Asamblea debatirá reforma para que alcaldes y prefectos que se ausenten más de 90 días pierdan el cargo de forma definitiva
La propuesta que va al Pleno el 6 de noviembre incluye que los concejales cumplan 40 horas de trabajo semanales. Además, establece una nueva causal de destitución de autoridades locales por no dar continuidad a obras.

La Comisión de Gobiernos Autónomos de la Asamblea en sesión del 28 de octubre de 2026.
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Asamblea Nacional/ Fernando Sandoval
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El Pleno de la Asamblea de Ecuador debatirá el 6 de noviembre de 2026 unas reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) que establece un límite al tiempo de ausencia de las autoridades seccionales antes de que pierdan el cargo.
El documento, que eventualmente será aprobado el viernes, fue tratado por la Comisión de Gobiernos Autónomos y plantea que la ausencia temporal de una autoridad local no podrá exceder los 90 días continuos.
Esto incluye a alcaldes, prefectos, gobernadores y presidentes de las juntas parroquiales, que serán renovados el 29 de noviembre, en las elecciones seccionales organizadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
"Transcurrido dicho plazo, la ausencia temporal se convierte en ausencia definitiva por ministerio de la ley, sin necesidad de declaratoria o resolución previa", de los consejos provinciales, concejos municipales o la junta parroquiales, dice la propuesta.
Este cambio fue ingresado de última hora, el martes 3 de noviembre, en pleno feriado, dentro del paquete de reformas que venía discutiendo la Asamblea desde 2022, cuando se presentó el primer proyecto para reformar el Cootad.
El asamnleísta independiente Cristian Benavides, que dirige la Comisión de Gobiernos Autónomos, defendió ese cambio. Negó que la reforma esté direccionada a aquellos alcaldes que han sido detenidos en los últimos tiempos para ser procesados por supuesta corrupción.
"Cuando un trabajador se ausenta tres días de su trabajo de manera injustificada, viene el visto bueno y es desvinculado. Acá hablamos de 90 días: si un alcalde o prefecto no asiste de forma presencial a su lugar de trabajo y abandona el cargo por cualquier razón se deberá generar por ley la desvinculación"
Cristian Benavides, presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos
La propuesta dice que la actuación de las autoridades locales a través de medios telemáticos o cualquier mecanismo de comunicación a distancia, no interrumpe el cómputo de los 90 días de ausencia temporal presencial.
Esto se excluye en caso de que existan medidas de protección dispuestas por la autoridad competente, para una autoridad que enfrente una situación de peligro inminente.
Xavier Lasso, de la bancada de la Revolución Ciudadana, calificó a esta disposición introducida minutos antes de la votación en la comisión, como una "maniobra del gobierno", a través de la bancada oficialista Acción Democrática Nacional (ADN).
El correísmo cree que está direccionado para destituir a alcaldes como Aquiles Alvarez, de Guayaquil, o Cristian Zamora, de Cuenca que enfrentan procesos penales y electorales que les mantienen temporalmente alejados del cargo.
Cristian Benavides negó tal direccionamiento y recordó que las leyes que aprueba la Asamblea no son retroactivas, por lo tanto no se aplicaría a la situación de las autoridades locales actuales.
Concejales con horario de oficina
El proyecto de ley incluye una nueva disposición laboral para los concejales: deben "cumplir una jornada de trabajo de cuarenta (40) horas semanales, de conformidad con la ley, que incluya un horario permanente de atención ciudadana en despacho, y asistir puntualmente a las sesiones del concejo municipal y de las comisiones que integren", dice la propuesta.

No es lo único que se propone reformar el viernes 6 de noviembre en el Cootad. El proyecto promueve una participación más activa de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) en el diagnóstico, planificación y coordinación de la seguridad en las localidades.
La mesa legislativa aseguró que no se les está entregado la competencia en materia de seguridad ni exigiendo presupuesto a los GAD para el efecto. Eso sigue bajo la rectoría del Gobierno Central, pero sí se busca que tengan más participación.
Las prefecturas, municipios y juntas parroquiales deberán garantizarán que al menos el 80 % de los servicios contratados y de la mano de obra empleada en obras provenga de la propia circunscripción territorial.
Además, la falta de continuidad en las obras que deja una administración que sale por parte del nuevo alcalde o prefecto podría provocar la destitución del funcionario, salvo que exista una justificación para el abandono de la obra.
La propuesta que debate la Asamblea el viernes amplía los ámbitos de fiscalización que tienen los concejales que se extienden no solo a la gestión del alcalde de turno, sino también a las empresas municipales, sin perjuicio de lo que le corresponda a la Contraloría General del Estado.
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