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Economía y Desarrollo

El trabajo es el gran pendiente en Ecuador

Andrés Mideros Mora

Doctor en Economía, máster en Economía del Desarrollo y en Política Pública. Director general académico de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador.

Actualizada:

12 jul 2023 - 05:26

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La Confederación Sindical Internacional, ITUC por sus siglas en inglés, acaba de publicar el reporte del índice global de derechos, ubicando a los países con las peores condiciones laborales.

Después de Bangladesh y Bielorrusia, Ecuador es el tercer peor país para las personas trabajadoras. Completan la lista de los diez peores: Egipto, Eswatini, Filipinas, Guatemala, Myanmar, Túnez y Turquía.

El reporte analiza el cumplimiento de estándares internacionales de derechos de las personas trabajadoras, en especial: libertad de asociación, la negociación colectiva, el derecho a la huelga, y libertades civiles.

Ecuador es caracterizado como un país en el que no hay garantía de derechos, de manera particular se señala la existencia de leyes regresivas en derechos, de precarización y limitación a la organización laboral, así como represión policial a manifestaciones.

Durante la pandemia de la Covid-19 la respuesta del Estado, Función Ejecutiva y Asamblea Nacional, fue poner el costo de la crisis en las personas trabajadoras, mediante reducciones de jornada y salario.

La protesta de organizaciones de personas trabajadoras ha sido reprimida, en tal magnitud que han llevado a pérdida de vidas.

Después de la pandemia, el empleo en el sector informal ha aumentado a cifras récord que superan el 52%; y la única propuesta desde el Gobierno es la reforma a la legislación laboral para flexibilizar las relaciones laborales, lo que afectaría aún más el derecho al trabajo, a beneficio del margen de ganancia de las empresas.

En este contexto, es importante regresar a la Constitución, en la que se establece que “el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía.

El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado” (artículo 33).

Adicionalmente, el artículo 326 señala que: “el Estado impulsará el pleno empleo y la eliminación del subempleo y del desempleo (numeral 1); “se garantizará el derecho y la libertad de organización de las personas trabajadoras, sin autorización previa” (num. 7); y que “se reconocerá el derecho de las personas trabajadoras y sus organizaciones sindicales a la huelga” (num. 14).

Mientras que el artículo 328 señala que “la remuneración será justa, con un salario digno que cubra al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora, así como las de su familia”.

Nada se cumple.

El empobrecimiento, la desigualdad, la baja inversión, e incluso la inseguridad, se da en un entorno, que no permite a las personas cubrir sus necesidades y realizar sus proyectos de vida.

Las políticas de trabajo, cuidados y protección social, son los grandes pendientes en Ecuador. Es lo que hay que pedir, y exigir que se cumpla la Constitución.

  • #Ecuador
  • #derechos
  • #trabajo
  • #protección social
  • #pandemia
  • #reducción salarios

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