Viernes, 29 de marzo de 2024

Las claves de la reforma constitucional que se debate hoy

Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

11 Mar 2021 - 0:04

La Asamblea realizará hoy el segundo debate sobre la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana. De aprobarse la reforma, esta deberá pasar a un referéndum constitucional en los próximos meses.

Autor: Estefanía Celi

Actualizada:

11 Mar 2021 - 0:04

El Comité por la Institucionalización Democrática entregó en la Asamblea ocho cajas con firmas por la eliminación del CPCCS, este 27 de febrero de 2020. - Foto: Daniel Molineros / API

La Asamblea realizará hoy el segundo debate sobre la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana. De aprobarse la reforma, esta deberá pasar a un referéndum constitucional en los próximos meses.

Finalmente, tras más de dos meses de espera, la Asamblea Nacional debatirá este 11 de marzo del 2021 las reformas constitucionales planteadas por el Comité por la Institucionalización Democrática, que buscan la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

A dos meses de su salida, el actual Legislativo buscará los 70 votos necesarios para que la reforma sea aprobada y pase a un referéndum constitucional en las urnas. Pero la meta es complicada, pues el bloque de Revolución Ciudadana defiende la existencia del CPCCS, y tiene al menos 30 asambleístas.

De hecho, la Asamblea no logró pasar en enero la iniciativa de restarle facultades al organismo. Ninguna de las enmiendas constitucionales de ese proyecto logró la mayoría calificada (91 votos).

El proyecto que se votará hoy es más ambicioso, pero requiere solo mayoría absoluta (70 votos). Busca eliminar el Consejo y trasladar a la Asamblea sus facultades de designación de autoridades como contralor, superintendentes, así como a los integrantes del Consejo de la Judicatura y de la Función Electoral.

Una propuesta retocada

La propuesta que la Asamblea votará no es la misma que presentó el Comité por la Institucionalización. Las propuestas de reformas constitucionales sufrieron ajustes en la Comisión de Enmiendas, sobre todo, después del primer debate de la propuesta.

La iniciativa original buscaba la eliminación del CPCCS y la transformación de la Asamblea Nacional en un organismo bicameral. Pero los legisladores no estuvieron de acuerdo con la bicameralidad, por lo que este aspecto fue eliminado en el informe para segundo debate.

Este informe tiene 27 artículos, que deberán votarse uno por uno en la sesión del Pleno. El debate, sin embargo, puede extenderse por más de una sesión.

  • Las reformas constitucionales proponen una reducción del número de asambleístas. Actualmente, el Legislativo se compone por:

    • 15 asambleístas nacionales.
    • Dos asambleístas por cada provincia, y uno más por cada 200.000 habitantes o fracción que supere los 150.000, de acuerdo al último censo nacional de la población.
    • Dos asambleístas por cada circunscripción del exterior.

    La propuesta de reforma plantea que los asambleístas provinciales sean dos, y uno más por cada 300.000 habitantes o fracción que supere los 200.000.

    Con esas reglas, por ejemplo, la actual Asamblea no tendría 137 legisladores sino 108.

  • La reforma constitucional propone la eliminación de toda la sección segunda del capítulo quinto de la Constitución, que habla del CPCCS, sus funciones y atribuciones.

    La designación de las autoridades de control, hasta ahora en manos del Consejo, pasará a la Asamblea Nacional. Los detalles de cada designación se establecerán en la ley.

    Según la reforma, para cumplir con las funciones de designación, la Asamblea organizará comisiones ocasionales que estarán encargadas de llevar el proceso con base en impugnación y veeduría ciudadana.

    Cada Función del Estado o institución pública, según el caso, presentará los candidatos obtenidos por concurso de mérito, salvo los casos previstos en la Constitución.

    • El defensor público provendrá de una terna enviada por la Corte Nacional de Justicia.
    • El fiscal general, también de una terna de la Corte Nacional.
    • Los cinco miembros del Consejo de la Judicatura, de ternas enviadas por la Corte Nacional, la Defensoría Pública, la Fiscalía y el Ejecutivo.
    • El contralor, de ternas remitidas por el Ejecutivo, la Corte Nacional y la Función de Transparencia.
    • Los superintendentes, de ternas del Ejecutivo.
    • El defensor del Pueblo, de una terna enviada por la Función de Transparencia.
    • El procurador, de una terna remitida por el Ejecutivo.
    • Los miembros del Consejo Nacional Electoral se escogerán de entre 15 candidatos, enviados por las funciones Ejecutiva, Legislativa y de Transparencia (cinco cada una).
    • Los cinco jueces del Tribunal Contencioso, por concurso de méritos y oposición organizado por una comisión de seis miembros, integrada por dos delegados de las funciones Ejecutiva, Legislativa y de Transparencia.

  • Autonomía disciplinaria de Fiscalía y Defensoría Pública

    La reforma también plantea que la Fiscalía y la Defensoría Pública mantendrán autonomía del Consejo de la Judicatura "en lo concerniente al régimen disciplinario y a la planificación, gestión y selección del talento humano".

    Este cambio en la Constitución busca que la Judicatura no pueda interferir en los procesos de designación de personal, ni sancionar o amonestar fiscales y defensores públicos.

  • Censura en juicios políticos

    El informe sobre la reforma constitucional establece que las autoridades censuradas por juicio político no puedan reingresar al servicio público en un periodo de dos años, contados desde la fecha de su cesación.

  • Interpretación de la ley

    Las reformas plantean que la Asamblea pueda realizar interpretaciones de la ley. Para esto, "en caso de duda sobre el alcance de las leyes", la Asamblea podrá interpretarlas de un modo "generalmente obligatorio", siguiendo el trámite establecido para la expedición de las leyes (dos debates, aprobación con mayoría simple).

    Tendrán la iniciativa para la presentación de proyectos de  interpretación legal, las mismas personas u organismos que la tienen para la presentación de proyectos de ley.

Un calendario descuadrado

La Comisión de Enmiendas, encabezada por Elizabeth Cabezas (ex Alianza PAIS), tenía planeado que las reformas constitucionales sean aprobadas antes de la primera vuelta electoral, para la papeleta del referéndum pueda ser incluida en las votaciones. Sin embargo, aunque el informe fue aprobado a mediados de diciembre de 2020, no fue incluido en la agenda del Pleno hasta este marzo.

Según la misma Constitución, en el caso de que la reforma sea aprobada, el Consejo Nacional Electoral (CNE) debe convocar al referéndum dentro de los 45 días siguientes. Esto busca que los ciudadanos decidan si las reformas constitucionales pasan o no.

Si la reforma pasa el segundo debate en la Asamblea, el CNE aún podría incluir esta nueva papeleta en la segunda vuelta electoral, el próximo 11 de abril de 2021. Esto permitiría ahorrar recursos en la actual época de austeridad.

La consulta popular de 2018, por ejemplo, costó alrededor de USD 40 millones.


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