Civiles que se involucren en el conflicto armado interno podrán ser indultados, según nuevo decreto presidencial
El decreto, emitido por el presidente de Ecuador Daniel Noboa, no profundiza en las condiciones en las que los civiles se podrían involucrar en el conflicto armado interno.

Integrantes de las Fuerzas Armadas en una acción de control en Guayas el 17 de junio de 2026.
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Fuerzas Armadas.
Autor:
Redacción Primicias
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Los civiles que colaboren con el Estado ecuatoriano durante el conflicto armado interno -reconocido nuevamente el 18 de junio de 2026 por el presidente Daniel Noboa- podrán acceder a indultos y reducción de penas de prisión, según un decreto emitido este jueves.
Es decir, el beneficio no solo se centrará en los policías y militares que son parte de las fuerzas del orden reconocidas por la Constitución de Ecuador, sino que se extenderá a personal no uniformado que se involucre en el combate al crimen organizado.
La Constitución de la República ya reconoce en el artículo 147, numeral 18, la atribución del Presidente de "indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley".
Y en la primera disposición del nuevo decreto 424, Noboa invoca este articulado para anunciar que el Gobierno "concederá indultos, rebajará o conmutará penas" a favor de civiles, y no solo de policías o militares.
Noboa además exhorta a la Asamblea Nacional y los asambleístas que aplique el numeral 13 de artículo 20 de la Constitución para que otorgue amnistías a favor de policías, militares y "los civiles que hubieran actuado en defensa del Estado".
La Función Legislativa sí puede conceder amnistías "por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes. No se concederán por delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia", dice la Constitución.
El decreto emitido por el presidente Noboa este 18 de junio no profundiza en las condiciones en las que los civiles podrían vincularse con el conflicto armado interno, o en operaciones contra las bandas que operan en Ecuador.
Aunque el documento emitido este jueves sostiene en sus considerandos que la "actuación sostenida de todas las estructuras" o bandas ligadas con el crimen organizado son una amenaza integral para el Estado, el orden público y la paz social, y esto "obliga al Estado ecuatoriano (...) a adoptar las medidas necesarias para neutralizar dichas amenazas".
Durante su gobierno, Noboa ha decretado una serie de estados de excepción para combatir la inseguridad. El más reciente se activó esta semana, por 60 días, en 10 provincias y tres municipios.
Ecuador registró en 2025 un récord de más de 9.200 asesinatos, lo que equivale a una tasa de más de 50 homicidios por cada 100.000 habitantes, uno de los índices más altos de Latinoamérica.

Indultos y amnistías
Pero, ¿qué es un indulto? Los indultos pueden concederse a personas que han sido condenadas por un delito, y son una atribución del poder ejecutivo. Según organismos internacionales, como la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) cuando se usan con criterio, pueden constituir un componente importante y legítimo de los sistemas jurídicos de todo el mundo.
El indulto es una especie de perdón concedido por un presidente o primer ministro, que revoca la pena de una persona y le restituye sus derechos civiles, sin anular la condena.
Mientras que la amnistía es un acto legislativo o ejecutivo por el cual se bloquea la investigación o el proceso penal de una persona.
Pero la misma CIDH ha llamado a los Estados a no ofrecer indultos en un contexto de conflicto armado interno, porque podrían disuadir a otras personas de denunciar graves violaciones a los derechos humanos y crímenes internacionales.
"En ese sentido, instan a los Estados a no otorgar perdones, indultos humanitarios o beneficios indebidos a los autores materiales e intelectuales de estos tipos de delitos", señalaron expertos de la CIDH en 2024.
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