¿Qué impuestos debe pagar este nuevo año? Revise aquí el calendario tributario de 2026 para Ecuador
En 2026, el Gobierno de Daniel Noboa no contará con el pago de la Contribución Temporal de Seguridad (CTS), pero cobrará un nuevo anticipo a las empresas que no repartan utilidades.

Imagen referencial de la agencia del SRI en la Plataforma Financiera en el norte de Quito, noviembre de 2025.
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PRIMICIAS.
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La recaudación bruta de impuestos en Ecuador superó los USD 20.000 millones en 2025, pero en 2026, el Gobierno de Daniel Noboa tendrá el desafío de igualar o superar esa meta.
Pero, en 2026, el Gobierno ya no contará con ingresos que se registraron solo hasta 2025, como por ejemplo, la Contribución Temporal de Seguridad (CTS) y la remisión tributaria que fue incluida en la Ley de Integridad Pública, pero se suspendió en septiembre de 2025 porque la norma fue derogada por la disposición de la Corte Constitucional.
Sin embargo, el Servicio de Rentas Internas (SRI) contará con un nuevo ingreso tributario en 2026: el anticipo por las utilidades no repartidas a sus accionistas, dice la analista tributaria Yael Fierro.
Se trata de un cobro dispuesto en la Ley de Transparencia Social, vigente desde el 28 de agosto de 2025.
Fierro explica que las empresas que, hasta el 31 de julio de cada año, no repartan entre sus accionistas las utilidades acumuladas de años anteriores deberán pagar un anticipo del impuesto único a los dividendos al SRI, en agosto.
Otro ingreso adicional que recibirá el Gobierno en 2026 es por la tasa minera, aunque esta no es recaudada por el SRI, sino por la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom).
Según la Cámara de Minería, las tasas se deben cobrar en contraprestación de un servicio, pero el gremio considera que ese no es el caso de la tasa minera, por lo que aseveran que el cobro debe ser visto como un impuesto.
Se trata de una tasa que deben pagar todas las empresas y personas naturales que tengan concesiones mineras en Ecuador. Para quienes tengan concesiones de mediana y gran escala, la tasa se cobra en dos pagos anuales: el 31 de julio y el 31 de enero. Para la pequeña minería se prevé un solo pago anual, el 31 de enero.
Los contribuyentes también deben tomar en cuenta que, en 2026, habrá cambios en el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), dice Fierro, pues los montos exentos en ciertas categorías están atados al Salario Básico Unificado (SBU) que subirá de USD 470 a USD 482 el próximo año.
El ISD es un impuesto que deben pagar quienes sacan dólares de Ecuador, ya sea billetes físicos en viajes o a través de envío de remesas, así como en compras con tarjetas de crédito o débito en el exterior, o en tiendas virtuales con sede en el exterior.
En el caso de quienes sacan dólares en viajes o por envío de remesas, el monto máximo exento de ISD es tres salarios básicos, esto es USD 1.446 en 2026. Si una persona supera ese monto deberá pagar el 5 % de ISD sobre el valor de diferencia.
En cambio, para compras con tarjeta de crédito o débito, el monto máximo anual exento en 2026 es de USD 5.188, 26
La ministra de Economía, Sariha Moya, ha insistido en que en 2026 no está prevista una nueva reforma tributaria que pase por la Asamblea Nacional.
Este es el calendario tributario para 2026:


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