Correo, celular y firma electrónica; lo que pide ahora el SRI para obtener o recuperar la clave de usuario
El SRI cambió los requisitos para obtener y recuperar la clave de usuario. Conozca los tres mecanismos y qué documentos necesita.

Personal del SRI en atención al cliente en una brigada móvil, el 18 de septiembre de 2026.
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Redes sociales SRI
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redacción primicias
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El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció nuevos requisitos para obtener, recuperar la clave de usuario que permite acceder a sus servicios en línea. Los cambios están vigentes desde el 18 de septiembre de 2026.
La normativa establece tres mecanismos para obtener la clave: el portal SRI en línea, el Portal Único de Trámites Ciudadanos Gob.ec y los Centros de Atención del SRI. Los requisitos dependen de quién realiza el trámite.
El correo y celular deben ser exclusivos
Uno de los principales requisitos es que el contribuyente tenga un correo electrónico y un número de celular de uso exclusivo para sus trámites ante el SRI.
Esto significa que los medios de contacto registrados para obtener o recuperar la clave no pueden estar asociados a otro contribuyente, según la información publicada por el SRI.
El cambio puede afectar, por ejemplo, a una persona que utiliza su propio correo electrónico para ayudar a un familiar con sus trámites tributarios.
Idrián Estrella, experto en temas tributarios, señaló que esta exigencia ya era aplicada por la administración tributaria y que la nueva resolución la incorpora expresamente en la normativa.
Según Estrella, la resolución formaliza procedimientos que el SRI venía solicitando a los contribuyentes y que generaban cuestionamientos sobre su sustento normativo.
Estas son las tres formas para generar la clave
Por el SRI en línea. Esta opción está disponible para personas naturales y sociedades.
- El trámite lo realiza el titular de la clave o el representante legal. Registre un correo electrónico y celular exclusivos del solicitante.
Portal Único de Trámites Ciudadanos Gob.ec. Esta vía aplica para terceros autorizados, por ejemplo, en casos de representación conjunta de sociedades.
- Se necesita:
- Correo electrónico y celular exclusivos.
- Documento que acredite la representación.
- Firma electrónica vigente emitida en Ecuador.
- Firma electrónica del acuerdo de responsabilidad.
En los centros de atención del SRI de forma presencial.
- Las personas naturales deben presentar su documento de identidad, correo electrónico y celular exclusivos. El acuerdo de responsabilidad se firma en la ventanilla.
- Para las sociedades, el representante legal debe presentar su documento de identidad y los medios de contacto. Además, sus datos deben estar actualizados en el Catastro Tributario del SRI.
¿Puede solicitar la clave otra persona?
Sí. Un tercero autorizado puede realizar el trámite en los centros de atención del SRI, pero debe presentar su documento de identidad y el poder o documento legal que acredite su representación.
Los requisitos adicionales dependen del caso, como menores de edad, personas fallecidas, no residentes o personas privadas de libertad. Si el poder fue otorgado en el extranjero, debe estar apostillado y traducido al español.
La recuperación de la clave será en línea o por teléfono
Para recuperar una clave, el contribuyente deberá tener actualizados sus medios de contacto.
El trámite puede realizarse mediante el portal SRI en línea, en la opción Claves / Recuperar clave. El sistema enviará un enlace al correo electrónico registrado para restablecer el acceso.
También está habilitado el canal telefónico 1700 774 774, opción 0, donde un asesor realizará la validación correspondiente y posteriormente se enviará el enlace al correo registrado.
Si el contribuyente ya no tiene acceso al correo registrado, deberá realizar primero el procedimiento de actualización de medios de contacto.
El SRI podrá bloquear la clave
La resolución también establece mecanismos de control.
La Administración Tributaria podrá bloquear la clave de usuario o restringir el acceso a servicios asociados cuando lo considere necesario para proteger la información y las operaciones del contribuyente.
El bloqueo puede impedir acciones relacionadas con la administración de la clave, como generar una nueva clave o actualizar los medios de contacto.
El propio contribuyente también puede solicitar el bloqueo mediante el trámite correspondiente.
Además, la resolución permite al SRI negar la emisión de una clave cuando detecte irregularidades durante el proceso de obtención o recuperación.
El contribuyente es responsable de su clave
La nueva normativa también refuerza la responsabilidad del titular de la clave.
El SRI señala que la clave es personal e intransferible. El contribuyente o, en el caso de una sociedad, su representante legal es responsable del cuidado de la clave y del uso que se haga de ella.
Resolución formaliza requisitos que el SRI ya venía aplicando
Para Estrella, esta resolución del SRI formaliza varios requisitos que la administración tributaria ya venía solicitando a los contribuyentes para la obtención y actualización del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Estos requisitos no estaban expresamente establecidos en la Ley ni en sus reglamentos. Por eso, la nueva resolución busca dar un respaldo normativo a procedimientos que el SRI ya aplicaba, agregó.
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