Delincuentes que recluten a menores de edad recibirán hasta 26 años de cárcel, según reforma que debatirá la Asamblea
La Asamblea de Ecuador debatirá una reforma a 15 leyes vigentes, y que incluye endurecer las penas para los reclutadores de menores, y ordena a los municipios prohibir eventos que 'promocionen' delitos.

El Pleno de la Asamblea Nacional en sesión del 24 de septiembre de 2026
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Fernando Sandoval/ Asamblea Nacional
Autor:
Redacción Primicias
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Las penas de cárcel para los cabecillas de bandas criminales que recluten a menores de edad serán más duras, según una nueva reforma de ley que la Asamblea Nacional debatirá y votará el 29 de septiembre.
La propuesta ha sido tratada en tiempo récord por la Comisión de Transparencia: fue presentada a inicios de año por la asambleísta Valentina Centeno, de Acción Democrática Nacional (ADN), y el martes será tratada en segundo debate.
La reforma plantea modificaciones a 15 cuerpos legales vigentes para que, además de aumentar las sanciones para los reclutadores, los niños, niñas y adolescentes que sean atrapados por estas redes reciban atención estatal.
Penas de prisión más severas
Unos de los cambios que se propone en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) es que además de los verbos "reclutar" y "enlistar" se incluya para la tipificación del delito las palabras "usar" y "utilizar".
Esta reforma permitirá, según al análisis de la mesa legislativa, ampliar el espectro de las modalidades en las que un menor de edad puede ser inducido a participar de un acto delictivo por parte de la estructuras criminales.
Actualmente, el delito de reclutamiento de niños, niñas y adolescentes para participar en actos ilegales es castigado con penas de prisión que van desde los 10 a los 13 años.
El cambio que plantea ADN es que el mínimo de años de cárcel por enlistar menores a bandas criminales sea de 22 años, con la posibilidad de que la pena máxima sea de 26 años para los casos más graves.
En el mismo COIP se busca modificar la norma para incluir una disposición que preserve la identidad y no se exponga a las personas que denuncien los casos de reclutamiento ante la Fiscalía General del Estado.

Espectáculos sin apología al delito
En la reforma que se debate el 28 de septiembre se incrementan las facultades y obligaciones que tiene los Gobierno Autónomos Descentralizados (GAD) sobre la seguridad en los espectáculos públicos que se desarrollen en sus jurisdicciones.
En la ley vigente se establece que municipios, prefecturas y juntas parroquiales tienen la facultad de realizar aforos y verificar el cumplimiento de las normas básicas de seguridad que realizarán los organizadores, a través de ordenanzas.
La propuesta es que en dichas ordenanzas se establezcan medidas de prevención y control con especial atención a la prevención de la vinculación de niñas, niños y adolescentes con actividades delictivas, así como de la promoción, apología o glorificación de actividades delictivas en estos eventos.
Además, deberán emitir normativa para prevenir en los espacios públicos ubicados en los perímetros o entornos de las instituciones educativas, manifestaciones o representaciones que promuevan, hagan apología o incentiven actividades delictivas o el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes.
Mapas de riesgo educativo
La reforma también propone cambios a la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control de Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización
Señala que el Ministerio de Educación y el del Interior y la cartera de Salud elaborarán mapas de riesgo que permitan identificar las instituciones educativas y sus entornos con mayores niveles de exposición a factores de riesgo.
Estos riesgos podrán ser los asociados a la vinculación de niñas, niños y adolescentes con actividades delictivas, incluido su reclutamiento, así como al consumo de sustancias catalogadas como sujetas a fiscalización.
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