Daniel Noboa autoriza el diferimiento temporal de obligaciones crediticias a damnificados por el fenómeno de El Niño
La medida dispuesta por el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, podrá ser adoptada por bancos del sector público y privado. La disposición tiene un carácter temporal y extraordinario, señala un nuevo decreto presidencial.

Equipos de rescate dan apoyo a ciudadanos afectados por las fuertes lluvias el 20 de octubre en El Oro.
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Secretaría de Riesgos.
Autor:
Redacción Primicias
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El presidente Daniel Noboa emitió el 5 de noviembre de 2026 un decreto con el que busca aliviar a nivel financiero a las personas que han sido y serán afectadas por los estragos del fenómeno de El Niño en Ecuador.
"Las entidades que conforman los sectores financieros público, privado y popular y solidario podrán implementar mecanismos de diferimiento extraordinario y temporal de obligaciones crediticias, en beneficio de los deudores afectados por el fenómeno El Niño", señala la disposición presidencial.
El diferimiento podrá concederse por un período máximo de noventa (90) días. Las cuotas que debieron cumplirse en ese periodo se podrán trasladar al final de la respectiva tabla de amortización, agrega el decreto presidencial.
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