Jueves, 25 de abril de 2024
Economía y Desarrollo

Estamos frente a una propuesta de ley que fomenta las desigualdades

Andrés Mideros Mora

Andrés Mideros Mora

Doctor en Economía, máster en Economía del Desarrollo y en Política Pública. Director general académico de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador.

Actualizada:

28 Sep 2021 - 19:00

Anthony Atkinson, en su libro 'Desigualdad. ¿Qué podemos hacer?', desarrolla ideas sobre los factores que reproducen la desigualdad económica. Entre estos se encuentran la política fiscal y el funcionamiento de los mercados laborales.

El proyecto de ley enviado por el Presidente Guillermo Lasso a la Asamblea incluye, entre otros temas, reformas a: impuestos y relacionales laborales. Al proyecto de ley hay que leerlo, también, desde su influencia en la reproducción de desigualdades.

En materia fiscal, el proyecto pretende generar USD 528,5 millones cada año, más USD 425,3 millones por contribución especial entre 2022 y 2023.

El mayor rubro corresponde a la eliminación del gasto tributario generado por deducciones del Impuesto a la Renta de personas naturales (USD 659,1 millones), que se ve en los artículos 121, 122 y 125 del proyecto de Ley.

De esta manera, el gobierno apuesta por aumentar impuestos, de forma regresiva, a la “clase media”, con ingresos mensuales superiores a USD 2.000 mensuales.

En ese límite, el incremento del Impuesto a la Renta será del 1.945%, pasando de USD 39 a USD 806, en el nivel de ingresos de USD 3.000 mensuales se aumenta un 200%, en USD 10.000 de ingreso mensual el impuesto se incrementa en 20%, y en USD 100.000 de ingreso mensual en 1,2%.

Es decir, los que más tienen sufrirán un menor impacto.

Cabe señalar que, dentro del gasto tributario, se podía optar por reducir los subsidios (llamados incentivos) que se otorgan a sociedades (empresas) y que en 2019 significaron USD 1.857 millones, en lugar de afectar las deducciones que benefician a los hogares y que ese mismo año sumaron USD 813 millones.

Sin embargo, el gobierno prefiere poner la carga sobre las familias, mientras que para las empresas amplía hasta por 15 años el subsidio de exoneración del Impuesto a la Renta, Impuesto a la Salida de Divisas y los aranceles por nuevas inversiones (artículo 197 del proyecto de ley).

Adicionalmente, el gobierno prefiere subir impuestos a los hogares, en lugar de plantear propuestas para recaudar, por ejemplo, los USD 1.688 millones de deudas en firme de grandes empresas con el SRI.

O bien generar controles para combatir la evasión y elusión fiscal y la defraudación en las aduanas.

Si bien se propone una contribución con carga a patrimonios individuales por encima de los USD 500 mil, y mayores a USD 1 millón en sociedad conyugal (artículo 84), la tasa efectiva es baja: por ejemplo, para un patrimonio de USD 600 mil se contribuiría apenas 0,08% (es decir, USD 500), y para un patrimonio de USD 2 millones se contribuiría 0,85% (es decir, USD 17 mil).

Siendo un impuesto que podría generar progresividad, la propuesta establece una tasa baja y el pago únicamente por dos años; mientras que, en contrapartida, el mismo proyecto elimina el impuesto a la herencia, beneficiando a los patrimonios millonarios (artíclo 125).

Por su parte, en materia laboral, se incrementa la duración de contratos de tiempo definido de 6 meses a 4 años (artículo 17), y se aumenta el periodo de prueba a cinco meses (artículo 20).

Incrementa la jornada de trabajo máxima hasta 12 horas diarias, y la distribución de la jornada en hasta 6 días a la semana (artículo 31).

Medidas que pretenden reducir los costos laborales para las empresas en cuanto a obligaciones por terminación de la relación laboral y pago de horas extra y extraordinarias, cargando el peso en las personas trabajadoras.

En la misma línea, el proyecto pretende establecer la posibilidad de reducción de la jornada y del salario en hasta 50% (artículo 32), haciendo permanente esta opción que se dio durante la pandemia de Covid-19, cargando a los trabajadores los riesgos de las empresas.

Finalmente, el proyecto crea una norma paralela al Código del Trabajo, que generaría la existencia de dos tipos de trabajadores, con dos normativas, y con derechos diferenciados.

Esta norma además da la posibilidad de despido, por causas que incluyen la “falta de probidad” y la “ineptitud”, sin necesidad de trámites o formalidades previas, es decir, eliminando la necesidad de “visto bueno” dado por el Ministerio del Trabajo, y dejando a discrecionalidad del empleador su aplicación, amplía el poder de coerción sobre los trabajadores, que es justamente lo que genera la precarización.

El proyecto presentado es una Ley de desigualdades, y da cuenta de que nos encontramos en un periodo de plutocracia. Esto es, como lo define Rodrigo Borja, cuando se ejerce el “poder, influencia o preponderancia de los ricos en el gobierno; [la] influencia del dinero y de los sectores financieros sobre el poder público”.

Por su parte, en la Asamblea Nacional serán los votos los que visibilizarán, más allá de los discursos y membretes, la realidad de los intereses representados desde cada curul.

Las opiniones expresadas por los columnistas de PRIMICIAS en este espacio reflejan el pensamiento de sus autores, pero no nuestra posición.

Comentarios
REGLAS para comentar 
Suscribir
Notificación de
1 Comentario
antiguos
nuevos más votados
Comentarios en línea
Ver todos
alexis
29 septiembre, 2021 15:55

Paece un error leer la propuesta de Ley de esa forma. Leer "empresa" vs. "pueblo" parece seguir la línea de pensamiento en político la que la economía se divide entre empresarios y trabajadores, en lugar de entender que el objetivo social puede alcanzarse mejor si se facilita la actividad económica y luego se grava sus resultados. Si se lee la propuesta de Ley como un intento por facilitar el ejercicio de la actividad económica, manteniendo el peso de los gravámenes sobre los beneficiarios de esa actividad económica: los accionistas y los asalariados de alto nivel, se llega a diferentes conclusiones.… Leer más »