CNE acusa a candidato al Consejo de Participación Ciudadana de infracción electoral muy grave y presentará denuncia
El aspirante Andrés Pasquel se habría presentado con un accesorio no permitido para la grabación del material promocional. Estas infracciones acarrean sanciones económicas y suspensión de derechos políticos.

El CNE tomó la decisión de denunciar al candidato Marlon Pasquel el 26 de octubre de 2026 en sesión virtual.
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CNE.
Autor:
Redacción Primicias
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El Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió el 26 de octubre de 2026 denunciar a uno de los candidatos al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) por una presunta infracción electoral muy grave.
Se trata del aspirante Marlon Andrés Pasquel Espín, que deberá defenderse en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) del recurso que presentará en los próximos días el presidente del CNE, José Cabrera, como representante del organismo.
El conflicto inició el 20 de octubre pasado, cuando Pasquel fue convocado a grabar el producto promocional de 12 segundos al que tienen derecho todos los aspirantes a vocales del CPCCS.
El candidato se presentó con una corbata de color negro, algo que, de acuerdo con el manual técnico para la promoción de los candidatos, no estaba permitido, así como tampoco el uso de otros distintivos, joyas o accesorios, como bufandas o pañoletas.
"Al candidato se le comunicó la normativa oportunamente el 8 de octubre y durante la jornada de grabación rechazó la advertencia del personal técnico que le pidió retirarse la prenda observada", señaló Cabrera.
Pese a aquello, y para evitar que argumente que se le prohibió su derecho a la pauta, se hizo la grabación bajo responsabilidad de Pasquel y se le reprogramó para el 21 de octubre una nueva grabación.
Pero esta habría sido rechazada a través de un correo electrónico, señala el informe jurídico del Consejo Nacional Electoral.
El Código de la Democracia establece que las Infracciones electorales muy graves "serán sancionadas con multa desde veintiún salarios básicos unificados hasta setenta salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años".
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