hora antes de la audiencia, a las 08:08, los primos de Aquiles Alvarez presentaron un escrito con la información del Registro Mercantil de Guayaquil que contradecía un oficio presentado al juez por parte de la Superintendencia de Compañías.

En el documento del Registro Mercantil se señalaba que los hermanos Fernando y Andrés Viteri Henriques ya no constan como administradores de seis empresas que figuran en el listado de las nueve personas jurídicas a las que la Fiscalía busca vincular al caso Goleada.
En los documentos presentados se certificaba que Fernando Viteri Henriques había presentado su renuncia a la empresa Indudiésel S.A. el 20 de marzo de 2026 y que esta dimisión había quedado asentada el 25 de marzo de 2026, mientras que el mismo 20 de marzo también renunció a las firmas Corpalubri S.A., Copedesa S.A. y Ternape Petroleum S.A., acto que quedó anotado el 24 de marzo en los libros del Registro Mercantil.
Andrés Viteri también presentó los documentos de esta entidad en los que su renuncia a las empresas Inmobiliaria Hache S.A. y Fiorema S.A. fue presentada el 20 de marzo y registrada el 30 y 31 de marzo.
La Superintendencia de Compañías había reportado el 18 de mayo de 2026 ante el juez Jairo García que los primos del alcalde sí constaban como administradores de las empresas, en el caso de Fernando Viteri al frente de Indudiesel S.A., Corpalubri S.A., Compañía de Petróleo y sus Derivados S.A. y Ternape Pe0troleum S.A.
Así mismo, la Superintendencia señalaba que Andrés Viteri figuraba como representante legal de las firmas Inmobiliaria Fiorema S.A. y Inmobiliaria Alvarez Hache S.A.
¿Quién tiene autoridad jurídica?
No obstante, el Registro Mercantil de Guayaquil tiene la autoridad jurídica para validar la renuncia a un cargo dentro de una compañía. Según la ley ecuatoriana, para que un gerente, administrador o representante legal de una empresa pueda ser desvinculado legalmente de la misma, su renuncia debe ser inscrita primero en dicha entidad.
La Superintendencia de Compañías actúa como una entidad de control posterior que, sin embargo, no puede validar ningún cambio societario en su base de datos si no cuenta primero con la inscripción emitida previamente en el Registro Mercantil.
“La Superintendencia de Compañías solo lleva el registro, pero ese registro no está actualizado, constan los hermanos Viteri como representantes legales, pero ellos renunciaron y esa renuncia está inscrita en el Registro Mercantil desde hace varios meses”.
Ramiro García, abogado del alcalde de Guayaquil.
El defensor denunció que “es culpa del Gobierno que no se dé esta audiencia”, pues señaló que el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI) no les permite ingresar documentos a la cárcel del Encuentro, donde Aquiles Alvarez guarda prisión desde febrero de 2026.
“Para evitar que el alcalde pueda defenderse en el proceso del municipio (por su destitución), el Gobierno, a través del SNAI, no nos ha permitido ingresar documentos, y tampoco hemos podido ingresar la información societaria para cambiar los administradores de las compañías”, afirmó García.

Fiscalía pidió apoyo a Defensoría
Mientras tanto, la Fiscalía señaló en su cuenta de X que la audiencia no se realizó por “la ausencia de los representantes legales de varias de las empresas investigadas”.
También informó que el juez “dispuso que se oficie a las instituciones públicas pertinentes para identificar a los representantes legales subrogantes o miembros del directorio de dichas compañías, a fin de que sean notificados legalmente y convocados a una nueva fecha y hora”.
“Aunque la Defensoría Pública estuvo presente en la sala virtual y el agente fiscal del caso solicitó que la diligencia se instalara con la actuación de esa institución en defensa de las empresas que serían vinculadas a la causa, el magistrado dispuso que aquello se ejecute en la próxima convocatoria”.
Fiscalía

Con esta segunda suspensión de la audiencia de vinculación, se reduce el tiempo de la defensa de los nuevos involucrados en el caso Goleada, considerando que el plazo límite del periodo de Instrucción Fiscal culmina en dos semanas, el 11 de junio de 2026.
Con este argumento, una de las partes procesadas en este caso pidió al juez Jairo García que declare la nulidad de la audiencia de vinculación, pues advierten que podría consolidarse un acto que “vulnere el derecho a la defensa y genere una posible indefensión” de los nuevos vinculados.
“Esto evidencia una absoluta imposibilidad de otorgar a las nuevas personas, naturales y jurídicas, los treinta (30) días de ampliación que exige el COIP para que puedan ejercer su derecho a la contradicción, solicitar pericias o recabar elementos de descargo, esto es ejercer su derecho constitucional a la defensa”.
Gabriel Chávez, representante de la empresa CHN S.A.
Mientras tanto, queda pendiente que el juez Jairo García defina la tercera fecha para la audiencia de vinculación, lo que podría darse en los próximos días, ya sea con los representantes legalmente autorizados de dichas compañías o, como ha pedido la Fiscalía, con la intervención de la Defensoría Pública, para evitar la indefensión de los nuevos involucrados.
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