Así será la fusión del Ministerio de Trabajo con la cartera de Desarrollo Humano y la Secretaría de Pueblos
A través del decreto ejecutivo 427, el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, oficializa la fusión por absorción de dos instituciones con el Ministerio de Trabajo.

Cynthia Gellibert, ministra de Trabajo del actual gobierno, 2 de junio de 2026.
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Autor:
Redacción Primicias
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Como parte de la reducción y ajustes en el gabinete ministerial, el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, decretó este 19 de junio de 2026 la fusión por absorción del Ministerio de Desarrollo Humano y la Secretaría de Pueblos y Nacionalidades, que ahora pasarán a la Cartera de Trabajo.
Cynthia Gellibert, una de las funcionarias de mayor confianza de Noboa, es la titular del Ministerio del Trabajo, que asumirá las dos instituciones indicadas en el decreto, y será ella quien liderará la fusión y "ejecutará las acciones que considera necesarias para la culminación del proceso".
¿Cómo será esta fusión de los ministerios? En el decreto N° 427, firmado este viernes en Quito, Noboa dispone en el artículo 1 que las "entidades se integrarán a la estructura orgánica de esta Cartera de Estado (Ministerio de Trabajo) a través de los viceministerios que se determinen".
Mientras que el artículo 2 señala que la Unidad de Registro Social, encargada de las bases de datos de beneficiarios de programas estatales, también pasará al Ministerio de Trabajo.
Plazos de la fusión de ministerios
Una vez completada la fusión de las instituciones, la Cartera de Trabajo tendrá otro nombre: Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano, y el plazo máximo para completar esta reorganización será de 60 días. Aunque también se establece una prórroga de 90 días.
Además, la fusión decretada no "representará gastos adicionales" para el Estado, asegura el documento firmado por el presidente Noboa, y se financiará con los recursos ya asignados al Ministerio de Trabajo.

Por otra parte, el presupuesto, los bienes inmuebles, activos y pasivos de las dos instituciones fusionadas pasarán al único ente rector, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano.
En la segunda transitoria del decreto, se establece que mientras dure el proceso de fusión por absorción, la Cartera de Desarrollo Humano y la Secretaría de Pueblos mantendrán sus funcionarios y competencias.
Pero una vez concluida la fusión, ambas instituciones "quedarán extintas de pleno derecho".
En el siguiente enlace puede leer el decreto 427 con la información sobre la fusión de estos ministerios.
Este jueves, Noboa también oficializó otras fusiones de su gabinete ministerial, como la Cartera de Infraestructura y Tecnología.
Con estos decretos ejecutivos, los ministerios de Ecuador pasaron de 14 a 10, en un plan por optimizar el gasto público.
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