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Política

¿Quién debe aprobar la licencia para que Daniel Noboa haga campaña por la consulta popular y referendo 2025?

El Consejo Nacional Electoral (CNE) determinó que el presidente Daniel Noboa debe solicitar un permiso temporal para promocionar el 'Sí' en la consulta popular y referendo del 16 de noviembre de 2025.

Conversatorio de los miembros del Consejo Nacional Electoral con los medios de comunicación, el 31 de octubre de 2025, sobre la consulta popular y referéndum.

Conversatorio de los miembros del Consejo Nacional Electoral con los medios de comunicación, el 31 de octubre de 2025, sobre la consulta popular y referéndum.

- Foto

CNE

Autor:

Roberto Rueda

Actualizada:

30 oct 2025 - 16:38

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El análisis terminó y el Consejo Nacional Electoral (CNE) concluyó el 30 de octubre de 2025 que el presidente Daniel Noboa sí tiene que solicitar licencia para poder hacer campaña en la consulta popular y referendo 2025.

La presidenta del CNE, Diana Atamaint, recordó que "un servidor público no puede inducir al voto en el ejercicio de sus funciones y en tal virtud tiene que pedir licencia para salir a hacer campaña".

En el caso del presidente  Daniel Noboa, la funcionaria dijo que como proponente de las preguntas tiene todo el derecho a participar en la promoción de las mismas, pero "tiene que pedir licencia, porque está en calidad de servidor público", afirmó.

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Por ahora, el CNE no ha recibido notificación alguna de funcionario público al que se le haya concedido licencia para hacer proselitismo entre el 1 y el 13 de noviembre, que se desarrollará la campaña oficial.

Hasta el lunes 27 de octubre, Atamaint no tenía aún claro el panorama sobre la licencia de Noboa. "Tendremos que analizar esa situación. Hay prohibiciones en el Código de la Democracia, hay alcances y tendremos que nosotros pronunciarnos respecto a eso", respondió al respecto.

¿A quién debe acudir Daniel Noboa?

La titular del CNE dijo que cada funcionario público deberá dirigir su solicitud a la entidad competente para entregar el permiso temporal.

  • Consulte aquí su lugar de votación para el referéndum y consulta popular en Ecuador

En el caso del Presidente de la República, esa potestad recae en la Asamblea Nacional, tal como señala la Constitución y, con mayor claridad, la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Según la norma, la licencia para ausentarse temporalmente no será mayor a 30 días. "La Asamblea Nacional evaluará la solicitud y podrá aceptarla o negarla con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus integrantes", dice la ley.

Es decir, para aprobar la licencia son necesarios 77 votos que la bancada oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y sus aliados los exPachakutik y los independientes, sí tienen.

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La bancada de ADN y sus aliados tienen mayoría absoluta en la Asamblea. Sesión del Pleno del 23 de octubre de 2025.Asamblea Nacional.

Polémica por licencia

En las elecciones presidenciales de abril de 2025, una de las polémicas fue que el presidente Daniel Noboa no solicitó licencia a la Asamblea para hacer campaña.

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En su lugar, prefirió enviar el 26 de marzo un oficio al CNE anunciando que ese mismo día se dedicaría a realizar actividades proselitistas, como candidato presidencial, "sin recursos públicos de ninguna índole", desde las 08:00 hasta las 20:00.

Su argumento para no acudir al Parlamento fue que la licencia "puede ser concedida o negada con el voto de la mayoría de sus integrantes, supeditando sus efectos jurídicos a la voluntad política del legislativo, generando un riesgo para el Presidente de la República y candidato (...) de que la misma sea negada".

En ese entonces, el Legislativo estaba dominado por la bancada correísta con el apoyo de sus aliados del Partido Social Cristiano (PSC) con quien Noboa mantiene una tensa relación desde entonces. Actualmente, el Ejecutivo tiene una mayoría bastante sólida en la Asamblea.

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