Asamblea de Ecuador aprueba ley para proteger las olas rompientes, ¿qué significa esto y qué actividades se podrán realizar en el mar?
La bancada de ADN en la Asamblea calificó como "histórico" la aprobación de esta normativa llamada 'Ley de Olas Rompientes', y que se discutía desde 2020, pero el correísmo se opuso al proyecto.

Buques de la Armada de Ecuador patrullan el mar ecuatoriano el 31 de marzo de 2026.
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Armada del Ecuador.
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El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el 21 de mayo una ley con la que se busca proteger las zonas costeras que están directamente relacionadas con las rompientes de olas, a través de la regulación del uso del mar.
Esta propuesta, que es de iniciativa ciudadana, fue enviada a la Asamblea en 2020 por la comunidad surfista de General Villamil Playas, un cantón de Guayas, con el fin de frenar la construcción de un muelle. Según los deportistas, estas estructuras amenazan con destruir las olas del lugar.
Previo a la votación de este jueves, los asambleístas escucharon en comisión general a varios activistas, expertos y ambientalistas que resaltaron la importancia de tener una normativa que proteja las olas y sus entornos.
Con un total de 79 votos, el Pleno aprobó la ley, y unos 53 legisladores, la mayoría del correísmo, votaron en contra.
Beatriz Aguirre, de la fundación Corriente a Favor, resaltó que esta ley no solo beneficia a los surfistas, sino que puede convertirse en un motor económico para las comunidades adyacentes a la zona costera.
Puso como ejemplo los casos de Indonesia, Costa Rica y El Salvador que tendrían normativas similares y generarían entre USD 18 Y USD 25 millones anuales para las economías locales por actividades turísticas.
¿Qué dice la ley?
La normativa, que en realidad se llama Ley de Gobernanza del Espacio Marítimo- Costero, plantea la creación de un Consejo Interinstitucional del Mar, el cual estará presidido por un delegado del presidente de la República.
Con respecto a las olas y la petición de los surfistas, la ley dispone aplicar un Registro Nacional de Zonas de Rompientes como un instrumento técnico y público para la identificación, protección y gestión de las zonas de olas rompientes y otras dentro del espacio marino-costero nacional.
Mientras que sobre el uso o actividades a realizar en el mar, la normativa que obtuvo 79 votos a favor, establece lo siguiente:
- Seguridad integral del Estado, soberanía y defensa de los espacios marítimos jurisdiccionales.
- Navegación, transporte marítimo, logística y comercio marítimo.
- Pesca artesanal e industrial, acuacultura y maricultura.
- Actividades portuarias, fondeo, dragado, levantamientos hidrográficos y oceanográficos, y construcción naval.
- Turismo, recreación, deportes acuáticos y actividades culturales vinculadas al mar.
- Investigación científica, innovación, biotecnología marina y monitoreo oceanográfico.
- Infraestructura estratégica, sembrado e instalación de tuberías y cables submarinos e islas artificiales, telecomunicaciones, transporte de productos energéticos y demás obras vinculadas al espacio marino-costero.
- Exploración, aprovechamiento y extracción sostenible de recursos naturales vivos y no vivos
- Generación de energías renovables marinas(energías azules).
- Protección, preservación, restauración y conservación de ecosistemas marino-costeros y oceánicos.
- Gestión de riesgos, prevención, mitigación y control de impactos ambientales, naturales y antrópicos.
- Usos urbanos, rurales y demás actividades compatibles con el ordenamiento del espacio marino-costero.
- Todos los demás usos, actividades e infraestructuras que se definan de conformidad con los instrumentos de planificación nacional, y el Plan de Ordenamiento del espacio marino-costero emitidos por la autoridad competente.
Oposición del correísmo
La Bancada de Revolución Ciudadana (RC) -excepto la asambleísta Paola Cabezas que se abstuvo- votó en contra de la propuesta elaborada por la Comisión de Biodiversidad y que está dominada por ADN.
El asambleísta Franklin Samaniego aseguró que no se recogieron las sugerencias y observaciones que hizo el correísmo a esta norma, que llegó a la Asamblea con el nombre de Ley de Olas rompientes y tendría otro objetivo, según RC.
"Están sepultando la biodiversidad de nuestras costas. En el artículo que habla sobre los usos del mar de extracción sostenible de los recursos naturales vivos y no vivos: camufladamente, acaban de aprobar la minería submarina".
Franklin Samaniego, asambleísta de RC.
Pero, el experto en Hidrología Humberto Gómez, que fue uno de los defensores de la ley, negó que la normativa hable de extracción de minerales.
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