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Política

Asamblea debate reformas al Código de la Niñez: licencias de maternidad y boletas de apremio en la agenda

La reforma fue elaborada por la Comisión de la Niñez que está dominada por la Revolución Ciudadana. Se establecen nuevas normas y parámetros para enfrentar la violencia digital.

La Asamblea Nacional se alista para debatir el 4 de agosto de 2026 un paquete de reformas sobre niñez y adolescencia.

La Asamblea Nacional se alista para debatir el 4 de agosto de 2026 un paquete de reformas sobre niñez y adolescencia.

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PRIMICIAS.

Autor:

Roberto Rueda

Actualizada:

03 ago 2026 - 18:00

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El Pleno de la Asamblea Nacional fue convocado para debatir el 4 de agosto una serie de reformas al Código de la Niñez, pero también a otros cuerpos legales que abordan temas de la infancia y adolescencia.

Una propuesta de ampliación de la licencia de maternidad y paternidad, la imprescriptibilidad de las boletas de apremio y más normas para evitar el ciberacoso son, entre otros, los temas que llaman la atención del proyecto.

El documento para segundo debate fue elaborado por la Comisión Especializada Permanente de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes  que esta integrada, en su totalidad, por asambleístas de Revolución Ciudadana (RC).

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La reforma también incluye cambios con relación a los derechos de los menores de edad que han sido adoptados o aquellos que han nacido por reproducción humana asistida, temas que han generado un intenso debate en la Asamblea en las últimas semanas.

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    Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

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    La reforma se centra en el Código de la Niñez que fue elaborado hace más de 20 años por lo que, muchos de sus artículos, especialmente en el tema de derechos y prohibiciones, no están actualizados.

    En el proyecto que debate el 4 de agosto la Asamblea queda expresamente "prohibido cualquier procedimiento médico, farmacológico o quirúrgico que tenga como propósito modificar el sexo biológico de niños, niñas y adolescentes".

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    Se incluye un capítulo completo sobre los Derechos de la Primera Infancia, que va desde el nacimiento a los cinco años, y que en la normativa actual no se establecen con claridad.

    Establece que la educación inicial es un derecho y constituye un proceso educativo y pedagógico intencional, permanente y estructurado. su reglamentación, estarán a cargo del órgano rector de la política de educación y se hará de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo, dice la propuesta.

    Se promueve el respeto a las opiniones y sentimientos de los niños en primera infancia, a través de la escucha activa, práctica que, según la reforma, deberá ser promovida por el Estado, la sociedad y las familias.

    Es así que, de no haber un acuerdo sobre la patria potestad de un menor de edad, la normativa incluye la posibilidad de que la niña, niño o adolescente sea escuchado teniendo en cuenta sus niveles de autonomía, grado de desarrollo y edad.

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    Dentro de las prohibiciones del derecho a la información se incluye el ciberbullying, el acoso y el abuso sexual en línea, la explotación sexual o laboral por medio de la captación o grooming, la trata y tráfico; y, la pornografía dirigida a niños, niñas y adolescentes.

    Así como que el Estado y la sociedad, en su conjunto, deberán garantizar y asistir a los menores de edad ante casos de violencia temática.

    La propuesta que se debate en la Asamblea el 4 de agosto de 2026 propone un capítulo completo sobre Primera Infancia.
    La propuesta que se debate en la Asamblea el 4 de agosto de 2026 propone un capítulo completo sobre Primera Infancia.PRIMICIAS.
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    Reformas a otras leyes

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    Pero el informe para segundo debate elaborado por la comisión correísta no se limita a hacer cambios al Código de la Niñez. También modifica otros cuerpos legales como el Código Orgánico General de Procesos; el Código de Trabajo; y la Ley Orgánica de Servicio Público.

    Estos cambios han sido incluidos en las disposiciones reformatorias de la propuesta que será debatida el 4 de agosto:

    1. Boletas de apremio

      • El Código General de Procesos vigente dice que la orden de apremio cesarán cuando transcurran 30 desde la fecha en que se emitió la providencia y no se haya hecho efectiva.
      • La propuesta dice que "el transcurso del tiempo desde la emisión de la boleta de apremio personal no extinguirá su vigencia ni producirá su prescripción. En caso de que no se haya hecho efectiva, la boleta de apremio se mantendrá vigente, sin necesidad de nueva solicitud por parte de la persona interesada, hasta que se dé cumplimiento a la obligación impuesta o se haga efectiva la medida"
    2. Licencias por maternidad y paternidad

      • El Código de Trabajo vigente dice que toda mujer trabajadora tiene derecho a una licencia con remuneración de 12 semanas por el nacimiento de su hija o hijo.
      • La reforma amplía el tiempo de la licencia a 24 semanas "con remuneración completa". Se mantiene la extensión de 10 días si se trata de embarazo múltiple.
      • El padre tiene derecho a licencia con remuneración por treinta 30 días cuando el nacimiento sea por parto normal; en los casos de nacimientos múltiples o por cesárea se prolongará por cinco días más. En la actualidad son 10 días por parte normal y 15 días en casos excepcionales. 
    3. Servidoras públicas

      • De igual forma, el proyecto propone la ampliación de la licencia de maternidad para funcionarias públicas de 12 a 24 semanas, con la posibilidad de ampliación de 10 días si se trata de nacimientos múltiples.
      • En el caso de los varones que trabajan en el sector público, la licencia de extendería de 10 días actuales a cuatro semana si es parto normal y cinco días más por situaciones excepcionales.
  • #Asamblea Nacional
  • #leyes
  • #Código de la Niñez
  • #reformas legales
  • #correísmo
  • #Revolución Ciudadana
  • #movimiento ADN

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