Martes, 23 de abril de 2024

CNE deberá analizar de nuevo el futuro de 46 agrupaciones políticas

Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

21 Dic 2019 - 0:02

El TCE emitió una sentencia en la que deja sin efecto la resolución del CNE que eliminó 46 organizaciones políticas locales del registro electoral. Además, establece reglas más claras para la cancelación de la personería jurídica de los partidos y movimientos.

elecciones seccionales 2019

Autor: Estefanía Celi

Actualizada:

21 Dic 2019 - 0:02

Foto referencial. Una mujer se acerca a votar durante las elecciones seccionales del 24 de marzo de 2019. - Foto: CNE

El TCE emitió una sentencia en la que deja sin efecto la resolución del CNE que eliminó 46 organizaciones políticas locales del registro electoral. Además, establece reglas más claras para la cancelación de la personería jurídica de los partidos y movimientos.

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) emitió nuevas reglas para la cancelación de las agrupaciones políticas del registro.

El organismo echó abajo una resolución del CNE con la que se eliminó a 46 movimientos locales y ordenó, además, que los consejeros vuelva a analizar la situación de cada una de ellas.

El TCE emitió su sentencia la noche del 19 de diciembre de 2019. Allí determina que el CNE vulneró los derechos de dos organizaciones políticas canceladas: el Movimiento Renacer Peninsular y el Movimiento Emergente Transparencia y Acción.

El error que el TCE detectó es que estos dos movimientos no participaron en las elecciones de 2017, pero el CNE contabilizó como que hubieran participado y les asignó cero votos. Con este antecedente y en vista de que no cumplieron los requisitos legales, fueron eliminadas del registro.

Ahora, los jueces del TCE dicen que el análisis del CNE está equivocado, pues no presentar candidatos no es una causal de eliminación de la organización política. Por ello, en la sentencia hacen puntualizaciones al Código de la Democracia y piden que el CNE vuelva a analizar la situación de los 46 movimientos.

Los parámetros para eliminar movimientos locales

El Código de la Democracia establece seis causales para la cancelación de la inscripción de las agrupaciones políticas. En el caso de los movimientos locales, pueden ser eliminados cuando no obtengan, al menos, el 3% de votos en dos elecciones consecutivas, en su jurisdicción.

Para analizar esta norma, el TCE emitió cinco reglas:

  • Procede la cancelación cuando en dos elecciones pluripersonales consecutivos comparables, un movimiento político local no alcance al menos el 3% de votos.
  • Cuando una organización política no postule candidatos en su nivel de gobierno (provincial, cantonal o parroquial), en la evaluación se asignará como resultado de obtención de votos válidos 0%.
  • Cuando un movimiento local no postule candidatos en un proceso electoral comparable y en el otro proceso comparable sí participe y obtenga el umbral previsto en la ley, no incurre en causal de cancelación.
  • Si una organización local no alcanza el porcentaje de votos previstos en la ley en dos elecciones pluripersonales comparables, incurre en la causal para la cancelación.
  • Cuando se trate de determinar obligaciones, el Consejo Nacional Electoral, observará las garantías constitucionales básicas del debido proceso.

Las dos elecciones "comparables" son elecciones seccionales. Es decir, para decidir si se elimina o no a un movimiento local, solo se podrá comparar su participación en los comicios para prefectos, alcaldes y juntas parroquiales.

Dos nuevas causales, en las reformas a la ley electoral

Las reformas al Código de la Democracia, aprobadas por la Asamblea el 3 de diciembre de 2019, establecen dos nuevas causales que puede causar la desaparición de las agrupaciones políticas:

  • Cualquier tipo de violación a las disposiciones sobre el origen y uso de su financiamiento determinada en resolución en firme.
  • Por haber disminuido el total de sus afiliados o adherentes en más del 50% al número exigido en la ley para su registro.

Estas causales entrarán en vigencia en enero, si no reciben veto del Ejecutivo. El presidente Lenín Moreno tiene hasta la primera semana de 2020 para enviar sus observaciones a las reformas.

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