Con esta calculadora sabrá cuánto recibirá de décimo tercer sueldo o bono navideño este 2026 en Ecuador
El décimo tercer sueldo corresponde la doceava parte de la remuneración anual del trabajador entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso. PRIMICIAS desarrolló una calculadora para que conozca cuánto le corresponde recibir.

Imagen referencial de trabajadores en la planta de la compañía Industrial Danec. Foto de junio de 2026.
- Foto
Ministerio de Producción / X
Autor:
Redacción Primicias
Actualizada:
Compartir:
Este 30 de septiembre de 2026, el Gobierno de Daniel Noboa anunció que el bono navideño o décimo tercer sueldo se pagará el 16 de noviembre a los trabajadores públicos. Para los empleados del sector privado, la fecha máxima de pago sigue siendo el 24 de diciembre.
No obstante, el Ejecutivo invitó a los empleadores privados a sumarse a la iniciativa y aplicar la misma medida.
Estas fechas no aplican para los trabajadores que deciden recibir el décimo de forma mensualizada.
El décimo tercer sueldo corresponde la doceava parte de la remuneración anual del trabajador, recibida entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso.
PRIMCIAS desarrolló una herramienta en la que podrá calcular cuánto recibirá de décimo tercer sueldo este año.
¿Cómo calcular
El primer paso es considerar el periodo del trabajador dentro de la empresa. Se toma en cuenta los sueldos recibidos entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año actual, es decir, desde el 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026.
Si el empleado lleva menos de un año en labores, recibirá un proporcional por el período que ha estado en la empresa.
Por ejemplo, si el empleado ha trabajado desde febrero de 2026, el cálculo será proporcional. En este caso, suponiendo que gana USD 500 de sueldo, sume todos los meses laborados entre febrero y noviembre de 2026, que serían 10 meses.
Ese valor suma USD 5000. Divida ese monto para 12, con lo que su décimo será de USD 416.
El décimo tercer sueldo está regulado por el Código de Trabajo y la Ley Orgánica de Servicio Público.
Recuerde que para el cálculo no se incluyen utilidades, vacaciones, viáticos, décimo cuarto sueldo ni otros ingresos ocasionales.
Lo que sí se toma en cuenta es el salario mensual, horas extras, comisiones y cualquier otro pago que haya percibido por su labor.
Compartir:





