A un mes de las votaciones, ¿es posible cambiar los candidatos inscritos y calificados para las seccionales?
El Código de la Democracia manda que las candidaturas a cualquier dignidad, una vez calificadas, son irrenunciables y que, a la vez, los candidatos no pueden ser procesados penalmente. Sin embargo, también establece cuatro excepciones que permiten reemplazarlos.

Imagen de una urna para las elecciones seccionales 2027, en el centro de armado de paquetes electorales, en Quito, el 26 de octubre de 2026.
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El Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene las listas de candidatos cerradas en 22 provincias, apenas quedan pendientes Guayas y Santo Domingo. Es decir, a excepción de esas dos circunscripciones, la mayoría de candidaturas a todas las dignidades está en firme.
Esto, de acuerdo al Código de la Democracia implica que ninguno de los aspirantes a las juntas parroquiales, concejalías, alcaldías o prefecturas calificadas puede cambiar de opinión sobre su participación en las elecciones seccionales 2027, adelantadas para el 29 de noviembre de 2026.
El artículo 108 de la Ley Electoral manda que "las candidaturas a cargos de elección popular, una vez calificadas e inscritas son irrenunciables". Esto también deja a las organizaciones políticas y alianzas atadas de manos.
Además, ese mismo artículo blinda el derecho a la participación política ya que prohibe que los candidatos sean privados de la libertad ni procesados penalmente, desde el momento de la calificación hasta la proclamación de resultados, que de acuerdo al calendario del CNE podría tardar máximo hasta el 18 de enero.
Es así que, al momento, sólo podría haber cambios de candidaturas de última hora en las listas de Santo Domingo y Guayas que no hayan sido calificadas aún.
Sin embargo el mismo Código de la Democracia contempla dos escenarios exepcionales para romper con esos mandatos:
- Un candidato sólo podrá se reemplazado si fallece o se encuentra en situación de inhabilidad física, mental o legal comprobada antes de las respectivas elecciones.
- Y sólo podrá ser enjuiciado los casos de delito flagrante, delitos sexuales, violencia de género e intrafamiliar.
Los precedentes
El caso más conocido y que conmocionó al país sucedió en 2023. Apenas 11 días antes de las votaciones presidenciales extraordinarias 20 de agosto, el candidato de Construye, Fernando Villavicencio fue asesinado, en Quito.
Esta causa de fuerza mayor obligó a que el Consejo Nacional Electoral (CNE) agilice el cambio de su candidatura. La organización política postuló en su lugar a Christian Zurita Ron, quien tuvo que cumplir con todos los requisitos legales, excepto el de ser electo en unas primarias.
Esto porque el Código de la Democracia permite que, ante cualquier cambio, posterior a las elecciones internas, las organizaciones políticas puedan tomar decisiones de forma más rápida. Y, tras presentar toda la documentación necesaria, el CNE aprobó su participación.
Sin embargo, la fotografía y nombre de Villavicencio permanecieron en las papeletas, que ya habían sido impresas. Esto sólo puede modificarse en caso de que el fallecimiento o la inhabilidad legal, mental o física se produzca antes de la impresión.
Otro caso sucedió en Puerto López, Manabí, en febrero de ese mismo año. El candidato correísta a la Alcaldía, Omar Menéndez, fue asesinado dos días antes de la votación del 5 de febrero. Su reemplazo, Verónica Lucas, tuvo que cumplir con los requisitos legales luego de la votación, en la que venció Menéndez, para quedarse con el cargo.
También sucedió con el asesinato de Julio César Farachio en Salinas, en enero de 2023, sin embargo Sociedad Patriótica no venció esa contienda por la Alcaldía. Ese mismo mes, hubo un atentado contra Javier Pincay, del partido Avanza, en Portoviejo, quien ganó a pesar de haber interrumpido su campaña mientras estaba hospitalizado.
Lo que todavía no ha sucedido en Ecuador es que existan candidatos inhabilitados legalmente, detenidos en flagrancia o enjuiciados por delitos sexuales, violencia de género e intrafamiliar.
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