¿Cuál es el cantón de Ecuador que tendrán cuatro días de feriado en octubre de 2026?
Ecuador tendrá tres días de descanso obligatorio por los 206 años de Independencia de Guayaquil, pero un cantón extenderá el asueto por sus fiestas de cantonización. Conozca cuál es.

Pregón de fiestas por los 113 años del cantón Bolívar, Manabí, el 2 de octubre de 2026.
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Ecuador está a puertas de un feriado nacional por la Independencia de Guayaquil, pero otra ciudad tendrá un día adicional de descanso por su aniversario de cantonización.
Según el calendario del Viceministerio de Turismo, los tres días de descanso iniciarán el viernes 9 de octubre, fecha que coincide con la fecha histórica de Guayaquil, y se extenderá hasta el domingo 11 del mismo mes.
En octubre también hay feriados locales por celebraciones de fundación o cantonización.
La Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo establece que cuando los feriados correspondan al día martes, el descanso se trasladará al día lunes inmediato anterior, y si coinciden con los días miércoles o jueves, el descanso se pasará al día viernes de la misma semana.
En Ecuador, una ciudad tendrá cuatro días de feriado, entre el viernes 9 y el lunes 12 de octubre:
- Cantón Bolívar, Manabí: La cantonización se celebra cada 13 de octubre, que este año cae martes, por lo que el descanso pasa al lunes 12 de octubre

Para el feriado del 9 de octubre el presidente Daniel Noboa anunció la reducción temporal del 15% al 8% la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los servicios turísticos.
La reducción se aplicará a los servicios que están definidos como actividades turísticas en el artículo 5 de la Ley de Turismo. Las actividades incluyen:
- Alojamiento
- Alimentos y bebidas
- Transporte turístico, incluido los pasajes aéreos,
- Guianza turística
- Organizadores de eventos, congresos, reuniones, conferencias, ferias y exhibiciones
- Centros de convenciones, salas de recepciones y salas de banquetes
- Centros de turismo comunitario
- Parques temáticos y atracciones estables
- Balnearios, termas y centros de recreación turística
El viceministerio recordó que los feriados del 1 de enero, martes de Carnaval y 25 de diciembre por Navidad no se trasladan, según la Ley Orgánica del Servicio Público, el Código del Trabajo y la Disposición General Primera de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo.
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