Esto es lo que Ecuador respondió a los relatores de la ONU sobre el conflicto armado interno y los derechos humanos
En un documento de 33 páginas, el Gobierno de Ecuador expuso sus argumentos frente a los cuestionamientos de los organismos de derechos humanos de las Naciones Unidas que rechazaron la existencia de un conflicto interno en el país y expresaron preocupación por denuncias de abusos.

El presidente Daniel Noboa y las autoridades del frente de seguridad en el Palacio de Carondelet, el 20 de abril de 2026.
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Presidencia de Ecuador
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Ocho relatores de las Naciones Unidas expresaron preocupación con el Estado ecuatoriano por las alertas levantadas sobre el deterioro de libertades fundamentales, uso indebido de la fuerza, calificación de líderes sociales como "terroristas", estados de excepción, campaña contra la Corte Constitucional y la afirmación de la existencia de un conflicto armado interno, declarado por el presidente Daniel Noboa.
En un documento, el 9 de marzo de 2026, los expertos lamentaron que el Ejecutivo no haya respondido a ninguno de los cuatro cuestionamientos previos, incluyendo aquel sobre las acciones gubernamentales que "podrían dar lugar a desapariciones forzadas", como el caso de los niños de Las Malvinas.
Y, aunque tres días después el Estado ecuatoriano envió a dos militares uniformados a rendir cuentas ante el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, la contestación a las 11 peticiones específicas de aclaración o respuesta de los relatores llegó dos meses después, el 12 de mayo.
Sin proporcionar información adicional o comentarios frente a las 19 páginas de observaciones, como solicitaba la misiva, el Ministerio de Gobierno respondió:
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Revisión de los delitos de terrorismo y financiamiento del terrorismo
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Los relatores consultan al Primer Mandatario si es que prevé llevar a cabo una delimitación y modificación de las definiciones penales de los delitos de terrorismo y financiamiento del terrorismo, "de conformidad con las mejores prácticas internacionales".
La respuesta del Ministerio de Gobierno señala que "ha llevado a cabo diversos documentos" sobre los artículos 366 y 367 del Código Integral Penal (COIP), para "delimitar y modificar las definiciones", para alinearse con esas mejores prácticas mencionadas.
Y menciona dos propuestas de ley, sin fecha de presentación:
- Un proyecto reformas penales con modificaciones exclusivas a esas dos tipificaciones.
- Y una propuesta de Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada Transnacional y Terrorismo.
Esto pese a que el mismo Ejecutivo propuso un incremento de penas radical, sin dosimetría, apoyado en el resultado de la consulta popular de 2024, y que terminó siendo aprobado en la Asamblea de mayoría oficialista.
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Proporcionalidad y discrecionalidad judicial
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La ONU consulta sobre las medidas adoptadas para garantizar los principios de proporcionalidad y discrecionalidad judicial en la imposición de sanciones relativas a los derechos humanos, de acuerdo con el derecho internacional.
El Gobierno ecuatoriano responde que sí los garantiza, a través de la aplicación del COIP y de la Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, "para evitar la arbitrariedad". Y destaca la creación en septiembre de 2023 de la Unidad Especializada en la Investigación de Uso Ilegítimo de la Fuerza de la Fiscalía General del Estado.
Esto, aunque hay autoridades del Ejecutivo, como el ministro de Defensa, Gian Carlo Loffredo, que amenazó a la jueza que sentenció la desaparición forzada de los menores del caso Malvinas y en sus videos propagandísticos habla de que el único destino de los delincuentes es "la cárcel o el infierno".
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La "vaguedad y amplitud excesiva" de la Ley de Inteligencia
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Los relatores preguntan si Carondelet planea revisar y enmendar la polémica Ley de Inteligencia, aprobada al inicio de este periodo, que fue criticada por ser incompatible con las libertades civiles, legalizar prácticas cuestionadas y garantizar la incineración de la información de los gastos reservados.
Pese a la desmentida afirmación de que la normativa sirvió para la captura de alias 'Fito' y las acusaciones que lanzaron voceros del Ejecutivo contra la Corte Constitucional (CC), el Ministerio se escuda precisamente en que esa entidad suspendió provisionalmente los artículos más polémicos y que se espera todavía un pronunciamiento sobre el futuro de la Ley.
Sin embargo, el Gobierno afirma que, de todas formas, la Ley "contiene mecanismos para evitar las arbitrariedades y usos indebidos".
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Derechos de privacidad y protección de datos
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La carta de la ONU consultaba al Estado sobre la compatibilidad de la Ley de Inteligencia y los derechos de los ciudadanos y si el Gobierno pretendía revisarla y enmendarla.
A lo que el Ministerio de Gobierno respondió enumerando los principios redactados en la normativa (ética, probidad, interoperabilidad y legalidad). Así como las garantías establecidas en la Constitución y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que rigen al Estado ecuatoriano. Según su argumento, esto "obliga al Sistema Nacional de Inteligencia a no realizar injerencias innecesarias e ilegales en la ciudadanía".
Además, mencionan el papel legal de la Superintendencia de Protección de Datos Personales, que se rige bajo estándares internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Y agrega que todas las autoridades y servidores públicos involucrados son responsables por sus actos y omisiones.
Esto pese a que entidades como la Contraloría y la Fiscalía no han podido mantener la reserva de la información de los reportes e investigaciones sobre los patrimonios privados de los jueces constitucionales, sin que ninguna autoridad se haya hecho cargo de la filtración.
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Supervisión y rendición de cuentas
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Gran parte de las preocupaciones de los relatores de la ONU se enfocaron en la Ley de Inteligencia, que tiene cuatro demandas de inconstitucionalidad en su contra. Entre ellas, las sospechas de una ausencia de independencia entre las funciones del Estado durante este Gobierno, especialmente de aquellas que deben supervisar el Sistema Nacional de Inteligencia.
El Ejecutivo rechazó ese tipo de afirmaciones, como que la Asamblea Nacional y la Contraloría estén subordinadas al Presidente de la República. Y explicó a en su respuesta la composición del Estado ecuatoriano y que estas entidades pertenecen a otras funciones.
"Como podemos advertir la normativa establece advertencias y acciones coercitivas para las personas que no hagan uso correcto de la información", sostiene el Ministerio.
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Designación de "organizaciones terroristas"
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La carta de la ONU preguntaba sobre la base jurídica, los criterios objetivos y las salvaguardias procesales aplicables a la designación de grupos como 'organizaciones terroristas' y 'actores no estatales beligerantes'. Así como la posibilidad de apelar esa decisión.
En nueve páginas, el Ejecutivo más bien describe el marco legal ecuatoriano, incluyendo los pronunciamientos de la Corte Constitucional sobre las medidas extraordinarias que puede determinar el Primer Mandatario, recordando que tienen "un fin constitucionalmente legítimo".
Sobre los criterios, el Gobierno se limita a argumentar ampliamente el incremento sostenido y exponencial de la violencia desde 2021 y a enumerar la lista de bandas delictivas identificadas como terroristas, así como su capacidad bélica.
No se menciona que la Corte Constitucional no ha aceptado la existencia legal de un conflicto armado interno en Ecuador desde abril de 2024 y que la Ley de Solidaridad Nacional, que creaba el marco normativo para ese escenario, fue declarada inconstitucional.
Y sobre las salvaguardas, el Gobierno responde a los relatores de la ONU que el decreto con el que designó a las organizaciones terroristas fue sujeto de control por parte de la Corte Constitucional. Sin embargo, recuerda que esto "no exonera al Estado de su obligación de garantizar los derechos fundamentales", y que las fuerzas del orden son responsables de sus actos.
Finalmente, sobre la consulta de cómo el Ejecutivo notifica a los acusados de esa designación y si la decisión puede ser apelada o revisada, el Ministerio asegura que los decretos presidenciales son públicos en la web y que pueden ser demandados por cualquier ciudadano ante la misma Corte y ser sujetos de acciones de protección.
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Conflicto armado no internacional
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La ONU solicitó al Gobierno ecuatoriano que explique los hechos, datos y criterios, de acuerdo a los Convenios de Ginebra, que se cumplen para decretar el conflicto armado interno.
La carta del Gobierno expone, en ocho páginas, una larga lista del incremento de índices de violencia criminal y los compara con otros países, como Siria. Además, habla de las estructuras criminales determinadas por la Policía Nacional y su zona de influencia.
Pero, contrario a las recientes afirmaciones del presidente Daniel Noboa en la OEA, en Washington, de que existen más de 80.000 hombres armados entre los Choneros, Lobos y Tiguerones, el documento enviado a la ONU afirma que estas tres bandas suman alrededor de 21.000 personas.

Captura de pantalla de la página 26 de la respuesta del Gobierno de Ecuador a las relatorías de la ONU, del 12 de mayo de 2026.Captura de pantalla - 8
Garantías y directrices en el uso de la fuerza
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La ONU consultó al Estado sobre las medidas para prevenir graves violaciones de derechos humanos, incluidas las detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas y tortura, durante las actuaciones de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. El mismo tema que persiguió al Gobierno a Washington y que pone en riesgo la cooperación en seguridad con Estados Unidos.
La respuesta del Ministerio de Gobierno se enfocó únicamente en la Policía, sosteniendo que los uniformados deben proteger los derechos y libertades de todos, de acuerdo con los estándares nacionales e internacionales. Además, presentó una lista de 12 manuales y lineamientos internos y externos que rigen sus actuaciones desde 2009, y menciona el Programa de Capacitación Integral Continua.
En esta respuesta a los relatores el Gobierno no habla de las Fuerzas Armadas.
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Mecanismos para investigar violaciones de DD.HH.
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Las preocupaciones de los expertos de la ONU apunta a qué mecanismos específicos, independientes y dotados de garantías de imparcialidad existen para investigar, supervisar y sancionar posibles violaciones de derechos humanos cometidas en el marco de las operaciones autorizadas por los decretos ejecutivos.
Aquí la respuesta oficial vuelve a mencionar el contenido de la Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza y el trabajo de la Unidad Especializada de la Fiscalía para la investigación de delitos en la materia.
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Los estados de excepción
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El último punto de cuestionamiento de los relatores apunta a la supervisión, control y revisión de los constantes estados de excepción y las garantías para los derechos no derogables y procesos judiciales.
En esta última respuesta, el Gobierno vuelve a recurrir al argumento de la independencia de funciones y el control político y constitucional que rige a los estados de excepción. Es decir, señala que la Asamblea tiene la potestad de revocar ese tipo de medidas.
Y también la Corte Constitucional, a la que el Ejecutivo presiona e intenta deslegimitar, tiene la facultad de controlar los objetivos y alcance de la medida, pudiendo decretar su inconstitucionalidad, como ha sucedido constantemente con el argumento del conflicto armado interno.
Mire aquí la respuesta completa del Gobierno a los relatores de las Naciones Unidas:
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