Madres de niños con autismo ya no pueden hacer de 'maestra sombra' de sus hijos, y tampoco tienen para pagar una
La nueva directriz del Ministerio de Educación limita el acompañamiento de las madres de niños con autismo dentro de las aulas, relegándolas a la categoría de "apoyo funcional" fuera del salón. La norma exige que las 'maestras sombra' dentro de clase sean profesionales especializadas, cuyo sueldo supera los USD 800 mensuales.

Archivo. Una profesional ayuda a una niña durante un proceso pedagógico en un aula en un establecimiento de Guayaquil.
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Ministerio de Educación
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Elena Sosa es madre de dos niños de 6 y 13 años, ambos con autismo grado 3 y que necesitan el acompañamiento de una 'maestra sombra' o docente de apoyo. Hasta ahora, ella hacía las veces de maestra sombra, para evitar gastos y acompañar a sus hijos en la escuela. Pero una nueva directriz del Ministerio de Educación le cierra la puerta y la confina ahora a la categoría de "apoyo funcional" fuera del aula.
Sosa ejemplifica la importancia de esta ayuda constante de sus hijos al recordar que el mayor, cuando tenía cinco años, se perdió luego de salir de una escuela y terminó en una comisaría. "Él depende totalmente de mí, no puede estar solo en la escuela. Me decían que me vaya y le deje en la escuela", recuerda que le informaban en un plantel particular ocho años atrás.
Sosa explica que si bien sus dos hijos necesitan de maestros sombra, sus ingresos económicos no le permiten contratar profesionales especializados, como plantean unas nuevas directrices del Ministerio de Educación. Por eso se había capacitado para ser ella misma la acompañante, pero ahora tendrá que dejar a sus hijos solos durante las clases.
"Ya no está dentro de mis posibilidades. Pagar a una maestra es seguro de USD 800 para arriba. Ya gasto mucho con la alimentación, los medicamentos, que son caros, el médico, el neurólogo, la pediatra, las terapias. No está en mi alcance pagarle a una maestra sombra", lamenta esta madre.

El hijo mayor de esta madre, que hasta hace poco iba a una institución fiscal, pasará a un plantel que imparte clases virtuales.
"La gente de la Unidad Distrital de Apoyo a la Inclusión (UDAI) me dijo que va a recibir clase virtual, con los grupos de terapia. Yo no sé si está bien o eso lo están haciendo como para quitárselo un poco de encima", cuenta Sosa.
Las madres podrán ser solo "apoyo funcional"
Para el caso del hijo de seis años de Sosa, desde este nuevo año escolar ella no podrá ingresar al aula y tendrá que esperar cerca del aula en caso de que la necesiten, por ejemplo, por si el menor necesita algún cambio de pañales. Es decir, su rol será solamente de "apoyo funcional".
Jessica Gómez, madre de otro niño con autismo, expone que por siete meses tuvieron una 'maestra sombra' a quien debían pagar la afiliación y los décimos. "Dejé de trabajar y comencé a realizar yo el acompañamiento de mi hijo", relata.
Desde hace un año y medio, Gómez entraba junto a su hijo al aula para ayudarle con las actividades escolares, pero, al igual que Sosa, a partir desde septiembre las directrices del Ministerio no le permitirán hacer eso.
"Estamos en la categoría de acompañantes funcionales, que es solamente para actividades fuera del salón, como cambiarse, ayudarle a vestirse, ir al baño, pero no dentro del salón", dice Gómez.
Pero para hacer este papel, tanto Sosa como Gómez han tenido que inscribirse en cursos de primeros auxilios para recibir un certificado avalando esta formación. Este es uno de los requisitos del Ministerio para que los familiares puedan ayudar a sus hijos en las escuelas.
El costo de los cursos de primeros auxilios en instituciones como la Cruz Ruja oscilan los USD 50, aunque en el caso de Gómez pudo recibir uno de manera gratuita por medio de la Fundación Autismo Visible.

Diferentes roles para las madres
En las nuevas directrices del Ministerio de Educación que regulan el ingreso y accionar de los llamados 'maestros sombra', esta figura se subdivide en tres casos: docente de apoyo externo, acompañante terapéutico externo y persona de cuidado o apoyo funcional.
En los primeros dos casos, deben ser profesionales en educación, psicopedagogía, psicología, terapia del lenguaje, neuropsicólogos entre otras profesiones especializadas afines.
El último caso abarca a auxiliares de enfermería, cuidadores certificados, técnicos en atención a personas con discapacidad, así como a familiares o cuidadores que estén "debidamente capacitados en el cuidado que requiere el estudiante"
Las personas de cuidado no podrán intervenir en procesos pedagógicos, evaluativos o disciplinarios, tampoco podrán tomar decisiones médicas, educativas o institucionales y no estarán autorizadas a "permanecer en la institución educativa con fines distintos al apoyo funcional estrictamente necesario".
No obstante, en la página web del Ministerio donde se abordan estas directrices la cartera de Estado expone que los perfiles profesionales sugeridos "orientan, no imponen" y que son "ejemplos de formación pertinente".

Colegios están facultados para pedir varios documentos
Los cambios dispuestos por el Ministerio también afectan a quienes mantendrán a sus hijos con maestros sombra, que ahora entrarán bajo la figura de "docente de acompañamiento externo".
Una madre de un niño de cinco años con autismo, quien prefirió no dar su identidad por temor a ser discriminada, cuenta que en el colegio de su hijo le han pedido un oficio en el que explique por qué el menor necesita el acompañamiento. "Me pidieron también el currículum de la profe y el título de la profesora. El año anterior no me solicitaron nada en otra institución", comenta.
Esta madre incluso cuenta que en grupos de padres han denunciado que en algunos colegios piden firmar acuerdos o compromisos en los que se ponen una serie de requisitos que, si no se cumplen, significarían la liberación del cupo del niño con autismo el próximo año.
El Ministerio de Educación expone en su página web que "ningún requisito administrativo puede utilizarse para impedir el acceso, permanencia, participación o culminación educativa".
Entre los documentos que el Ministerio determina como indispensables para validar a un profesional externo en los colegios está el título o acreditación, certificado de no tener antecedentes penales e informes médicos o psicoeducativos que reflejen la necesidad del estudiante.
Sin embargo, las directrices también exponen que las instituciones también podrán solicitar cualquier otra documentación que el plantel "considere pertinente".
Cynthia Andino, abogada y presidenta de la Fundación Aleluya, organización que brinda ayuda a padres con niños autistas, revela que al menos una madre les ha informado que en el plantel de su hijo le han pedido una declaración juramentada para que un profesional acompañe el niño en el aula.

Andino apunta a que el artículo 28 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural dispone que el Sistema Nacional de Educación (SNE) debe implementar "estrategias para la atención educativa con enfoque inclusivo y apoyos educativos como recursos personales, tecnológicos, pedagógicos, innovadores e inclusivos".
El artículo 29 también añade que el SNE "garantizará la provisión de los servicios públicos, recursos y apoyos educativos especializados".
El Ministerio señala en sus directrices que "contar con la presencia de un profesional externo no constituirá un requisito obligatorio para el acceso, permanencia, promoción o culminación del estudiante dentro del Sistema Nacional de Educación", pero Gómez cuestiona esta aclaración
"No es decisión de nosotros como familia. El acompañamiento va porque un profesional de la salud dice que el niño lo necesita. Tenemos que buscar la manera en que nuestros hijos se puedan educar de manera óptima. He visto casos de otros niños con autismo que van sin acompañamiento y no aprenden como los demás", dice esta madre.
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