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Política

Tener 18 años y un título de tercer nivel, entre los requisitos para integrar el Consejo de Participación Ciudadana

En las elecciones seccionales del 29 de noviembre también se elegirá a los vocales del Consejo de Participación y por ello, el CNE aprobó un instructivo para conformar una veeduría encargada de verificar los perfiles de los candidatos. 

Fachada del edificio en el que funciona el Consejo de Participación Ciudadana en el norte de Quito.

Fachada del edificio en el que funciona el Consejo de Participación Ciudadana en el norte de Quito.

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PRIMICIAS.

Autor:

Roberto Rueda

Actualizada:

28 abr 2026 - 12:35

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Pese a que está en riesgo de perder su principal competencia, como es la designación de autoridades, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) aún 'vive', y de hecho en las elecciones seccionales de noviembre, los ecuatorianos deberán escoger a sus nuevos integrantes. 

El proceso de elección ya está en marcha y da sus primeros pasos: desde el lunes 4 de mayo al 13 de mayo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) recibirá las solicitudes de inscripción para la conformación de una Veeduría Ciudadana.

Esta será la encargada de vigilar la recepción de postulaciones, verificación de cumplimiento de requisitos e impugnación de los candidatos a convertirse en uno de los siete integrantes del Consejo de Participación Ciudadana. 

Los nombres de los candidatos al Consejo de Participación, seleccionados por la veeduría y que cumplan con los requisitos, estarán en la papeleta que recibirán los votantes en las seccionales de noviembre. 

  • ¿Qué pasará con el concurso para Fiscal General en Ecuador si el presidente Noboa convoca a un referendo sobre el CPCCS?

Debido a que esta veeduría es un paso previo, el CNE aprobó el 27 de abril de 2026 un instructivo para la inscripción de estos veedores nacionales. Los principales requisitos son:

  • Ser de nacionalidad ecuatoriana.
  • Estar en goce de los derechos políticos y de participación.
  • Contar con amplia experiencia en participación ciudadana.
  • Estar previamente organizados en un grupo de mínimo tres personas: por sus propios derechos (personas naturales) o como delegados de una organización social legalmente reconocida o de instituciones del Sistema de Educación Superior.

Designación de autoridades en riego

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Reunión de la Comisión Ciudadana de Selección del Fiscal General del Estado el 28 de abril de 2026.CPCCS.

La elección de los nuevos vocales del Consejo de Participación se produce en medio de los cuestionamientos históricos que ha tenido esta entidad desde su creación: falta de credibilidad en los concursos de designación de autoridades y nulos resultados en control social y lucha contra la corrupción.

  • No sacaron mejores calificaciones, pero tienen una decisión clave: así llegaron a la Comisión que elegirá al nuevo fiscal

De hecho, es altamente probable que el mismo 29 de noviembre los ecuatorianos voten en un referendo que podría dejar al Consejo de Participación Ciudadana sin la competencia que se ha convertido en la más importante y polémica: la designación de autoridades.

El 16 de abril, la Corte Constitucional (CC) calificó la constitucionalidad de una pregunta enviada por el presidente Daniel Noboa que señala:

“¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos públicos que garanticen la participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe, a través de estos procesos, a las autoridades que actualmente elige el CPCCS, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo de la pregunta?"

Propuesta del Ejecutivo.

Está en manos del presidente de la República emitir el decreto para que el tema sea votado en las elecciones seccionales del domingo 29 de noviembre.

  • Embarazo y lactancia son causales de inasistencia a juntas receptoras del voto previo a las seccionales en Ecuador

Pero, independientemente de los resultados del referendo el CPCCS no desaparecerá, por lo que la nueva conformación es obligatoria. Por eso, el CNE también aprobó el 27 de abril el instructivo para la postulación de candidaturas:

Los aspirantes tendrán que cumplir seis requisitos básicos:

  • Ser ecuatoriano.
  • Estar en goce de los derechos políticos y de participación.
  • Haber cumplido 18 años de edad al momento de presentar la postulación.
  • Acreditar probidad notoria reconocida por el manejo adecuado y transparente de fondos públicos, para aquellas personas que los hayan administrado; desempeño eficiente en la función privada y/o pública, así como diligencia y responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones.
  • Acreditar trayectoria en organizaciones sociales, en participación ciudadana, en lucha contra la corrupción o reconocido prestigio que evidencie compromiso cívico y de defensa del interés general.
  • Poseer título de tercer nivel legalmente registrado en el sistema de educación superior.

Además, el documento incluye unas 15 prohibiciones para los aspirantes a vocal del CPCCS, que deberán ser detectados por la Veeduría Ciudadana, previo a la inscripción de candidaturas que irá entre el 12 y el 25 de junio de 2026.

En el siguiente enlace puede revisar el documento aprobado por el CNE. 

  • #elecciones seccionales 2026
  • #CPCCS
  • #CNE
  • #inscripción
  • #selección de candidatos
  • #Ecuador
  • #veeduría ciudadana del CPCCS
  • #designación de autoridades

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