Sábado, 27 de abril de 2024

Revisión, amnistía o indulto: ¿qué opciones le quedan a Rafael Correa?

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

24 Sep 2020 - 0:05

Autor: Mario Alexis González

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24 Sep 2020 - 0:05

La Universidad Metropolitana para la Educación y el Trabajo de Argentina le otorgó un doctorado Honoris Causa a Rafael Correa, en marzo de 2018. - Foto: Suterh Osperyh

La sentencia por el caso Sobornos está ejecutoriada y su principal sentenciado es el expresidente Rafael Correa. Las leyes y la Constitución ecuatorianas contemplan varias alternativas para interrumpir la pena.

Desde el 23 de septiembre de 2020, la Policía ecuatoriana busca a Rafael Correa y otras 17 personas, que son parte de los 20 sentenciados por el caso Sobornos 2012-2'16.

Nueve de ellos están prófugos: seis salieron del país antes de la ejecución de la pena, el paradero de dos es desconocido y la restante está refugiada la embajada de Argentina.

A la cabeza de este grupo está el expresidente Rafael Correa. Él vive desde 2017 en Bélgica. Además de la orden de captura por este proceso, tiene otra por el denominado caso Balda, en el que debe ser juzgado por el secuestro del activista.

Según las normas ecuatorianas, luego de que la sentencia fue emitida y ratificada en apelación y casación debe cumplirse de inmediato.

Pero, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y la Constitución ofrecen otros recursos legales para frenar el cumplimiento de la sentencia.

Revisión

Los sentenciados pueden interponer el recurso de revisión en cualquier momento. No hay plazo. Y, por tanto, su trámite no interrumpe la ejecución de la pena pero si es aceptado se puede declarar la inocencia del condenado.

Se puede usar este recurso por tres razones:

  • Cuando se comprueba la existencia de la persona que se creía muerta.
  • Porque hay dos sentencias simultáneas por el mismo caso.
  • Si la sentencia se ha dictado con base en documento o testigos falsos o de informes periciales maliciosos o errados.

En caso de que se admita a trámite, los sentenciados podrán presentar prueba nueva para que un Tribunal los declare inocentes.

El caso más reciente que se encuentra en esta etapa es el del triple asesinato en Quinsaloma. En 2011, por ese proceso, fue sentenciado como cómplice el entonces asambleísta Galo Lara.

Pero, el 26 de junio de 2020, el Tribunal de Casación declaró inocente a otro de los procesados. Las pruebas expuestas en esa audiencia serán utilizadas por Lara para que se revise su sentencia.

Con este recurso, además de anular la pena de cárcel, también se pueden eliminar otras aristas de la condena como la prohibición de participar en elecciones.

Amnistías

La Constitución le otorga a la Asamblea Nacional la posibilidad de otorgar amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto de 92 legisladores.

Sin embargo, la misma norma establece las excepciones en las que el Legislativo no puede actuar.

  • Delitos contra la administración pública
  • Genocidio
  • Tortura
  • Desaparición forzada de personas
  • Secuestro
  • Homicidio por razones políticas o de conciencia

El cohecho, que es el delito porque el que Correa fue sentenciado en el caso Sobornos 2012-2016, aparece en el COIP en la sección tercera: Delitos contra la eficiencia de la administración pública.

Además, en la lista de excepciones también aparecen los delitos de genocidio, secuestro y homicidio, que son figuras por las que se llevan otros procesos penales contra Correa. En la lista de 34 casos también aparecen otros contra la administración pública.

Es decir, el exmandatario y los otros 19 condenados del caso Sobornos no son candidatos idóneos para recibir una amnistía o indulto legislativo.

Esta excepción ya se ha aplicado antes. En 2008, la Asamblea Constituyente concedió 362 amnistías. Entre los beneficiados estuvieron los líderes indígenas que participaron en unas protestas de la parroquia de Dayuma, en Orellana.

Sin embargo, la entonces prefecta Guadalupe Llori, aunque estuvo en esas manifestaciones, no entró en ese paquete. Ella, además del caso por las protestas, tenía otra denuncia por supuesto peculado, otro delito contra la administración pública.

Indulto

La última posibilidad es el indulto presidencial. Según la Constitución, una de las 18 atribuciones del Presidente de la República es indultar, rebajar o conmutar las penas de una persona.

Esta posibilidad podría abrirse para Correa y los otros líderes correístas sentenciados, siempre y cuando su precandidato, Andrés Aráuz, gané la Presidencia de la República en 2021.

Sin embargo, el COIP establece algunos requisitos y el procedimiento para la concesión de este indulto.

Uno de estos es que este beneficio debe ser solicitado por el posible beneficiario. Pero, para esto, la sentencia debe estar ejecutoriada y cumpliéndose.

Es decir, Correa debería volver al país, ser arrestado y demostrar buena conducta al interior de un centro de rehabilitación social (CRS) para aspirar a un indulto.

La diferencia del indulto con la amnistía o el recurso de revisión es que solo suspende la ejecución de la pena. Pero no revisa la condición de culpabilidad.

Es decir, aunque el indultado quedé libre, en su récord seguirá apareciendo una sentencia por corrupción y se mantendrán las implicaciones que esto significa como la prohibición para ser candidato de por vida.

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