Viernes, 26 de abril de 2024

Seis impuestos de la reforma correísta de 2011 son inconstitucionales

Autor:

Mónica Orozco

Actualizada:

28 Ene 2022 - 0:05

La Corte declaró la inconstitucionalidad de la reforma correísta de Fomento Ambiental, pero dispuso que esté vigente hasta 2023 a fin de dar tiempo de aprobar una nueva Ley.

Atención a contribuyentes en la Agencia del Servicio de Rentas Internas (SRI), ubicada en la calle Salinas de Quito, en enero de 2022.

Autor: Mónica Orozco

Actualizada:

28 Ene 2022 - 0:05

Atención a contribuyentes en la Agencia del Servicio de Rentas Internas (SRI), ubicada en la calle Salinas de Quito, en enero de 2022. - Foto: Cortesía SRI

La Corte declaró la inconstitucionalidad de la reforma correísta de Fomento Ambiental, pero dispuso que esté vigente hasta 2023 a fin de dar tiempo de aprobar una nueva Ley.

El Gobierno tiene dos años para enviar a la Asamblea Nacional una nueva reforma tributaria, luego de que la Corte Constitucional (CC) declarara la inconstitucionalidad de la Ley de Fomento Ambiental, que entró en vigencia en noviembre de 2011.

Se trata de una de las reformas tributarias más importantes que impulsó el Gobierno de Rafael Correa, pues entre otras cosas, aumentó el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) del 2% al 5%.

La CC declaró la inconstitucionalidad de esta reforma tributaria porque incumplió el requisito de unidad de materia, pues la Ley también contiene ajustes en materia laboral y de hidrocarburos.

La Ley no se votó

Además de no tener unidad de materia, la Ley de Fomento Ambiental no se votó en el Pleno de la Asamblea y entró en vigencia por el Ministerio de la Ley.

“Eso es inconstitucional porque en las reformas tributarias no puede primar solo la voluntad del Ejecutivo”, dice Javier Bustos, catedrático de Tributación de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UESS).

Por eso, Bustos presentó el pedido de inconstitucionalidad, aunque reconoce que la decisión de la CC crea vacíos legales.

Uno de ellos es que reformas tributarias posteriores cambiaron la Ley de Fomento Ambiental, ajustes que ahora pueden quedar sin base legal. Además, el Estado podría dejar de percibir ingresos tributarios importantes.

Frente a esos inconvenientes, la CC dispuso en su fallo del 12 de enero de 2022 que la Ley de Fomento Ambiental seguirá vigente hasta diciembre de 2023.

De esa manera, el Ejecutivo tiene 23 meses para enviar una nueva reforma tributaria que corrija los vacíos que se producirán. Pero el Gobierno enfrenta a una Asamblea donde no tiene mayoría y es reacia a dar paso a sus iniciativas legales.

A continuación, se detallan los principales ajustes que introdujo la Ley de Fomento Ambiental.

  • Impuesto a la Salida de Divisas

    Uno de los principales cambios tributarios que el Gobierno de Rafael Correa hizo a través de la Ley de Fomento Ambiental fue el incremento del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), que pasó del 2% al 5% desde 2011.

    El aumento de tres puntos porcentuales a la tasa elevó la recaudación del ISD de USD 491 millones a USD 1.159 millones entre 2011 y 2012.

    Durante este año, el Gobierno inició una reducción progresiva de un punto del ISD, con el objetivo de que al cierre de 2022 la tarifa sea del 4%.

  • Impuesto a las botellas plásticas

    La Ley de Fomento Ambiental creó el Impuesto Ambiental a las Botellas Plásticas no Retornables.

    ¿Quién paga el tributo? Los importadores y los embotelladores de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, de gaseosas y de agua, contenidas en botellas plásticas no retornables.

    Entre 2011 y 2021, el SRI ha recaudado por este impuesto ambiental un total de USD 268 millones.

     

  • Impuesto al banano del 2%
    bananeros banano

    Imagen referencial. Un trabajador de una planta de banano en la provincia de El Oro. Cortesía AEBE

    Otro tributo que introdujo la Ley de Fomento Ambiental es el Impuesto Único al Sector Bananero, que prevé una tabla que va hasta el 2% sobre los ingresos de la comercialización interna y externa de la fruta.

    Para Richard Salazar, director ejecutivo de la Asociación de Exportadores de Banano (Acorbanec), una eventual eliminación de este tributo por la decisión de la Corte Constitucional no creará un vacío legal.

    ¿Por qué? Según Salazar, una nueva reforma tributaria, llamada Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y que entró en vigencia en 2014, amplió el impuesto del 2% a los exportadores de banano y ratificó el tributo para los productores de la fruta.

  • Comité de Política Tributaria

    La reforma tributaria del 2011 también creó el Comité de Política Tributaria, que tiene entre sus funciones definir las políticas generales de actuación del Servicio de Rentas Internas (SRI).

    El organismo define, además, algunos beneficios establecidos en las leyes tributarias.

  • Utilidades de los trabajadores del sector petrolero y minero

    En el caso de los trabajadores vinculados a los sectores petrolero y minero, la Ley de Fomento Ambiental estableció que recibirán el 3% del porcentaje de utilidades y el 12% restante será pagado al Estado y a los gobiernos locales para proyectos de inversión.

    El colectivo Va por ti trabajador petrolero ha realizado protestas desde 2011, cuando se introdujo la nueva distribución de utilidades para los trabajadores de este sector, pero sin respuesta.

    Antonio Collahuazo, presidente de ese colectivo, presentó hace cuatro años una acción en contra de esta disposición a la Corte Constitucional por considerar que era "discriminatoria" con el resto de trabajadores.

    El reciente fallo abre un espacio de debate con el Gobierno para que se elimine de forma definitiva el artículo, dice.

  • Ajuste al ICE de los cigarrillos

    La Ley de Fomento Ambiental determinó que los cigarrillos pagarán una tarifa de USD 0,08 por unidad por Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).

    Con los años, la tarifa se ha incrementado. El ICE vigente para estos productos es de USD 0,16 por unidad.