Caso Triple A: Juez niega pericia médica a Aquiles Alvarez
El alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, había realizado dos insistencias para que se ordene un peritaje médico que certifique su impedimento para utilizar el grillete electrónico debido a una enfermedad cardíaca.

El alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez (centro), junto al asambleísta electo de la RC, Raúl Chávez, y la candidata presidencial Luisa González, en octubre de 2024.
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Red social X Raúl Chávez
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Un juez negó este 6 de mayo de 2025 la realización de una pericia médica que por dos ocasiones había solicitado el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, con el propósito de evitar la colocación del grillete electrónico, dentro del caso Triple A, por supuesta comercialización ilegal de combustible.
En un primer escrito, el alcalde había pedido el 21 de abril que el juez Renán Andrade, quien sustenta el proceso judicial, disponga mediante un peritaje médico la confirmación de lo que había señalado en un certificado el cardiólogo Alfonso Zambrano.
El especialista le atribuía al alcalde "un cuadro clínico de hipertensión arterial sintomática y taquicardia paroxística con antecedentes cardiológicos de miocardiopatía hipertrófica originada por una obesidad en paciente con cirugía metabólica”.
En un segundo escrito, el 30 de abril, Aquiles Alvarez realizó una insistencia a su pedido de peritaje médico. “Por segunda ocasión, reitero mi solicitud expresa para que se ordene la intervención de un perito médico que corrobore la veracidad de los hechos expuestos”, recalcó el alcalde.
Alvarez solicitó que dentro del peritaje se le realicen exámenes médicos como electrocardiograma y test cardiológicos “a fin de demostrar la imposibilidad y/o incompatibilidad para el uso del dispositivo de vigilancia electrónico, el cual atentaría contra mi salud”.
El mismo 30 de abril, el alcalde solicitó al juez exámenes adicionales como “el monitoreo mediante Holter de ritmo cardíaco, dispositivo médico portátil especializado que registra ininterrumpidamente la actividad eléctrica del corazón durante un periodo prolongado”.
Dicho instrumento -señaló el funcionario- “resulta imprescindible dentro del protocolo de evaluación cardiológica, toda vez que permite la detección y documentación precisa de posibles alteraciones del ritmo cardíaco que puedan requerir atención médica inmediata”.
“En ningún momento existe el ánimo de incumplimiento respecto a las medidas cautelares impuestas por vuestra autoridad, por el contrario, se demuestra objetivamente que el uso del dispositivo electrónico constituiría un riesgo significativo para mi integridad física y estado de salud".
Aquiles Alvarez, alcalde
En su respuesta, el juez Renán Andrade contestó negativamente el pedido del alcalde, al considerar que pronunciarse “sobre un posible elemento de convicción, implicaría emitir una opinión sobre el fondo del proceso, lo que vulneraría el principio de imparcialidad”.
“En consecuencia, se niega lo solicitado, sin perjuicio de que dicha pericia sea requerida ante la Fiscalía, en el marco de sus competencias legales”, señaló en su dictamen el juez Andrade y recalcó que pronunciarse sobre el pedido del alcalde “podría constituir causal suficiente para que en el futuro se alegue que ha manifestado una opinión anticipada”.
El juez Andrade además ratificó en su providencia que la fecha para la revisión de las medidas cautelares dictadas contra el alcalde será el martes 27 de mayo de 2025 de manera presencial en Quito.
El alcalde de Guayaquil, así como la Fiscalía y otros actores del proceso judicial, entre ellos Petroecuador y la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH) habían solicitado que se adelante la fecha de esta diligencia.
En la audiencia, Alvarez pedirá que se le exonere del uso del grillete, mientras que Fiscalía, Petroecuador y ARCH plantearán la medida de prisión preventiva debido al incumplimiento del uso del dispositivo electrónico.
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