Arbitraje de emergencia, el mecanismo que el Gobierno quiere potenciar para atraer inversión extranjera a Ecuador
La Agenda de Crecimiento 2040, presentada el 21 de julio de 2026 por el Gobierno de Daniel Noboa, propone impulsar la figura de arbitraje de emergencia para fortalecer la seguridad jurídica en Ecuador. ¿En qué consiste y qué implica para el inversionista?

Daniel Noboa sostuvo una reunión bilateral con Ilan Goldfajn, presidente del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en Carondelet el 21 de julio de 2026.
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El Gobierno busca que Ecuador sea más atractivo para los inversionistas. Para ello, plantea modernizar el sistema de arbitraje e impulsar la figura de arbitraje de emergencia.
La propuesta forma parte del eje de Seguridad Jurídica de la Agenda de Crecimiento 2040, presentada por el presidente Daniel Noboa el 21 de julio de 2026.
¿Qué implican los arbitrajes?
Cuando una empresa decide invertir en un país necesita tener la certeza de que, si surge un conflicto con el Estado o con otra empresa, existirá un mecanismo rápido e imparcial para resolverlo. De lo contrario, aumenta la percepción de riesgo, sube el costo de invertir y los proyectos pueden irse a otros países.
Esa confianza en que las reglas se respetarán y que los contratos tendrán mecanismos efectivos para solucionar disputas es lo que se conoce como seguridad jurídica.
Uno de esos mecanismos es el arbitraje, un sistema alternativo a la justicia ordinaria en el que las partes acuerdan que un tribunal especializado resuelva el conflicto.
Y, el arbitraje de emergencia, permite adoptar medidas urgentes para proteger los derechos de las partes mientras se resuelve un conflicto comercial.
En la mayoría de países, los inversionistas pueden acudir a arbitrajes internacionales cuando consideran que sus inversiones han sido afectadas. Sin embargo, en Ecuador ese camino estuvo limitado.
Ecuador busca recuperar la confianza de los inversionistas
El artículo 422 de la Constitución de 2008, aprobada durante el gobierno de Rafael Correa, prohíbe acudir a tribunales internacionales en controversias contractuales o comerciales entre el Estado y empresas privadas.
Y es que Correa era un gran crítico de estos instrumentos y los acusó de abrir la puerta a millonarios juicios de petroleras y empresas eléctricas en cortes extranjeras, lo que consideraba que afectaba la soberanía y la economía del país. Como alternativa solo se permitieron arbitrajes con sede en Latinoamérica.
La interpretación de ese artículo de la Constitución llevó incluso a que se dieran de baja 17 Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) hasta 2017.
Los gobiernos posteriores intentaron flexibilizar esa interpretación, pero sin éxito.
No obstante, el escenario cambió en marzo de 2026, cuando la Corte Constitucional reinterpretó el alcance del artículo 422 y abrió la puerta para que Ecuador vuelva a suscribir TBI.
En su nueva decisión, la Corte señaló que la prohibición de arbitraje Inversionista-Estado no es absoluta, sino solo para controversias contractuales o comerciales.
Así, la Corte modificó la interpretación de una de las normas que durante años fue considerada uno de los principales problemas para la protección de las inversiones.
Cambios para los arbitrajes para atraer inversión
El desafío de fortalecer la seguridad jurídica es urgente. Ecuador sigue siendo uno de los países que menos inversión extranjera directa (IED) recibe en América Latina, según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal):
Qué es el arbitraje de emergencia
El arbitraje de emergencia ya existe en el país, fue incorporado en el Reglamento de la Ley de Arbitraje y Mediación, en 2021, durante el gobierno de Guillermo Lasso, y posteriormente adoptada por varios centros de arbitraje del país dentro de sus propios reglamentos, señaló Álvaro Galindo, decano de Jurisprudencia de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE) y árbitro internacional.
El arbitraje de emergencia permite proteger temporalmente los derechos de las partes mientras se resuelve el litigio principal, añade.
Por ejemplo, si el Estado revoca una concesión minera o termina un contrato de inversión, la empresa puede solicitar a un árbitro de emergencia una medida cautelar para evitar que esa decisión cause daños irreparables hasta que se emita el laudo o fallo definitivo.
Estas decisiones no resuelven quién tiene la razón. Su objetivo es preservar la situación jurídica mientras avanza el arbitraje, agregó.
ATM y Progen acudieron a arbitrajes de emergencia
En Ecuador, dos contratistas vinculados a proyectos eléctricos fallidos, Progen y Austral Technical Management (ATM), acudieron al arbitraje de emergencia para intentar detener la decisión de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec) de terminar unilateralmente sus contratos.
Los acuerdos fueron suscritos en 2024, en medio de la crisis eléctrica, y su incumplimiento dejó pérdidas superiores a USD 140 millones para el Estado.
En el caso de ATM, en septiembre de 2025, el Tribunal Arbitral de la Cámara de Comercio de Quito no dio paso a que Celec terminara de forma unilateral el contrato del proyecto termoeléctrico Esmeraldas III, de 91 megavatios de potencia (MW). Hasta este julio de 2026 solo había aportado 10 MW de manera intermitente al sistema eléctrico.
En cuanto a Progen, un árbitro de emergencia rechazó en junio y julio de 2025 las dos solicitudes de la empresa estadounidense para suspender la terminación de los contratos de las centrales Quevedo y Salitral (150 MW). Esta decisión permitió al Ministerio de Energía continuar con los procesos de terminación contractual y ejecutar el cobro de garantías.
El arbitraje de emergencia fue presentado por Progen ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Ecuatoriano Americana (Amcham).
Arbitraje con estándares internacionales
Actualmente, el arbitraje de emergencia solo está contemplado a nivel de Reglamentos. Según el experto, la propuesta del Ejecutivo apuntaría a incorporarlo en la Ley de Arbitraje y Mediación, vigente desde 1997.
Además, explicó que una posible actualización de la norma podría alinearse con la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral, por sus siglas en inglés), una normativa utilizada por varios países para establecer reglas comunes en materia de arbitraje.
Según el experto, incorporar estos estándares permitiría generar mayor previsibilidad para el comercio nacional e internacional y enviar una señal favorable a los inversionistas.
En la región, países como Argentina, Chile, Uruguay y Perú han adoptado esta normativa.
No basta con cambiar la ley
Para Galindo, la seguridad jurídica sigue siendo uno de los principales desafíos de Ecuador para atraer inversión de largo plazo.
Advierte que un sistema arbitral eficiente necesita estar acompañado de una Función Judicial independiente, jueces especializados y una administración de justicia técnica que garantice el cumplimiento de los laudos arbitrales, agregó.
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