Jueves, 25 de abril de 2024

Cuatro hombres encabezan las primeras listas de asambleístas para 2021

Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

17 Ago 2020 - 0:05

Autor: Estefanía Celi

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17 Ago 2020 - 0:05

César Monge, Geovanni Atarihuana, Fernando Villavicencio y Javier Orti encabezarán las listas a asambleístas nacionales por sus partidos. - Foto: API - EFE - Flickr Movimiento Creo - Facebook Javier Orti

Las reformas al Código de la Democracia obligan que desde estos comicios el 15% de las listas que propongan las organizaciones políticas deberá estar encabezado por mujeres. No cumplir este requisito puede causar la descalificación de la lista de asambleístas.

Las reformas al Código de la Democracia incluyeron cambios que tendrán que estar vigentes desde estas elecciones para la inclusión de mujeres en la política. En los procesos de selección de candidatos que las organizaciones políticas deben realizar hasta el 23 de agosto, los nuevos requisitos se deben cumplir, o puede haber problemas.

La reformada Ley Electoral establece que el 15% de las listas de asambleístas que presenten los partidos o movimientos debe estar encabezado por mujeres.

¿Cómo se cumple este porcentaje? El Código de la Democracia establece los casos:

  • Entre la lista para asambleístas nacionales (15 candidatos) y la lista para parlamentarios andinos (cinco candidatos), al menos una debe ser encabezada por una mujer.
  • En el caso de las provincias con distritos, al menos la mitad de listas debe tener una mujer a la cabeza. Es decir, en Guayas, dos de las cuatro listas deben encabezarlas mujeres, y en Manabí, al menos una. En Pichincha, en el distrito metropolitano de Quito, una de las tres listas deberá cumplir con este requisito.
  • Para los asambleístas provinciales y por el exterior, depende de cuántas listas presente el partido o movimiento. Si se lanzan candidatos en dos provincias, una mujer debe encabezar la lista de una de las dos; mientras que si se presentan en 21 provincias, una mujer debe estar en cuatro.

La idea es que, poco a poco, más mujeres estén a la cabeza de las listas de asambleístas. La Constitución de 2008 incluyó la obligatoriedad de que las listas sean conformadas de manera alternada entre hombres y mujeres, pero la mayoría de cabezas son hombres.

La situación actual

Solo cuatro organizaciones políticas han confirmado quiénes encabezarán su lista de asambleístas nacionales. En los cuatro casos, son hombres los que ocuparán este puesto:

  • César Monge presidirá la lista nacional de Creo.
  • Geovanny Atarihuana la de Unidad Popular.
  • Fernando Villavicecio por Concertación.
  • Javier Orti estará a la cabeza de la lista de Avanza.

Además Jaime Vargas es la opción que encabezaría la lista de Pachakutik, aunque la decisión aún debe ser ratificada en la asamblea del movimiento.

La selección de estos nombres toma relevancia en las elecciones de 2021 pues las listas serán cerradas, es decir que la gente podrá votar solo por un movimiento o alianza. Los rostros de quienes encabezan las listas son quienes más notoriedad tendrán.

La experiencia señala que la mayoría de organizaciones políticas prefieren poner a hombres a la cabeza de sus candidatos. En las elecciones de 2017, solo cuatro de 15 listas para asambleístas nacionales tuvieron una mujer a la cabeza. Y en 2013, cinco de 11.

En las elecciones seccionales de 2019, el panorama femenino también es adverso. De los 1.875 candidatos a alcalde, solo 249 fueron mujeres -el 13,3%-.

Las sanciones

El Reglamento para la inscripción y calificación de candidaturas establece que, si una organización política incumple el porcentaje de participación de la mujer en sus listas, tendrá el plazo de dos días para subsanar el incumplimiento.

Pero si el incumplimiento persiste, las candidaturas presentadas no serán inscritas ni calificadas por el CNE.

Esto aplicará solamente para las organizaciones políticas que presenten más de una lista. Es decir, los movimientos locales que solo presenten una lista de candidatos en su provincia, podrán tener a hombres a la cabeza.

¿Y el binomio presidencial?

El Código de la Democracia también establece que los binomios presidenciales sean integrados por hombre y mujer, pero desde las elecciones de 2025.

Desde entonces, si el candidato a presidente es hombre, la candidata a vicepresidenta debe ser mujer, o el caso contrario. Lo mismo aplicará para las candidaturas a la prefectura.

Además, el porcentaje de mujeres que encabecen las listas de asambleístas aumentará desde 2025 a 50%.

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