La Ley de Fundaciones genera preocupación por el antecedente del Decreto 16 del correísmo
Esta es la segunda vez que un Gobierno se enfoca en el control de la sociedad civil. En 2013 ya lo hizo Rafael Correa: ese intento terminó en la vulneración del derecho a la libertad de asociación.

Imagen referencial del presidente Daniel Noboa durante un evento de asistencia humanitaria en Quito, el 22 de julio de 2025.
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El presidente Daniel Noboa ve en la actual regulación de las organizaciones de la sociedad civil un posible "caldo de cultivo para el lavado de activos, la financiación del terrorismo o la evasión fiscal, desviando recursos que deberían destinarse al bienestar social".
Es por eso que el 29 de julio, el Mandatario remitió su último proyecto legal urgente en materia económica, denominado como Ley para el Control de Flujos Irregulares de Capitales. Pero la propuesta es más conocida como Ley de Fundaciones y deberá ser tramitada hasta el 28 de agosto.
Esta es la segunda vez que un Gobierno se enfoca en el control de la sociedad civil (organizaciones, fundaciones, corporaciones, ONG y organizaciones comunitarias). En 2013 ya lo hizo Rafael Correa, con el derogado Decreto 16.
Es por eso que la iniciativa del Ejecutivo levanta preocupaciones. La experiencia previa facultó un control y vigilancia que atentó contra la independencia de las organizaciones y vulneró el derecho a la libre asociación.
Esto permitió que el correísmo silencie a los grupos incómodos e incluso llevó a la disolución de organizaciones como la Unión Nacional de Educadores, Pachamama y Acción Ecológica, lo que causó rechazo de organismos de derechos humanos como Human Rights Watch y Amnistía Internacional.
En ese entonces, el argumento fue "normar y garantizar la promoción y fortalecimiento de las organizaciones sociales", a través del registro en un Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales (SUIOS), cuya puesta en marcha costó cerca de USD 10 millones.
Ahora el presidente Noboa apunta a la "implementación de un conjunto coordinado de instrumentos y mecanismos que permitan institucionalizar la integridad, la transparencia y la rendición de cuentas".
El objetivo actual de la propuesta legal
A ojos del Gobierno, las organizaciones de la sociedad civil, fundaciones, corporaciones, ONG y organizaciones comunitarias en Ecuador son "vulnerables a ser utilizadas, consciente o inconscientemente, para fines ilícitos".
Por lo que esta ley argumenta que deben ser transparentes "sobre quiénes son, qué hacen, cómo lo hacen y con qué recursos lo hacen". Es así que los objetivos marcados en el documento son:
- La prevención, interrupción y detección de flujos económicos ilícitos que podrían alimentar y sostener a las organizaciones.
- Y prevenir riesgos asociados a la corrupción, el uso indebido de recursos y la opacidad en su gestión.
El Ejecutivo afirma que el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales (SUIOS), a cargo del Ministerio de Gobierno, con 75.377 entidades registradas, "ha identificado" que su financiamiento se concentra en Quito y Guayaquil, "sin control o rendición de cuentas".
Sin embargo, en el mismo proyecto legal, la Presidencia cita un informe de Grupo Faro, precisamente una organización de sociedad civil, que identificó 71.789 organizaciones en ese Sistema estatal, de las cuales solo estarían vigentes 61.025.
El Ejecutivo tampoco presenta datos propios de sus ministerios, que son los que otorgan la personería jurídica a estas organizaciones, según su área de trabajo, que puede ir desde la provisión de servicios, hasta la defensa de derechos y la promoción de políticas públicas.
Es por eso que, si el oficialismo en la Asamblea Nacional, aprueba el proyecto urgente como está, las organizaciones tendrán un nuevo plazo de 90 días para volverse a registrar en el SUIOS y otro de seis meses para implementar "Sistemas de Integridad Institucionales".
Es decir, todas estas entidades, nacionales y extranjeras, deberán transparentarlo todo (detalle de ingresos y egresos, identidad e intereses de sus miembros, fuentes de financiamiento, estados financieros, reportes de gestión).
Los cambios planteados por el Gobierno
El Primer Mandatario considera imperante este proyecto legal pese a que el Decreto 193, de octubre de 2017, establece ya que las organizaciones están sujetas a controles de funcionamiento, de utilización de recursos públicos, de orden tributario, aduanero y los que sean específicos en sus materias; así como al seguimiento de su objeto social por parte de cada ministerio.
Sin contar que todas las personas naturales o jurídicas en Ecuador deben cumplir con todo el ordenamiento jurídico que les competa, de acuerdo a su naturaleza y actividades.
La Ley de Fundaciones establece como ente de control de las organizaciones a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, dirigida por Christina Murillo Navarrete, desde agosto de 2024. Y plantea como infracciones sujetas a sanción el uso indebido de recursos económicos, incumplimiento de transparencia y obstaculización de controles.
- Gobierno propone que las fundaciones sean controladas por la 'Súper' de Economía Popular y Solidaria
Todas son actividades que están sancionadas en diversas leyes. Por ejemplo, el mismo Decreto 193 ya estableció que cualquier fundación, ONG, corporación, será disuelta si incurre en actividades ilícitas o se desvía de los fines para los cuales fue constituida, entre otras.
Sin embargo, el enfoque gubernamental esta vez apunta a sus recursos económicos y, por ende, el proyecto llega con una larga lista de reformas a la Ley de Participación Ciudadana y a la de Economía Popular y Solidaria. Ya que, para el Ejecutivo, los organismos de la sociedad civil serán ahora tratados como una especio de entidad financiera.
Además, al igual que en 2013, esta vez el Gobierno de turno también promete, por escrito en sus normativas, garantizar el derecho de libertad de asociación y que ninguna medida de control podrá ser utilizada como mecanismo de persecución política, restricción arbitraria de derechos o interferencia ilegítima.
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