En sus Marcas Listos Fuego
De avatares y otros demonios
PhD en Derecho Penal; máster en Creación Literaria; máster en Argumentación Jurídica. Abogado litigante, escritor y catedrático universitario.
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Creí que era broma. Y no pensé mal. Incluso creí que era una broma de buen gusto. Por eso me reí. Luego, asentada la carcajada, descubrí que era real. Se me cortó la risa.
Resulta ser que, al Consejo de la Judicatura, en una rush de creatividad, se le ocurrió la idea más brillante desde la invención de la rueda: permitir que los jueces, cuya seguridad corre peligro, realicen audiencias telemáticas reemplazando su imagen por la de un avatar.
Les prometo que no es broma. Ríanse todo lo que quieran, pero broma no es.
Y para deshilachar esta locura, voy a ir paso a paso, explicándoles por qué, desde la teoría y desde la práctica, incluso sería mejor idea (y hasta más chistoso) que, en las sesiones del pleno, los vocales del Consejo de la Judicatura reemplacen sus rostros por emojis.
Primero lo primero, Meche en algo tiene toda la razón, el avatar no equivale a instaurar jueces sin rostro. ¿Por qué? Porque los jueces sin rostro están prohibidos en nuestra legislación.
El juez sin rostro es aquel cuya identidad jurídica está reservada. No se sabe quién es. No se conocen ni sus nombres ni sus apellidos. Firma con un código. El procesado no conoce su identidad, no puede verificar su competencia, no puede revisar si concurre una causal de recusación, no puede evaluar su idoneidad y no puede exigirle responsabilidad administrativa alguna.
Eso fue lo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró violatorio del artículo 8.1 de la Convención Americana.
En Ecuador, como la ley y lo lógica mandan, desde el sorteo de la causa, las partes conocen nombres, apellidos, cargo y competencia del juez asignado. El juez dirige la audiencia. El juez firma. El juez responde disciplinariamente. La posibilidad de recusación está intacta. La identificación legal está intacta.
Con el avatar no hay anonimato del juzgador: hay ocultamiento de la apariencia física del juzgador. Lo que se reserva no es la identidad procesal, sino el dato biométrico. Son categorías jurídicas distintas, con bienes jurídicos distintos y con estándares interamericanos distintos.
El juez sin rostro era, por lo menos, coherente con su propio objetivo. Escondía el dato que sirve para ubicar a una persona: el nombre. Con el nombre se llega a la cédula, al domicilio, a la placa del carro, al colegio de los hijos, a las rutas habituales. El nombre es el vector.
El avatar hace exactamente lo contrario. Publica el nombre y esconde la cara. Es decir, le entrega al crimen organizado el único dato que le sirve y le niega el único que no le sirve para nada. Es una medida de seguridad diseñada al revés, con precisión quirúrgica.
¿Alguien en este país cree, en serio, que un sicario necesita ver la cara del juez en una videoaudiencia para encontrarlo?
Con el nombre y el apellido cualquiera con un celular llega a la fotografía en treinta segundos: la foto del concurso de méritos y oposición que publica la propia Judicatura, la de la posesión, la del carné institucional, la del grupo de la promoción, la de Facebook, la del cuadro en el pasillo del edificio judicial, etc.
El avatar sólo opera en audiencias telemáticas. La enorme mayoría de diligencias sigue siendo presencial, con el procesado, sus abogados y su gente a cinco metros del juez.
Ningún asesinato ha ocurrido en una audiencia. Tres jueces y doce fiscales asesinados entre 2020 y 2025, según el Observatorio de Derechos y Justicia. A ninguno lo mataron frente a una cámara. Los mataron en la calle, en el carro, en un restaurante. Un avatar no se interpone entre un juez y una moto con sicario a cuestas.
Después de Metástasis, después de haber visto a jueces coordinando resoluciones por WhatsApp con estructuras criminales, ¿de verdad vamos a fingir que el problema de seguridad del juez ecuatoriano es que se le ve la cara en una videollamada? Al juez lo ubican porque alguien de adentro vendió su dirección, su horario, su ruta y su agenda de audiencias. Contra eso, un avatar no hace absolutamente nada.
Un avatar cuesta poco, no obliga a nadie a pelear por presupuesto. Es política de comunicación disfrazada de política de seguridad.
Los jueces necesitan seguridad, no filtros de Instagram. ¿O cree el Consejo de la Judicatura que poniéndoles un poco de blush en las mejillas, pestañas más grandes, labios carnosos y orejas de perro, se habrán ahorrado eficazmente la custodia policial?
Y nada de esto es procesalmente gratuito. Viola la inmediación, viola la publicidad. Quieren que al juez nadie le vea la cara mientras a nosotros nos ven la cara…ya saben de qué.
¿Cómo se garantiza la seguridad a un juez? Con custodios operativos, vehículos blindados y rutas variables para jueces con causas de crimen organizado, con reserva de los datos personales y domiciliarios de jueces y fiscales en registros públicos, catastros, licencias, matriculación vehicular y bases del propio sistema judicial.
Un avatar no para una bala. Un avatar no acompaña a un juez al gimnasio. Un avatar no averigua quién vendió su dirección.
Sobre todo, un avatar no nos hace más inteligentes, sino reitera porque la justicia en el Ecuador es un emoji: esa carita amarilla que se deslíe.
Ecuador, tierra de Therians. No los compares, disfrútalos. Por los siglos de los siglos. Amén.