¿Por qué sentenciaron a dos policías de Quito a 17 años de cárcel? Esto revelan los expedientes
PRIMICIAS accedió a los documentos judiciales que explican el fallo en contra de los dos policías en Quito. El Gobierno ha rechazado la sentencia y dijo que apoyará los uniformados en su defensa.

Audiencia sobre el caso de extralimitación en contra de dos sevidores policiales, en Quito, 1 de junio de 2026.
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Policía Nacional
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La sentencia de 17 años de prisión a los miembros de la Policía Nacional, Diego Trujillo y Leonardo Montalvo, ha sido rechazada por el Gobierno, mientras que los detalles del fallo judicial siguen generando debate sobre la acción policial. PRIMICIAS revisó los expedientes del caso que detallan los argumentos del tribunal para emitir la sentencia.
Los documentos revelan detalles inéditos sobre la actuación de los uniformados que el tribunal consideró como presunto un delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio.
Para entender el caso, hay que recordar que los hechos ocurrieron la madrugada del 24 de septiembre de 2016, en el sector de El Bosque, en el norte de Quito. Durante una persecución por el presunto robo de motocicletas, Pablo Andrés Aguilar, de 19 años, murió tras recibir un impacto de bala disparado por uno de los agentes.
Aunque el Gobierno rechazó la condena e intentó otorgar un indulto, los policías no lo aceptaron, explicó en un video el ministro del Interior, John Reimberg, este 6 de junio.
Las pruebas
Una de las pruebas principales presentadas en el juicio fue el análisis de una cámara de videovigilancia. Los expedientes señalan que los policías dejaron presuntamente abandonada a la víctima tras el disparo, omitiendo su deber legal de prestar auxilio médico inmediato y retirándose del lugar.
El documento judicial detalla la grabación reproducida en la audiencia: "el patrullero impacta a la motocicleta, caen los ocupantes, posteriormente los señores uniformados se bajan (...) se embarcan en el mismo y continúan circulando".
Otro factor para la sentencia fue el resultado de la autopsia médico legal. Uno de los uniformados justificó que el disparo se efectuó frente al peligro inminente, detallando textualmente en el juicio que "el agente policial realizó la maniobra que se constituye en un movimiento reflejo para resguardar su seguridad".
Según los expedientes, los informes forenses confirmaron que el joven recibió el disparo por la espalda.
El testimonio de la perito médico legista, citado textualmente en el expediente, concluye que el cuerpo presentaba "un disparo en el occipital izquierdo (...) la trayectoria es de atrás hacia adelante".
Además, un testigo presencial afirmó ante los jueces que, antes del desenlace fatal, "la policía utilizó las balizas, megáfono, maniobras disuasivas para que los delincuentes detengan la marcha".
Uno de los policías relató que durante la huida, el copiloto de la motocicleta hizo gestos de amenaza y se escucharon detonaciones.
Pero, el experto en uso progresivo de la fuerza concluyó que se utilizó fuerza letal sin que la vida de los policías estuviera en riesgo.
La sentencia
Pese a que la defensa de los policías también presentó certificados para probar que los agentes tenían una hoja de vida intachable y calificaciones perfectas en cursos de derechos humanos, el Tribunal desestimó estos atenuantes.
El Tribunal impuso 17 años y cuatro meses de prisión porque consideró un agravante: la infracción fue cometida por dos o más personas.
La resolución dictada oralmente dice "el tribunal condena a los dos procesados como coautores del delito de extralimitación".
Además, se ordenó el pago solidario de una multa y una indemnización económica de USD 25.000 a favor de la madre del fallecido.
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