Miércoles, 24 de abril de 2024

Con reformas de seguridad, militares podrán salir a las calles sin estado de excepción

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

27 Ene 2022 - 0:05

A través de un estado de emergencia, el Ejecutivo plantea aplicar acciones en respuesta a la criminalidad y otros fenómenos de seguridad. Esta figura además obligará a la coordinación de policías y militares para controlar las crisis.

Operativo militar de control de armas y explosivos en el sur de Guayaquil, el 26 de enero de 2022.

Autor: Mario Alexis González

Actualizada:

27 Ene 2022 - 0:05

Operativo militar de control de armas y explosivos en el sur de Guayaquil, el 26 de enero de 2022. - Foto: César Muñoz / API

A través de un estado de emergencia, el Ejecutivo plantea aplicar acciones en respuesta a la criminalidad y otros fenómenos de seguridad. Esta figura además obligará a la coordinación de policías y militares para controlar las crisis.

Todavía sin fecha para que la Asamblea Nacional inicie su tratamiento, el proyecto de Ley de Seguridad Integral y Fortalecimiento de la Fuerza Pública empieza a generar debate. Uno de sus ejes principales es mejorar la coordinación entre la Policía y las Fuerzas Armadas para combatir la violencia.

Según la iniciativa presentada por el presidente Guillermo Lasso, existen dificultades legales para que el Estado pueda ejecutar eficazmente políticas públicas de seguridad. Una de ellas es la falta de claridad para que las distintas fuerzas cooperen ante una crisis de seguridad.

Ante eso, la nueva ley busca crear dos figuras para mejorar esta coordinación:

  • El Consejo Nacional de Política Criminal.
  • La emergencia del Sistema de Seguridad Pública y del Estado.

El primero será un espacio para que las entidades relacionadas con el fenómeno de la criminalidad puedan consensuar una política pública.

Mientras que la emergencia es un mecanismo que permitirá a las instituciones prepararse para situaciones, precisamente de emergencia, sin tener que recurrir al estado de excepción.

Es una manera de habilitar la cooperación interinstitucional entre Policía y Fuerzas Armadas y que esta permita enfrentar escenarios drásticos, sin la necesidad de activar medidas extremas como el estado de excepción.

Los cambios legales

Para mejorar esta coordinación entre policías y militares, el Ejecutivo plantea reformas en tres sentidos a la Ley de Seguridad Pública y del Estado:

  • Coordinación de policías y militares

    La primera reforma es sobre los principios de la seguridad pública Actualmente, uno de estos señala que las entidades tienen la obligación de facilitar coordinadamente los medios humanos, materiales y tecnológicos para el cumplimiento de sus obligaciones.

    La reforma añade que “la coordinación de distintas fuerzas públicas en las mismas operaciones es parte de la respuesta integral del Estado, sin que pueda entenderse como alteración de la función misional de las entidades”.

    En lo que respecta a las Fuerzas Armadas, el proyecto las faculta para ejercer acciones para recuperar o mantener la soberanía en zonas donde se ha disminuido la capacidad del Estado de hacerlo. Esto incluye acciones para prevenir y erradicar la actividad de organizaciones criminales trasnacionales.

    Sobre la Policía se agrega que en la prevención o combate al crimen organizado, así como para defender a los habitantes de las situaciones de violencia que este genera, podrá contar con la cooperación de las Fuerzas Armadas.

  • El Consejo Nacional de Política Criminal

    En la Ley de Seguridad Pública y del Estado se propone la creación del Consejo Nacional de Política Criminal, que estará integrado por 11 instituciones, a través de sus máximas autoridades:

    1. Ministerio de Gobierno, que presidirá el Consejo.
    2. Secretaría de Derechos Humanos.
    3. Fiscalía General del Estado.
    4. Corte Nacional de Justicia.
    5. Defensoría del Pueblo.
    6. Comandancia General de la Policía Nacional.
    7. Servicio de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI).
    8. Servicio Nacional de Aduanas.
    9. Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).
    10. Un delegado del Presidente de la República.
    11. Centro de Inteligencia Estratégica (CIES).

    Esta instancia deberá crear el Plan de Política Criminal. Este documento incluirá un diagnóstico del fenómeno de la criminalidad en el país y las respuestas planificadas y coordinadas que el Estado debe adoptar para prevenirlo y combatirlo.

  • Estado de Emergencia del Sistema de Seguridad Pública y del Estado

    Sobre el Estado de Emergencia del Sistema de Seguridad Pública y del Estado, el proyecto plantea la creación de un capítulo entero en la Ley de Seguridad Pública y del Estado, con tres artículos.

    Primero, la declaratoria de emergencia será potestad del Presidente de la República y consiste en una alerta permanente de las entidades que integran el Sistema de Seguridad Pública y del Estado. Las obliga a su coordinación y cooperación.

    Hay tres razones para activar la emergencia:

    • Cuando el CIES lo sugiera, fundamentado en la inteligencia o contrainteligencia. Esta sugerencia se realizará directamente al Presidente de la República.
    • En casos de desastres naturales o producidos por la población que amenacen con poner en serio peligro la seguridad de los habitantes.
    • Ante la amenaza o posibilidad seria de un conflicto armado inminente.

    El estado de emergencia durará 90 días y podrá ser renovado dos veces más por el mismo período, es decir, hasta por nueve meses. Durante el estado de emergencia todos los agentes ejecutores de la seguridad pública (policías, militares y agentes penitenciarios) deberán cooperar y colaborar.

Un nuevo momento de seguridad

La Constitución, en el artículo 158, establece que las Fuerzas Armadas tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía y la integridad territorial. Y que la Policía se dedica a la protección interna y el mantenimiento del orden público.

Pero, en el nuevo proyecto, se aclara que en la actualidad no pueden ser instituciones que trabajen de manera aislada. Ya que, el delito y las organizaciones criminales tienen un fuerte componente trasnacional y peligrosas capacidades de violar la soberanía y fronteras.

Además, la Carta Magna establece que solo bajo estado de excepción el Ejecutivo podrá disponer de Fuerzas Armadas internamente. Con el nuevo proyecto esto también se podría hacer con el estado de emergencia, que no necesita el visto bueno de la Corte Constitucional.

El cambio de funciones de las Fuerzas Armadas no es un debate nuevo en el país. Luego de las protestas de octubre de 2019, el entonces ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, dijo que ahora los militares deben voltear su mirada hacia los grupos insurgentes.

En ese momento, Fabián Fuel, entonces director de operaciones del Comando Conjunto, dijo que ante las nuevas amenazas que tiene el Estado los militares deberán también identificar, aislar y neutralizar a delincuentes y terroristas. Por lo que hacían falta reformas legales.

Sin embargo, Wagner Bravo, general del las Fuerzas Armadas en servicio pasivo, dice que estas necesidades no pueden ir en contra del candado constitucional y que las Fuerzas Armadas no pueden imponerse al trabajo policial en la seguridad interna.

Por esta razón, añade, el proyecto presentado por Lasso debe ser revisado minuciosamente en los conceptos que utiliza, para evitar contradicciones con la Constitución.

Por ejemplo, en la iniciativa presidencial se habla de fortalecer la fuerza pública. Pero Bravo recuerda que ese concepto se eliminó en 2008, por lo que para que los cambios afecten tanto a policías y militares deben ajustarse las denominaciones que se hacen en la norma.

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