Denuncia contra la candidata Roberta Zambrano es archivada y estas son las razones del TCE para su decisión
Roberta Zambrano, candidata a alcaldesa en las seccionales de noviembre, fue denunciada por la supuesta entrega de dádivas en Esmeraldas. El TCE concluyó que el denunciante no completó y aclaró el reclamo en los tiempos que establece la Ley.

La candidata a la Alcaldía de Esmeraldas por ADN, Roberta Zambrano, el 10 de julio de 2026.
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Facebook de Roberta Zambrano.
Autor:
Redacción Primicias
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La denuncia por una supuesta infracción electoral en contra de la exprefecta y candidata a alcaldesa de Esmeraldas, Roberta Zambrano, fue archivada en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
El reclamo contra la aspirante del movimiento ADN fue ingresado el 6 de octubre de 2026 por el exprefecto de Esmeraldas y exasambleísta cercano al Unidad Popular (UP), Linder Altafuya.
La acusaba de "entregar donaciones, dádivas o regalos a los ciudadanos no autorizados por la autoridad electoral, durante el periodo de campaña electoral, en el caso de representantes legales, candidatos, responsables económicos y jefes de campaña de las organizaciones políticas".
Esta queja se enmarca dentro de las infracciones electorales graves, que son sancionadas con multas de entre seis hasta 10 salarios básicos unificados, destitución y suspensión de derechos de participación hasta seis meses.
Tres causales para el archivo
El juez electoral Patricio Maldonado, que llevaba este proceso, dio un plazo de 48 horas al Altafuya para que complete y, sobre todo, aclare la denuncia en contra de la candidata al alcaldesa Roberta Zambrano.
En primer lugar, porque si bien en la denuncia se hablaba de la entrega de dádivas, también se mencionaba supuestos actos de campaña anticipada "sin precisar la relación de estas últimas con la infracción electoral denunciada o esclarecer si se trata de cargos adicionales".
Por otra parte, las pruebas ingresadas por Linder Altafuya, en dos ocasiones, serían copias simples de supuestos hechos acontecidos, que no puede ser ingresados como elementos oficiales en un proceso contencioso electoral.
Por otro lado, el denunciante tiene la obligación de establecer la dirección exacta en la que se deberá notificar a la denunciada. En el primer escrito, Altafuya no puso la ubicación y en la contestación proprocionó una dirección genérica e insuficiente, dice el juez Maldonado en el documento del TCE.
Si bien Altafuya adjuntó una fotografía del supuesto domicilio de la denunciada, el juez electoral indicó que esta imagen "no permite, por sí sola, establecer su ubicación exacta".
Esta resolución puede ser apelada para que el pleno del Tribunal Contencioso Electoral determine si el caso continúa o definitivamente va al archivo.
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