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Política

Nulidad del caso Singue abre la puerta para libertad de Jorge Glas

Un juez deberá decidir si el exvicepresidente, Jorge Glas, ya es candidato para la prelibertad. Dependerá de qué legislación se aplique.

Jorge Glas saluda con sus simpatizantes, en los exteriores de la Cárcel de Latacunga, el 10 de abril de 2022.

Jorge Glas saluda con sus simpatizantes, en los exteriores de la Cárcel de Latacunga, el 10 de abril de 2022.

Twitter / @BancadaUNESec

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

10 nov 2022 - 14:00

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Luego de que un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia declarase nulo todo lo actuado en el proceso judicial del caso Singue, la sentencia contra Jorge Glas y otras siete personas quedó insubsistente.

De esta manera, el exvicepresidente del correísmo queda únicamente con dos sentencias en firme:

  • Seis años de cárcel por asociación ilícita en el caso Odebrecht.
  • Ocho años de cárcel por cohecho en el caso Sobornos.

Las penas de Glas suman 14 años. Dependerá de un juez decidir cómo se computan y cuánto tiempo debe cumplir en prisión antes de acceder al beneficio de la prelibertad.

Paulina Araujo, abogada penalista, explica que en este caso hay dos lecturas:

Por un lado, se podría considerar que como Glas fue juzgado con base en el Código Penal derogado, en la ejecución y cómputo de las penas se debería aplicar la misma norma.

Según el código derogado, cuando una persona tiene más de una pena, actúa el principio de absorción. Es decir, la condena más larga absorbe a la más corta. En este caso, Glas solo debería cumplir los ocho años por el caso Sobornos.

La otra alternativa es que, como las sentencias se dieron cuando ya estaba en vigencia el Código Orgánico Integral Penal (COIP), para la ejecución debería aplicarse esta norma.

Según esta norma, las penas se acumulan hasta el doble de la pena mayor. Es decir, Glas debería cumplir los 14 años completos.

En este escenario, la defensa de Glas deberá plantear un recurso de unificación de penas y el juez que asuma la causa debe determinar el cómputo final.

En noviembre de 2021 y en enero de 2022, Glas ya interpuso ese recurso, pero en ambas ocasiones le fue negado porque estaba de por medio la sentencia del caso Singue. Ahora, sin ese proceso activo, el camino se abriría.

Glas está preso desde octubre de 2017. Entre abril y mayo de 2022, con base en un habeas corpus que luego fue anulado, estuvo 40 días en libertad.

Es decir, hasta el 10 de octubre de 2022 el exvicepresidente ya cumple 1.825 días preso.

  • Si se le aplica el Código Penal derogado, ya habría cumplido el 62% de la pena y estaría listo para salir en prelibertad.
  • Pero, si se le aplica el COIP, apenas tendría el 36% de la pena cumplida y todavía seguiría detenido.

¿Se apelará la nulidad?

En el fallo del Tribunal de Apelación de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) no se evaluó la sentencia de primera instancia que halló culpables a siete implicados en el caso Singue.

Los jueces declararon nula toda la investigación, la audiencia intermedia y el juicio.

Esto porque el caso se construyó con base en un informe de Contraloría, pero dos sentencias del Tribunal Contencioso Administrativo declararon inválido el informe por extemporáneo.

Juan Pablo Albán y Paúl Ocaña, abogados de los procesados, explican que esta decisión es definitiva porque la Corte Nacional emitió una resolución con la que se elimina la posibilidad de impugnar una declaración de nulidad en etapa de apelación.

Se trata de la resolución No. 14 del 2 de diciembre de 2022. Este documento dispone que "el auto de nulidad (...), dictado de oficio o a petición de parte por un Tribunal de Apelación o de Casación, no es susceptible de recurso de apelación".

A través de su cuenta de Twitter, la Fiscalía mostró su "profunda preocupación" por la declaración nulidad procesal con base en la invalidez del informe de Contraloría, ya que este era un indicio más.

La Fiscalía señaló que, al existir una prohibición expresa para apelar la nulidad, interpondrá un recurso horizontal, es decir, la aclaración y ampliación de la sentencia. Aunque este no cambia el fondo de la misma.

Un nuevo caso Singue

En su decisión, el Tribunal de Apelación de la CNJ dispuso anular todo el caso Singue desde la etapa de formulación de cargos.

La Fiscalía podría volver a formular cargos contra los procesados y empezar de cero la investigación. Desde 2019, por una sentencia de la Corte Constitucional (CC), ya no es necesario el informe de Contraloría para iniciar un caso penal.

El caso se centra en las supuestas irregularidades en la adjudicación del contrato para la extracción de petróleo en el campo Singue, durante el gobierno de Rafael Correa.

Según la Fiscalía, los 15 procesados cometieron peculado. El perjuicio se habría producido al fijar un precio de USD 33,5 por barril producido, que es inferior al valor de la oferta inicial.

Además, según la acusación, para llegar a esa tarifa no se tomó en cuenta el 100% de las reservas probadas de petróleo en Singue.

Estas son las personas que estuvieron procesadas y que pueden volver a ser investigadas:

También le puede interesar:

Fiscalía no puede apelar la nulidad del caso Singue a favor de Glas

En la Corte Nacional de Justicia, el Tribunal de Apelación del Caso Singue declaró la vulneración del debido proceso y anuló la sentencia.

  • #Caso Singue
  • #Jorge Glas
  • #Carlos Pareja Yannuzzelli
  • #prelibertad
  • #Wilson Pastor
  • #unificación de penas

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