Apoyo de militares a policías para enfrentar la inseguridad se debe decidir en cinco días, según ley aprobada por la Asamblea
El apoyo complementario de las Fuerzas Armadas será de 180 días, con la posibilidad de una prórroga de 30 días adicionales. Los militares también podrán intervenir en crisis carcelarias si existe una solicitud policial.

Policías y militares en una operación conjunta del Bloque de Seguridad en Balzar (Guayas) el 22 de agosto de 2026.
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Fuerzas Armadas.
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Con una demora de más de 600 días, la Asamblea Nacional aprobó el 25 de agosto de 2026 la normativa para Regular al Apoyo Complementario y Subsidiario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional para enfrentar la inseguridad.
La reforma parcial al artículo 158 de la Constitución para hacer viable esa ayuda fue aprobada en consulta popular en abril de 2024. El Legislativo tenía 200 días para aprobar la ley, pero se tomó más tiempo.
El proyecto fue aprobado con los votos de 83 asambleístas de Acción Democrática Nacional (ADN), el Partido Social Cristiano (PSC) y los independientes que votan con el Ejecutivo. Revolución Ciudadana (RC) y Pachakutik se opusieron.
La presidenta de la Comisión de Seguridad, Inés Alarcón, defendió la propuesta y aseguró que el texto garantiza el respeto a los derechos humanos, no implica la suspensión de derechos ni altera las funciones de Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
Recordó que el anexo de la pregunta aprobada en abril de 2024 delimita el apoyo de los militares en materia de seguridad a delitos como narcotráfico, terrorismo, minería ilegal, trata de personas o extorsión, únicamente cuando las capacidades de los policías estén desbordadas.
Críticas a la propuesta
El correísmo reconoció que este apoyo complementario de Fuerzas Armadas era necesario en el momento de inseguridad que vive el país, además que fue aprobado por siete de cada 10 ecuatorianos en las urnas.
Sin embargo, la asambleísta Paola Cabezas aseguró que muchos textos que era parte del informe de primer debate desaparecieron en el proyecto final, eliminando temas fundamentales como la fiscalización y el control a posibles excesos en el uso de la fuerza.
Cabezas considera que no hay reglas claras sobre el uso progresivo de la fuerza; se eliminan controles constitucionales; se amplía el espectro de la reserva de información de las operaciones militares y hasta se habría retirado garantías al derecho a la protesta pacífica.

El legislador socialcristiano Alfredo Serrano coincidió en que existían notables diferencias entre los dos documentos e hizo notar, por ejemplo, que se eliminó la obligación del presidente de la República para presentar un informe a la Asamblea y Corte Constitucional para que existan procesos de control.
También se habría omitido las responsabilidades administrativas, civiles y penales que tiene los funcionarios que se exceden en sus atribuciones y los mecanismo de denuncia ante la Defensoría del Pueblo o el Ministerio de Defensa.
Sin embargo, Serrano consideró que el 95% del proyecto era positivo y que lo demás estaría sujeto a ajustes en el futuro, por lo que el PSC apoyó la propuesta votada el 25 de agosto.
¿Qué contiene la ley?
El proyecto que fue presentado por Inés Alarcón en julio de 2025 contiene 20 artículos; dos disposiciones transitorias; tres reformatorias e igual número de transitorias. Los artículos destacados son:
Procedimiento y plazos
- La solicitud de apoyo será presentada de manera motivada y documentada por el Comandante General de la Policía Nacional al presidente de la República.
- El mandatario requerirá al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas un informe sobre la necesidad, pertinencia y ámbito de actuación en el marco del apoyo. El documento estará listo en 48 horas.
- En 24 horas el presidente convocará a una reunión del Consejo de Seguridad Pública y del Estado para elaborar y aprobar un informe definitivo sobre la necesidad de apoyo complementario.
- El presidente de la República tendrá hasta 48 horas para emitir el decreto que permita la ejecución de la cooperación.
- Una vez emitido el decreto, el Ejecutivo tendrá 24 horas para notificar a la Asamblea Nacional y la Corte Constitucional para que, en el ámbito de sus competencias, efectúen el control posterior correspondiente.
- El apoyo de Fuerzas Armadas a la Policía no excederá los 180 días, con la posibilidad de una prórroga de 30 días.
Intervención en cárceles
- Fuerzas Armadas prestarán apoyo complementario a la Policía cuando se produzca una grave conmoción interna en uno o varios centros de privación de libertad.
- El Comandante de Policía podrá solicitar información a las entidades del Sistema Nacional de Inteligencia y al Organismo Técnico del Sistema Nacional de Rehabilitación Social para fundamentar su solicitud de apoyo
- Tendrá por objeto el restablecimiento de las condiciones de seguridad para proteger la integridad de los presos, del personal penitenciario y de terceros que se encuentren en las instalaciones.
- El apoyo no interferirá en las competencias y atribuciones de los órganos encargados del sistema de rehabilitación social.
Además, la propuesta aprobada por la Asamblea el 25 de agosto establece parámetros para la coordinación en acciones y operaciones que ejecuten policías y militares.
Procesos de formación, capacitación y actualización para el personal policial y militar en materia de derechos humanos y uso legítimo de la fuerza.
Se deberá promover mecanismos de intercambio de lecciones aprendidas y buenas practicas orientadas al fortalecimiento de las capacidades institucionales para la ejecución de operaciones de apoyo complementario y subsidiario.
El proyecto aprobado será enviado a la Función Ejecutiva para que sea revisado por el presidente Daniel Noboa, quien podrá vetarlo o disponer su publicación en el Registro Oficial.
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