Lunes, 29 de abril de 2024

¿Cómo hacer la proyección de gastos personales para pagar menos Impuesto a la Renta?

Autor:

Evelyn Tapia

Actualizada:

5 Ene 2024 - 5:40

En 2024 a los trabajadores en relación de dependencia se les retendrá Impuesto a la Renta en 11 cuotas desde febrero, ya no desde enero como en años pasados.

Ventanilla de atención al público del SRI en la Plataforma Financiera de Quito, diciembre de 2023.

Autor: Evelyn Tapia

Actualizada:

5 Ene 2024 - 5:40

Ventanilla de atención al público del SRI en la Plataforma Financiera de Quito, diciembre de 2023. - Foto: PRIMICIAS.

En 2024 a los trabajadores en relación de dependencia se les retendrá Impuesto a la Renta en 11 cuotas desde febrero, ya no desde enero como en años pasados.

Hasta el 28 de febrero de 2024, las personas que trabajan bajo relación de dependencia en Ecuador deben presentar a su empleador el formulario de proyección de gastos personales, lo que les permitirá pagar menos Impuesto a la Renta.

Antes, este formulario se solía presentar en enero de cada año, pero tras la entrada en vigencia de la Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, el formulario se debe presentar en febrero de 2024.

Con la presentación de ese formulario, recién los empleadores comenzarán a hacer la retención del Impuesto a la Renta a los trabajadores que ganen más de USD 991,8 al mes, explica la abogada tributaria Yael Fierro.

Hay que recordar que el presentar el formulario de proyección de gastos personales al empleador permite al contribuyente acceder a una rebaja del Impuesto a la Renta a pagar. Debido a estos descuentos, algunos contribuyentes incluso no pagarán el tributo.

Impuestos SRI 2024

A continuación, la tabla completa del Impuesto a la Renta según los ingresos del contribuyente, para que pueda realizar el cálculo detallado en el gráfico anterior:

Una vez que conozca cuál es el Impuesto a la Renta que tendrá que declarar, esto es lo que debe saber para realizar la proyección de gastos personales y acceder a una reducción del tributo:

  • Como antes se mencionó, el formulario de proyección de gastos personales se solía presentar en enero de cada año, pero a partir de 2024 el formulario se debe presentar en febrero.

    ¿Cuál es la razón? Lo anterior se debe a que la Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, vigente desde junio de 2023, estableció que el tope de gastos personales para la reducción del Impuesto a la Renta se calcule en función del precio de la canasta básica familiar de enero del año en curso; es decir, en enero de 2024.

    Y ese dato recién será publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC) en la primera semana de febrero.

  • ¿Cuántas retenciones se realizarán?

    Debido a que ahora las retenciones comienzan en febrero y ya no en enero, el empleador realizará solo 11 retenciones de Impuesto a la Renta a los trabajadores, ya no 12, explica Fierro.

    Esto significa que, al valor que le toque pagar de Impuesto a la Renta deberá dividirlo para 11.

    Cuando la relación laboral comience en un mes distinto de febrero el resultado deberá dividirse para el número de meses que resten para finalizar el año.

  • ¿Qué gastos personales puede declarar?

    El contribuyente puede proyectar gastos personales en los rubros de:

    • Vivienda.

    • Alimentación.

    • Vestimenta.

    • Salud.

    • Turismo.

    • Educación.

    Incluso pueden detallar los gastos por la alimentación, salud, educación y vestimenta que realicen para sus mascotas.

  • ¿Cómo se calcula el descuento por gastos personales?

    Con la Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar se creó una tabla de rebaja del Impuesto a la Renta en función del número de cargas familiares del contribuyente.

    Para tener una referencia, las rebajas del Impuesto a la Renta de 2023 fueron de entre USD 964 y USD 2.753 anuales, según el número de cargas familiares.

  • ¿Es el único método para acceder a la rebaja?

    Otra alternativa para acceder a la rebaja del Impuesto a la Renta con la proyección de gastos personales es calcular el 18% del total de gastos personales que el contribuyente cree que tendrá en el año.

    Sin embargo, si ese valor es superior al tope máximo permitido en la tabla de cargas familiares mencionado anteriormente, el SRI tomará en cuenta el valor menor.

  • ¿Ya se puede llenar el formulario?

    El formulario para la proyección de gastos personales de 2024 todavía no está publicado en el sitio web del SRI. El documento estará disponible en febrero, informó la entidad, cuando se conozca el valor de la canasta básica de enero.

    Una vez que esté disponible, llénelo e imprima dos copias. Una copia será para usted y otra, entréguela a su empleador hasta el 29 de febrero de 2024.

  • ¿Quiénes se consideran cargas familiares?

    Las cargas familiares pueden ser los padres que no perciban ingresos gravados, incluidos aquellos que estén jubilados.

    Además, son cargas familiares:

      • Los hijos hasta los 21 años de edad.

      • Hijos con alguna discapacidad de cualquier edad, siempre que no perciban ingresos gravados y que sean dependientes del contribuyente.

      • Cónyuge o pareja en unión de hecho.

    En ningún caso, dos o más contribuyentes podrán considerar a una misma persona como carga familiar.

    El máximo de cargas familiares que se pueden reportar para la proyección de gastos personales es cinco.

  • ¿Cómo registrar las cargas familiares?

    No importa si ya reportó a sus cargas familiares en el año anterior, tendrá que hacerlo de nuevo para el año 2024.

    En el caso de los contribuyentes que quieran reportar como cargas familiares a sus padres, estos deben redactar una carta dando el consentimiento expreso a sus hijos, para que los reporten como tal.

    Esta no tiene que ser notariada, sino solo contar con la firma y el número de cédula del padre o madre del contribuyente.

    El documento debe entregarse al empleador del contribuyente.

    Para el resto de cargas familiares debe entregar estos requisitos al empleador:

      • La copia de la cédula de identidad del cónyuge o pareja en unión de hecho dependiente del trabajador.

      • Copia de la cédula de identidad de los hijos menores de 21 años de edad dependientes del trabajador

      • El carnet de discapacidad emitido por la autoridad competente y la copia de cédula de los hijos con discapacidad dependientes del trabajador.

      • Copia del certificado o aval de padecer una enfermedad catastrófica, rara o huérfana emitido por el Ministerio de Salud Pública o el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a nombre del trabajador o de su carga familiar, según corresponda.