Viernes, 17 de mayo de 2024
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Jueces con fallos sospechosos pueden ser procesados por prevaricato

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

9 Jun 2023 - 18:06

A través de un dictamen, la Corte Constitucional aclaró una sentencia pasada sobre el procesamiento de jueces que conocen acciones constitucionales.

Instalaciones de la Corte Constitucional, en Quito.

Autor: Mario Alexis González

Actualizada:

9 Jun 2023 - 18:06

Instalaciones de la Corte Constitucional, en Quito, el 17 de mayo de 2023. - Foto: PRIMICIAS

A través de un dictamen, la Corte Constitucional aclaró una sentencia pasada sobre el procesamiento de jueces que conocen acciones constitucionales.

Decenas de fallos polémicos en acciones constitucionales han puesto los ojos sobre los jueces y el sistema judicial. Por eso, Ecuador atraviesa una crisis en la justicia desde hace meses.

Dentro de las acciones constitucionales están los habeas corpus, las medidas cautelares y las acciones de protección. Según el Consejo de la Judicatura, entre 2018 y 2020, estos casos se incrementaron en 211%.

Estas figuras, incluidas en la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (Logjcc), sirven para hacer respetar los derechos de los ciudadanos establecidos en la Constitución, en las leyes y en instrumentos internacionales.

A pesar a las sospechas sobre aquellos fallos que liberaron delincuentes, la justicia no ha podido actuar en contra de los jueces que los dictaron.

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que todos los jueces que prevariquen son susceptibles de procesos penales. En 2018, la Corte Constitucional (CC) dictó una sentencia que establecía que esta regla tiene como excepción a los jueces que actúan en acciones constitucionales.

Finalmente, el 7 de junio de 2023, la CC emitió un nuevo dictamen, aclarando el fallo de 2018. El organismo detalló que los jueces sí pueden ser imputados cuando procedan contra ley expresa, en medio de una acción constitucional.

Ximena Ron, abogada constitucionalista, explicó que el primer fallo de la Corte, dictado en 2018, se interpretó erradamente. Por eso, "siempre fue viable que un juez constitucional incurra en prevaricato".

De la sentencia a la práctica

La distinción que hace la nueva sentencia de la Corte Constitucional se basa en las tres causales, establecidas por el COIP, para que se configure un prevaricato.

Estas son:

  • Cuando fallen contra ley expresa, en perjuicio de una de las partes.
  • Si proceden contra ley expresa, haciendo lo que se prohíbe o dejando de hacer lo que se manda, en la sustanciación de las causas.
  • Cuando conozcan causas en las que patrocinaron a una de las partes como abogados o procuradores.

El abogado Pablo Encalada explica que la confusión estaba entre las dos primeras causas. Y ahora, la CC ha aclarado que es factible un proceso por prevaricato solo en la segunda, es decir, cuando un juez procede contra ley expresa.

En el primer caso, explica Encalada, fallar contra ley expresa se refiere a cuando un juez dicta una sentencia que es contraria a una ley.

Sin embargo, en estos casos, los jueces no prevarican, ya que a partir de la Constitución de 2008, los jueces que actúan en materia constitucional pueden crear Derecho.

Esto significa que, si para precautelar los derechos de una víctima tienen que ponderar una ley encima de otra, están facultados para hacerlo sin sufrir repercusiones penales.

En el segundo caso, agrega Encalada, la Corte ha aclarado que el prevaricato sí aplica a los jueces que proceden contra ley expresa. Es decir, aquellos magistrados que, por ejemplo, conocen acciones fuera de su territorio o que confunden materias.

El abogado ejemplifica cuando un juez libera, a través de una medida cautelar, a un sentenciado, cuando la única manera de obtener esa liberación es presentando un recurso de revisión ante la Corte Nacional.

Jueces aún pueden ser procesados

Paulina Araujo, abogada penalista, recordó que debido a que el prevaricato es una acción penal que no ha prescrito, los jueces que han procedido contra ley expresa en los últimos meses aún pueden ser procesados.

Encalada agrega que, para esto, la Fiscalía podría actuar de oficio o cualquier ciudadano podría presentar una denuncia.

Estos son algunos de los fallos polémicos:

  • Las tres libertades de Glas
    Jorge Glas durante la declaratoria de estado de excepción por el terremoto de 2016.

    Jorge Glas durante la declaratoria de estado de excepción por el terremoto de 2016. Flickr Vicepresidencia.

    En 2022, Jorge Glas recibió tres veces órdenes de libertad, pese a tener en su contra dos sentencias por corrupción y no haber cancelado más de USD 8 millones que le debe al Estado como reparación integral.

    • El 10 de abril de 2022, Glas salió de la Cárcel de Latacunga gracias a un habeas corpus concedido por Diego Moscoso, juez de primer nivel de la parroquia rural de Manglaralto, en Santa Elena. El Gobierno pidió la nulidad de ese fallo y el 20 de mayo de 2022,  el exvicepresidente volvió a la Cárcel 4 de Quito.
    • Cuatro meses después, el 5 de agosto de 2022, el juez Banny Molina de Portoviejo dispuso la liberación inmediata de Jorge Glas por otro habeas corpus. El Gobierno se negó a cumplir con la liberación y, el 26 de agosto, la Corte de Manabí revocó ese fallo.
    • El 28 de noviembre de 2022, el juez Emerson Curipallo de Santo Domingo dictó medidas cautelares a favor de Glas, por una supuesta violación al derecho a la seguridad jurídica. Desde esa fecha, Glas está libre.

  • Carlos Párraga, representante de la empresa Lionff Realty INC, interpuso una acción de protección en contra de la incautación de dos bienes inmuebles relacionados con el narcotraficante Leandro Norero.

    Las propiedades se encontraban en La Rivera del Batán, un sector residencial en la zona exclusiva de Samborondón (Guayas).

    Estos bienes fueron incautados el 25 de mayo de 2022, durante la detención del 'Patrón', Norero. Según la información de la Policía, Norero era un 'narco invisible', que se encargaba de lavar el dinero producto del narcotráfico y financiar a bandas criminales.

    En la acción de protección, el 19 de junio de 2022, el juez Ángel Lindao Vera, con sede en La Concordia, determinó que Inmobiliar vulneró el derecho a la propiedad de Lionff Realty INC, ya que esos bienes pertenecían a la empresa y no a Norero.

    El 15 de agosto de 2022, la Corte de Santo Domingo aceptó la apelación de Inmobiliar y declaró nula la actuación del juez Vera.

  • La segunda fue la vencida para Daniel Salcedo
    Daniel Salcedo regresó a la cárcel de El Inca tras superar un problema médico, este 12 de septiembre de 2020.

    Daniel Salcedo regresó a la cárcel de El Inca tras superar un problema médico, este 12 de septiembre de 2020. Cortesía SNAI

    Otro caso que ha tenido decisiones polémicas es el de Daniel Salcedo. El hombre es acusado de encabezar una estructura criminal que afectó a los servicios de salud pública. Incluso, en su contra se dictaron ya tres sentencias, una de estas es por peculado.

    El 5 de agosto de 2022, el juez Banny Molina ordenó la libertad de Salcedo. El procesado también se benefició de un habeas corpus concedido a un tercero y que Molina extendió a su favor y al de Glas.

    Luego, el 9 de diciembre de 2022, el juez Simón García de Paján en Manabí volvió a disponer su liberación. Ese magistrado consideró que al no tener ninguna sentencia ejecutoriada, las prisiones preventivas de Salcedo caducaron.

    Esta vez, el Gobierno acogió la orden del juez, aunque adelantó que apelaría el fallo.

  • Fiebre de habeas corpus en Azuay

    Entre el 9 de abril y 5 de mayo de 2022, tres jueces de Azuay autorizaron 124 traslados de la cárcel de Turi hacia Santo Domingo.  Y un solo juez aprobó 57 traspasos.

    Los traslados se concedieron a través de 33 recursos de habeas corpus, puesto que varios pedidos fueron colectivos.

    El 9 de mayo de 2022, en la Cárcel de Santo Domingo fueron asesinados 44 presos. Un mes antes, otros 20 presos fueron asesinados en la cárcel de Turi, en Cuenca.

    Entre las masacres, la justicia autorizó el traslado de 124 detenidos entre las dos prisiones.

  • Los traslados de los cabecillas
    Traslado de alias 'Anchundia' desde Santo Domingo hacia La Roca, el 18 de noviembre de 2022.

    Traslado de alias 'Anchundia' desde Santo Domingo hacia La Roca, el 18 de noviembre de 2022. Policía Nacional

    El 3 de abril de 2022, en la Cárcel de Tur en Cuenca asesinaron a 20 presos. Según la tesis oficial, la masacre respondió a una pugna entre Los R7, de alias 'Anchundia', y Los Lobos, de alias 'Ariel'.

    Luego de la matanza, ambos cabecillas fueron trasladados a la Cárcel de Máxima Seguridad La Roca, en Guayas.

    Ambos solicitaron medidas cautelares y dos jueces los trasladaron a Santo Domingo y Latacunga, respectivamente.

    El 9 de mayo de 2022, las autoridades sospechan que 'Ariel' mandó a matar a Anchundia, en Santo Domingo. Esa nueva gresca provocó la muerte de 44 internos. Nuevamente, en ese momento, el cabecilla de los R7 fue enviado a La Roca.

    Pero, el 2 de noviembre de 2022, un juez de La Concordia concedió la medida a favor de alias 'Anchundia' y ordenó su traslado hacia la Cárcel Bellavista, en Santo Domingo.

    Seis días después, el Gobierno consiguió que se anulara esa medida cautelar y, otra vez, 'Anchundia' volvió a La Roca.