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Política

Corte Constitucional dispone crear una comisión interinstitucional para enfrentar la inseguridad en Ecuador

En su dictamen, la Corte excluye al cantón La Troncal y a las cárceles del estado de excepción. A su vez, dispone crear Comisión Interinstitucional. Hubo división entre jueces del organismo. Revise el documento.

militar estado excepción

Vigilancia militar en la cárcel de Bolívar, el 28 de febrero de 2025.

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Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

28 feb 2025 - 22:06

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La Corte Constitucional dispuso crear una comisión interinstitucional a fin de implementar herramientas para enfrentar la inseguridad en Ecuador, al tiempo de validar el nuevo decreto de estado de excepción del presidente Daniel Noboa. La notificación tuvo lugar este viernes, 28 de febrero de 2025.

El organismo, con seis votos a favor y tres en contra, aprobó su dictamen sobre el Decreto Ejecutivo 493, a través del cual Noboa el 2 de enero declaró estado de excepción por 60 días en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, Sucumbíos, el Distrito Metropolitano de Quito, y los cantones de La Troncal, en Cañar, y Camilo Ponce Enríquez, en Azuay, y las cárceles del país.

En la resolución, ordena la conformación de una Comisión Interinstitucional de coordinación, planificación e implementación de medidas estructurales contra la violencia y crimen organizado.

  • Así funciona el toque de queda en Ecuador, tras decreto del primer estado de excepción de 2025

Para eso, da un término improrrogable de 20 días a la Presidencia de la República, Asamblea Nacional, Consejo de la Judicatura, Defensoría del Pueblo, SNAI, Fuerzas Armadas, Policía Nacional y el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos.

Tras el análisis, la Corte dictaminó la constitucionalidad del decreto en cuanto a la causal de grave conmoción interna, con excepción del cantón La Troncal y los centros penitenciarios, en cuyo caso anuló esta medida por falta de fundamentos y justificaciones .

Asimismo, el organismo declaró inconstitucional la causal de conflicto armado interno, ya que -aduce- no se cumplieron los requisitos de organización e intensidad para calificarlo como tal.

En cuanto a las medidas adoptadas, la Corte ratificó la suspensión de los derechos a la inviolabilidad del domicilio (limitada a los allanamientos) y de la correspondencia, así como la suspensión focalizada del derecho a la libertad de tránsito.

Asimismo, exhorta a la Fiscalía General del Estado y demás autoridades competentes para que, con la debida diligencia, imparcialidad y celeridad, investiguen en profundidad y determinen responsabilidades y sancionen todas las denuncias relacionadas con actos contra la vida e integridad de las personas durante la vigencia de estados de excepción.

A continuación puede revisar el documento completo: 

El dictamen fue aprobado por el Pleno de la Corte Constitucional el 21 de febrero. Se registraron seis votos a favor de los jueces Karla Andrade Quevedo, Alejandra Cárdenas Reyes, Jhoel Escudero Soliz, Alí Lozada Prado, Richard Ortiz Ortiz y Daniela Salazar Marín.

Los jueces Carmen Corral Ponce, Enrique Herrería Bonnet y Teresa Nuques Martínez votaron en contra, en desacuerdo con la orden de crear una nueva comisión. 

  • Capturan a dos narcos en Sucumbíos, que fungían como los sucesores de alias 'Gerald' en Ecuador
  • #Corte Constitucional
  • #Decreto de Estado de Excepción
  • #Ecuador
  • #Inseguridad
  • #cárcel

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